El Gobierno Rajoy aprobó la Ley 2/2015, una reforma penal pactada con los socialistas que elevaba las penas contra los atentados yihadistas aunque introducía un tipo atenuado (un castigo más leve) por “la menor entidad” del delito de terrorismo. Pero olvidó introducir en la norma una disposición transitoria que condicionaba la revisión de penas. Cuando varios reclusos pidieron al Supremo que les aplicasen con carácter retroactivo la nueva norma el Supremo ratificó que daba igual y se aplicaba la disposición transitoria de la norma anterior.
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etiquetas: supremo , solo sí es sí , terrorismo
Otra rica prevaricación, otra más de os mean en la boca y os dicen que llueve.
Si no reducían la pena era legal, si la reducían, era legal también.
La razón por la que los jueces han dejado libres a un centenar de violadores, cuando legalmente no había necesidad ni obligación de hacerlo, es ya tema de cada juez.
Una cosa está clara, la ley no obligaba a reducir penas, y otros jueces no las han reducido.
A partir de este punto que cada uno saque sus conclusiones siempre y cuando estás no sé alejen de su sesgo de confirmación.
Personalmente, creo que el ministerio ha pecado de soberbia cuando se ha encontrado esa laguna en la ley, y los jueces de una falta de profesionalidad vomitiva haciendo política reduciendo penas de violadores, pero lo dicho, eso es lo que mi sesgo de confirmación me dice.
Algo bastante distinto a aplicar la D.T. 5 del Código Penal que es lo que parece insinuar el periodista y que es lo que ha rechazado el TS en relación con la ley del solo si es si. Y digo parece porque tiene muro de pago.
¡¡No podia ser de otra forma PPSOE siempre jodiendo!!
Menos mal que el resto de nuestras leyes, afortunadamente sí SoN PeRfEcTaS, y han permitido que no existiese el terrorismo de estado, que encerrásemos a los culpables de 2008, que metiésemos en la cárcel a M. Rajoy, que la ciénaga de Aguirre fuese drenada, que a Oltra no se la acusase en falso, que los responsables del YAK 42, el Alvia o Metro Valencia estén entre rejas. Menos mal que las leyes que sí son perfectas han evitado la persecución a Rosell, Alberto Rodrígez, los titiriteros, los artistas, los raperos, los cantanes, los humoristas... Menos mal que las leyes hechas como Dios manda han evitado que abogados cristianos se aprovechen del sistema judicial, menos mal que las leyes bien hechas han conseguido que cuando se pegan a alguien por maricón quede claro que lo de llamarte maricón sólo son chiquilladas. Menos mal que las leyes bien hechas evitan que los guardia civiles trafiquen, que los policías se aprovechen de su autoridad o que todos podamos hablar libremente sin ley mordaza. Menos mal que las BUENAS leyes metieron en la cárcel a los asesinos de Couso, ¡o a Aznar tras llevar al país a una guerra que nadie quería!
Menos mal que en este sistema perfecto alguien se dio cuenta de cuan mal está hecha estaba esta ley en concreto y hemos evitado que toda perfecto e infalible sistema democrático y judicial se fuese por la borda. Y menos mal que nunca, nunca, nunca es fallo de los jueces, porque claro decir lo contrario no sería de buenos españoles...
Perfecta es una indemnización en diferido en forma de paparruchas, perfecto es que ni te llamen los tribunales por ello. Perfecto es que te puedas lucrar de una pandemia o que te puedas relacionar con narcotraficantes y aun así aspirar a ser presidente del gobierno de este, nuestro país, tan grande, garante y libre.
cc #1
Y es que una cosa es caerse del guindo y otra cosa muy distinta es ser el dueño del guindo.
Y ahí empezó todo.
"El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó la Ley 2/2015, una reforma del Código Penal pactada con los socialistas que elevaba las penas contra los atentados yihadistas aunque introducía un tipo atenuado (un castigo más leve) por “la menor entidad” del delito de terrorismo. Pero olvidó introducir en la norma una disposición transitoria que condicionaba la revisión de penas y establecía los requisitos para lograr reducir los años de cárcel a condenados con sentencia firme.
