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Los menores de edad no son responsables de deuda tributaria

Los menores de edad no son responsables de deuda tributaria

El Tribunal Supremo acaba de revolucionar el panorama judicial al fijar que los menores de edad no pueden ser declarados responsables solidarios de deudas con Hacienda por colaboración en ocultación de bienes. Este criterio choca frontalmente con el que tenía Hacienda y otros tribunales que mantenían justo lo contrario: que los niños son responsables solidarios de la deuda contraída por los padres. La sentencia argumenta que el menor no tiene capacidad de obrar y no se le puede atribuir dolo.

| etiquetas: hacienda , revés , tribunal supremo , sentencia , menor
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  1. Para que se hagan una idea del nivel de mezquindad al que puede llegar Hacienda.
  2. Y cuando cumples 18 BAAAAAAM debes 20000€ xD
  3. el menor no tiene capacidad de obrar y no se le puede atribuir dolo

    Una obviedad. #2 Hacienda y todos los tribunales que hasta ahora han sostenido lo contrario.
  4. #4 lo que no me queda claro es como resuelven el caso. La madre defrauda, se queda a cero y no puede pagar lo que debe porque lo tiene la hija... y ya? Hay algo que me estoy perdiendo. Entiendo que la hija no puede ser responsable pero disfruta de unos bienes que no deberia, no?
  5. #3 Menudo bajón acabas de darles a los que creen que esta sentencia mejora las cosas.

    Lo hace... Hasta que el menor cumple los 18.
  6. #2 ojo, que los padres que pone todos los bienes a nombre de sus hijos para poder reírse de pagar cosas tampoco son para darles un premio, eh?
  7. #2 la cosa es que para algunos de delitos sacamos las antorchas y decimos lo de delitos de adultos, penas de adultos.

    Anda que no joden los menores violadores o asesinos.

    Pues más delito de adultos que el fraude fiscal...
  8. #3 habría que estudiar los casos, pero si cuando cumples los 18 tienes al señor de Hacienda pidiéndote unas decenas o cientos de miles, quizás deberías plantearte destripar a los malnacidos de tus padres y vivir a gastos pagados del estado una temporada larga.
  9. #5 supongo que cuando cumpla #18 como bien dice #3 la picadora de carne volverá al ataque.

    Las navidades promen ser tensas ese año.
  10. #7 No sé de derecho, pero imagino que para eso estárá el delito de alzamiento de bienes.

    cc #8
  11. #5 La sentencia interpretó, por un lado, que la donación de la madre a la hija, pese a que había hermanos mayores, se realizó con el único objetivo de ocultar bienes con los que hacer efectivas las deudas tributarias, vaciando su patrimonio. Por otro lado, que la menor, representada legalmente por su padre, con la aceptación de la donación estaba colaborando de manera consciente y voluntaria en la ocultación de esos bienes. Por ese motivo, concluyó que existía responsabilidad solidaria de la niña, representada en el mundo jurídico por su padre que era quien debía asumir las consecuencias de esa representación legal.

    Resumen, a la niña se la sentenció como colaboradora en el alzamiento de bienes por haber aceptado la donación, un despropósito, lo que dice ahora el tribunal supremo es que esto no puede ser así, la niña no puede ser imputada del delito, en todo caso la imputación recae sobre el tutor legal.
  12. #7 Mira en #12
  13. #7 contra esos padres habría que ir. Son unos capullos por utilizar w los hijos para sus fechorías con Hacienda.
  14. #11 #12 la gente que hace esas mierdas no suelen ser chapuceros.

    no habeis visto nunca en la tele el tipico "kike tiene 7 años y se ha montado su propia empresa de importacion de canicas"

    cuando casi todo el mundo piensa "owwwwww que mono", otros sonreimos y pensamos, "que hijos de puta"
  15. #9 hay mas o menos unos 38 millones de adultos, y nuestra deuda pública es de 1,3 billones... toca a 34000 por adulto xD No es cosa de tus padres prefisamente.
  16. #6 Y el día que Hacienda tenga prisas, siempre puede mandar unos sicarios a cargarse a la madre y, cuando la hija herede, sartenazo
  17. #11 lamento que tener nombrarla pero ¿Recordáis los padres de Ayuso?
    Pide préstamos millonarios para su empresa. AvalMadrid casualmente deja de perseguirlos y para cuándo va a reclamar... Pobre, ha muerto de cáncer.
  18. #16 la gente que hace esas mierdas no suelen ser chapuceros.

