La noticia que más veces se ha comentado es la referente al cobro de varios rescates en Asturias durante el pasado año 2016 respecto de deportistas que practicaban “deportes de riesgo” en el Principado y que solicitaron el correspondiente rescate a través del teléfono de emergencias 112. Por tocarme de cerca, trataré de dar una serie de ideas. Desde el año 2012 se cobra el rescate, o se permite a la Comunidad Autónoma repercutir el gasto del rescate al ciudadano por el mero hecho de practicar una actividad deportiva...
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Curiosamente también en Galicia se sigue un criterio objetivo a la hora de cobrar los rescates, siempre que el mismo se realice en zonas costeras, lo que es habitual para una CA donde la mayor parte de las áreas de escalada están situadas sobre acantilados.
A destacar:
Por experiencia, al estar tratando alguno de los últimos y famosos cobros en Urriellu, debo decir que las posibilidades de recurso son muchas, pues la Administración por desconocimiento sigue cometiendo errores de bulto de carácter formal al realizar incorrectamente muchas de las liquidaciones.
No trato de hacer un juicio de valor sobre si está bien o mal cobrar los rescates, lo cierto es que hay motivos suficientes para defender que tal y como se está haciendo no es la mejor forma posible de afrontar el problema de la siniestrabilidad en montaña.