¿Debe cobrar la viuda de Emilio Botín una pensión de viudedad de por vida? ¿Y una mujer que ha trabajado toda su vida y que tiene una carrera laboral igual o incluso más larga que su marido? Éstas son algunas de las preguntas que se hacen algunos expertos que quieren que se aproveche la futura reforma del sistema de pensiones para revisar en profundidad la pensión de viudedad, diseñada hace años cuando la mujer casi no participaba en el mercado laboral.
|
etiquetas: pensiones viudedad , ocde
elpais.com/diario/1983/11/29/sociedad/438908406_850215.html
Y lo digo porque ya he conocido a alguna viuda joven que no se casa para no perder la viudedad y viviendo con otra pareja que gana más que su antiguo marido.
Una cosa es un tiempo prudencial y otra muy distinta de por vida, como ocurre ahora.
Igualmente aplicable a un hombre, si la cobra sin motivo de necesidad.
Lo de la viudedad, en muchos casos, me parece algo excesivo. No digo que se niegue un tiempo prudencial, pero para toda la vida me parece excesivo si esa mujer viuda, potencialmente, puede trabajar y rehacer su vida como el resto.
Y me da igual que lo apoye esto el PP, lo que no es justo no lo es.
Ahora bien, la mujer que necesite ayuda para criar a sus hijos me parece bien que tenga ayuda, porque las criaturas no tienen por qué pagar el pato de las circunstancias.
Edito: Aunque ahora que lo pienso eso va en la orfandad. Si, en ese caso se debería eliminar o solo condederla durante un periodo de tiempo.
¿Qué sucede cuando una pareja se separa y, por ejemplo, el hombre tiene que pagar la hipoteca (donde reside su ex y sus hijos), la manutención para sus hijos, un alquiler para vivir él y los gastos propios de su propia vida?
¿Qué ocurre ahí, por ejemplo?... ¿Hay una pensión de compensación para los otros desamparados de nuestra sociedad en nuestro país?
El hecho, y te lo digo porque lo he vivido, es que hay viudas que cobran viudedad, jóvenes, que no se casan para no perder esa viudedad pero rehacen su vida exactamente igual que la anterior o mejor.
Las pensiones de viudedad deberían revisarse, solo digo eso.
P.D: Adóptame... todo tuyo.
Las pensiones de un mismo régimen son incompatibles entre sí cuando coinciden en un mismo beneficiario, a no ser que, legal o reglamentariamente, se disponga lo contrario. En caso de incompatibilidad, quien tuviera derecho a dos o más pensiones optará por una de ellas. Se exceptúa del principio de incompatibilidad la pensión de viudedad.
www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Pensiones/Caracteristicas/in
Lo que dices contraviene el art 35.1 de la constitución
"Artículo 35
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia "
Alguien no esta haciendo su trabajo desde que se firmó
Mi suegra cobra la pensión de viudedad y la suya correspondiente.
#10 Lo explica el comentario de #20 Se exceptúa de incompatibilidad la de viudedad.
Aunque veo que tienes siete positivos en tu comentario, o sea, que hay más gente equivocada