Cuando varios reclusos pidieron al Supremo que les aplicasen con carácter retroactivo la norma para beneficiarse de la reforma legal con la rebaja de su pena, el alto tribunal resolvió en varias sentencias que daba igual que el legislador hubiera olvidado esa disposición transitoria, porque estaba incluida en una ley anterior (1/2015) y, por tanto, era de aplicación también para la nueva norma. “La disposición transitoria cuarta de la Ley 1/2015 puede aplicarse de forma analógica en ausencia de previsión específica en la Ley 2/2015″, señaló el Supremo en la sentencia 338/2015. Dos años después, otro fallo del mismo tribunal (298/2017) apuntaló esa interpretación: “Nada impide que los criterios contenidos en las disposiciones transitorias de la Ley 1/2015, aunque no aparecen en la Ley 2/2015, que regula de nuevo los delitos de terrorismo, sean aplicables también a estos casos”.
Ese criterio puede marcar la pauta de las sentencias que el Supremo deberá dictar en los próximos meses para resolver cientos de recursos de la Fiscalía contra las más de 721 reducciones de pena a agresores sexuales, de los que 74 fueron excarcelados, que han dictado ya casi la mayoría de las audiencias provinciales en aplicación de la ley del solo sí es sí. Esa reforma legal, que reduce las penas mínimas en muchos casos, olvidó también la disposición transitoria y muchas audiencias provinciales, según la Fiscalía, han optado por rebajar automáticamente las condenas dado que la norma no incluye una disposición transitoria que obliga a limitar la reducción a determinados casos y la prohíbe en muchos otros.
Un decreto del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dirigido a todos los fiscales para aplicar la ley del solo sí es sí a las revisiones de penas de condenados en firme, señaló: “Tradicionalmente, se ha admitido que, con independencia de que sean modificados los límites máximos y mínimos de la pena establecida en un tipo penal por efecto de una reforma, si la pena privativa de… » ver todo el comentario
ChatGPT
En las últimas décadas, se ha observado un cambio en el enfoque de la justicia penal en muchos países, alejándose de un enfoque puramente punitivo hacia un enfoque más orientado a la rehabilitación y la reintegración de los delincuentes en la sociedad. Esto se debe en gran medida al reconocimiento de que el encarcelamiento prolongado y las penas severas no siempre son efectivos para prevenir la reincidencia delictiva.
En lugar de simplemente castigar a los delincuentes con largas penas de prisión, las nuevas leyes penales están diseñadas para abordar las causas subyacentes de la conducta delictiva y proporcionar programas de rehabilitación y reintegración social. Estos programas pueden incluir terapia ocupacional, capacitación laboral, educación, asesoramiento y tratamiento de adicciones.
El objetivo de estas medidas es reducir la reincidencia delictiva al brindar a los delincuentes las herramientas necesarias para reinsertarse de manera exitosa en la sociedad una vez cumplida su condena. Además, también se busca reducir la sobrepoblación en las cárceles y los costos asociados con el encarcelamiento prolongado.
Es importante tener en cuenta que los enfoques y las leyes penales pueden variar significativamente de un país a otro, e incluso dentro de un mismo país pueden existir diferencias en las políticas penales a lo largo del tiempo. Por lo tanto, es recomendable investigar las leyes y políticas penales específicas de un país o jurisdicción en particular para obtener información actualizada sobre este tema.
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Que países contemplan la reducción de las penas y la reinserción en sus nuevas leyes
ChatGPT
Varios países han adoptado leyes que contemplan la reducción de las penas y la reinserción como objetivos importantes en sus sistemas de justicia penal. A continuación, mencionaré algunos ejemplos de países que han implementado este enfoque:
Países Bajos: Los Países Bajos son conocidos por su enfoque progresista en materia de justicia penal. Han implementado políticas y programas centrados en la rehabilitación y la reintegración de los delincuentes. Su sistema se basa en la idea de que la privación de libertad debe ser el último recurso y se enfoca en la resocialización de los delincuentes a través de programas de tratamiento, educación y capacitación laboral.
Noruega: Noruega es otro país que se destaca por su enfoque… » ver todo el comentario
No, en serio. La ley estaba mal redactada gracias a un puñado de incompetentes del MiniHistérico de Igualdad.
Y mientras tanto, otras noticias como estas no hacen ruido:
old.meneame.net/story/fiscalia-estalla-contra-tribunal-juzga-camps-acu
old.meneame.net/story/garcia-castellon-vuelve-dejar-cospedal-fuera-inv
¿Queda algún órgano judicial que no esté trufado de prevaricadores?
