El Juzgado desestimó la petición de una agente de Policía Local de teletrabajar. La agente pidió realizar su trabajo telemáticamente, y, como el Concello no se lo permitió, recurrió al juzgado. Este considera que “puede ser requerida en cualquier momento para la prestación de servicios propios de la Policía Local que necesariamente exigen presencialidad”, por lo que su caso es incompatible con los supuestos en los que la instrucción municipal sobre el teletrabajo permite realizarlo. La sentencia es firme.
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