La Fiscalía General del Estado hizo pública la circular 7/2019, sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal, estableciendo parámetros interpretativos que deberán guiar a todas las representaciones de la fiscalía cuando estén frente a hechos que podrían considerarse como delitos de odio. Aunque la circular era necesaria, algunas partes de su contenido han generado incertidumbre y polémica.
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etiquetas: delito de odio , fiscalía , código penal , nazis
¡¡¡Que ostias es esto!!!!
Se les ha ido la olla ó es que ya ni disimulan y promulgan con una ideologia totalitaria, racista, y supremacista.
Una ideologia totalitaria como la nazi debe ser borrada de la faz de la tierra y no protegida.
STOP NAZIS
Si nos ceñimos a la norma, si, se podrá decir que son víctimas de esos delitos.
Que sea una norma más que se vuelve en contra de los que querían ayudar por hacer las cosas mal no significa que no sea cierto que puedan acogerse a ella.
La lógica inicial de los delitos de odio era proteger colectivos desfavorecidos, pero parece que se les ha ido la mano. Y no tengo claro que haya sido una buena idea, visto desde cierto ángulo parecería una doble condena, es que si alguien agrede a otra persona, cariño no es que se tengan, siempre habrá odio.
Por norma nadie va de caza de nazis.
Los nazis van de caza.
Esa es la diferencia, por lo cual no puede existir delito de odio. Los que promulgan el odio no pueden ser protegidos por ninguna ley ó norma.
Se les combate y se les arrincona y margina hasta que sean un desagradable y lejano recuerdo.
Esto es Españistan, nada nuevo cara al sol, que ya respecto a la justicia no nos asusta nada. Este es el país de los nazis y lo trabajan como quieren.
Pues mira, es una cosa de lo que soy incapaz. No odio a nadie ni a nada. Simplemente la ideologia nazi es deleznable y no debe ser protegida bajo ningun concepto.
Que alguien mata un nazi y la policia lo pilla. Lo tendra que pagar, pero que se pueda juzgar a esa persona por enaltecimiento del odio, ¡no!
Un comunista, que en muchas cosas fueron deleznables, entraria en esa categoria?
o esos son de los guays y hay que protegerlos?
Pregunto.
umm
una agresión a una persona de ideología contraria a la propiedad privada (la tuya) o incitación de odio al colectivo con ideología contraria a tu derecho a la propiedad privada (ladrones profesionales)
en fin... Curioso. Al menos condena la agresión contra las personas pero de las ideas....