Que capacidad de mearse en la cara de la gente con tal de no asumir su cagada que liberó violadores.
Mucho "proteger a las mujeres" pero luego liberan con su ley a sus violadores, tirando por tierra el trabajo de policías, jueces, etc ...
Menos mal que el pueblo soberano no es tan rematadamente subnormal y este verano podrá de patitas en la calle a estas inútiles que no saben ni redactar una ley correctamente. Y aunque sus acólitos den por culo con sus llantos hasta el final, al menos sus lágrimas ayudarán a paliar la sequia.
La ley está bien... el problema no es la ley. Además Podemos no redacta la ley, ni siquiera su miniterio, se redactó en el ministerio de justicia por juristas.
Algunos son más cómplices de las cloacas del estado y judiciales más que otros... yo mantengo un punto crítico; de la reunión de la mesa jurídica de ayer del TS no a aclarado porque no se aplica la transitoria del 95 en este caso cuando se a aplicado media docena de veces en otras leyes y hay jurisprudencia se sobra. Sencillamente se lo saltan. Es lo que alego la fiscalía y a los que se han agarrado muchas salas provinciales para no bajar penas...
www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-mujeres-juristas-themis-d
www.lavanguardia.com/vida/20221124/8620102/themis-recuerda-aviso-ley-s
Mientras tantos miles de violadores procesados se han beneficiado de rebajas de condena y otros muchos ya en libertad.
Y vosotros seguís defendiendo a esta gente que pone en peligro a las mujeres. Bravo.
Y si, que lástima que no pueda pensar por mi mismo, porque si no podría pensar que todo esto lo hacen a propósito, para que haya más violadores en las calles, y en consecuencia más violaciones, para así alarmarnos y asustarnos con la "cultura de la violación" en este país, de la que ellos vendrán a salvarnos. Pero vamos, que no pudo pensar estas cosas por que no soy capaz de pensar por mi mismo
Además de que entre 2015-2018 con el gobierno PP se realizaron 240 traslados de presos de ETA, en cárceles vascas y navarras.
Seguro que es el PSOE el amigo de ETA?
En el fondo es mucho más sencillo, la misma cagada que hicieron con esta ley ya había pasado antes, y el Supremo le enmendó la plana a PP y PSOE.
Es el mismo caso que ahora con los violadores, pero a los violadores si se les reduce...
Lo que pretendía el Ministerio de Igualdad con la ley del solo sí es sí era aplicar la DT5 Código Penal de 1995, cosa que el Supremo ha descartado ahora.
Los supuestos no son iguales en absoluto. Agarrarte a eso para decir que han prevaricado es, cuando menos, temerario.
Yo tampoco busco convencer, ni a ti ni a nadie, solamente expongo los hechos de unos y otros y cada cual que utilice su capacidad critica para sacar conclusiones, respecto a lo de las vueltas estas en todo tu derecho, faltaría más, es solo que en el párrafo que te he leído, no he sido capaz de sacar conclusión alguna, de ahí lo de las dudas.
Sin acritud ninguna, un saludo.
Desde cuándo se puede usar en una ley partes de otra, sin que eso venga indicado en la misma ley? Repites lo del paralelismo, como podrías indicar que empiezan por la misma vocal, o que su color favorito es el verde. Y aunque fuera posible, si fuera así se podría haber aplicado con la ley de Montero.
Pero es que el derecho no funciona así, tiene reglas, salvo que seas Llarena que es el Ferràn Adrià del derecho, un tótem de la judicatura creativa de vanguardia.
Lo que sí que hubo fueron reducciones de condenas por abusos sexuales y corrupción a causa de esa ley.
www.epe.es/es/politica/20221223/reforma-codigo-penal-pp-2015-prision-p
www.elperiodicodearagon.com/espana/2022/12/23/reforma-pp-codigo-penal-
Yo no me voy a meter en si es cierto lo que cuenta aquí el país, que lo encuentra ahora muy oportunamente en época electoral (nada sospechoso), el caso es que los jueces han actuado según la ley y, además, de ser cierto el caso de la noticia, bien puede ser que el Supremo actuara politizado en aquel caso, y no en este.
Si tú haces una nueva ley, y sabes que vas a tener a todo el aparato jurídico del estado en contra, más vale que lo hagas bien, la ley no estaba bien hecha, no hay defensa posible que organices con él y tú más.