La recogida de la castaña es una actividad lúdica que une a familias y amigos en época otoñal. Aunque esta actividad tiene su tradición en nuestro país, pocas personas saben que esta práctica es ilegal a efectos jurídicos y puede suponer un delito leve de hurto siempre que la cantidad extraída no sea mayor a los 400 euros. Esto está tipificado en el Código Penal desde 2015. Sin embargo, el hurto puede convertirse en un delito grave si se supera la cantidad de 400 euros extraídos o se llevan a cabo tres o más hurtos.
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Además, ¿qué clase de tarado recoge 400 euros de castañas?
Ya sabes... la tipica actividad ludica familiar... donde el crio de 5 años se lleva 30 kilos de castañas en la mochila.
A ver si ahora no se va uno a poder dar una vuelta por la montaña por miedo a pisar sin querer donde no quieran como si fueran un campo de minas. Si veo un cartel te aseguro que no paso, pero si no lo hay yo no soy adivino ni estoy forzando la entrada.
¿No hay campos de propiedad del estado en los que todo el mundo pueda pasear? ¿Y eso que dicen de la servidumbre de paso?
Y luego la gente bromea con ponerle puertas al campo, manda huevos
¿Escopetazo? Ni que fuera el salvaje oeste.
Que tengan mucho cuidado a quien apuntan pues no sólo la gente de campo tienen armas y puede que algún día se encuentren un disparo de vuelta.