    ¿Dónde dices que puedo consultar esa estadística de gente a la que no han pillado?
  19. Con lo fácil que es poner los bienes a nombre de la SL... Cuyo administrador único es la hermana de la cuñada de tu primo segundo de Calasparra. :troll:
  20. #8 Si, lo mismo es un violador adolescente de casi 18 años que una niña de 6, que con toda seguridad era consciente de las posibles consecuencias de sus actos.
  21. #22 se habla de "menores", no hay grados por edad.
  22. #23 Vamos que según tú, si llegan a poner los bienes a nombre de un bebé de 3 meses, también habría que procesar al niño.
    Lo lógico (y lo justo) sería ir a por los padres, por alzamiento de bienes o cualquier otra figura jurídica, que no faltan opciones. No a por una cría que ni tiene capacidad de decisión ni la más mínima idea de lo que están haciendo otros en su nombre. Y que, por supuesto, no tiene culpa de que sus padres sean unos chorizos.
  23. #24 Yo he dicho lo que he dicho. No he dado mi opinión sobre lo que hay que hacer.
  24. #2 No se a que caso se aplica esta sentencia, pero una cosa es que no se les considere complices del delito, tengan antecedentes o arrastren deudas por lo que hagan sus padres, y otra que si han puesto algo a su nombre para escapar de hacienda se les pueda hacer que lo devuelvan.
  25. #11 yo fui juzgado por alzamaiento de bienes cuando tenia 14. El abogado aconsejo a mi madre poner unas propiedades a nombre mio pq mi madre tenia unas deudas. El abogado dijo q si cambiamos los bienes antes de q nos denunciaran, seria legal. Pues perdimos el juicio y fui condenado
  26. #8 Pues está muy clara la diferencia. En unos delitos es el menor el que comete el delito, las ideas son suyas y las acciones también y en este caso de los delitos fiscales son los padres los que cometen el delito únicamente usando de escudo al menor.
    Vamos si hubiera sido el menor un prodigio para tener los conocimientos legales y financieros suficientes y hubiera organizado el fraude por si mismo también habría mucha gente opinando que debe considerarse culpable aunque sea menor de edad.
  27. #4 es que yo creo que no condenan al crío por defraudar, condenaría a la madre (que si se le atribuye dolo) y por lo tanto al crío, aunque inocente, se le ha dado un dinero que no es suyo y se le coge de vuelta sin necesidad de condenarlo o considerarlo culpable de nada. Sinceramente, me parece que esto va a ser un coladero de defraudadores y me parece que eso es exactamente lo que se busca.
  28. #28 Quien debía ser condenada era tu madre como representante legal, en todo caso entiendo que la condena fue una multa que pagó tu madre de todas formas ¿No? No creo que la condena incluya carcel
  29. #31 nos condenaron a mi y a mis hermanos a 1 año de carcel, pero no entramos en prision.
    La verdad no se como le quedo la cosa a mi madre, no nos lo dijo, pero tampoco fue a prision
  30. #32 Que barbaridad, me parece surrealista...
  31. #5 Entiendo que lo que dice la sentencia es que no se puede sancionar a la niña, porque aunque ha sido un colaborador necesario, no tenía capacidad para hacerlo por sí misma. Eso no quita que el juez deshaga la donación.
    Dicho de otro modo: que no pueden multar o condenar a la niña.
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menéame