El Supremo decide revisar el recorte de las prestaciones de viudedad de 2008 tras los varapalos del Seguro y de la Audiencia Nacional a la mujer, que carece de ingresos propios y sostiene que es “la única viuda de un funcionario que no cobra pensión en España”.
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Pero eso es sólo el detalle del palabro "viudedad". La ley establece X años mínimo para cobrar pensión de viudedad y el problema es que se divorciaron, al poco volvieron a vivir juntos y estuvieron la tira de años sin volver a casarse hasta que ya el tío veía que le quedaban 2 capítulos de The Walking Dead para palmarla y se casaron para arreglar la historia. Pero claro, ya no dio tiempo.
Aquí se iniciará una discusión de cuñaos porque es lo que nos gusta hacer, pero la realidad es que es un caso tan puntual y una historia tan personal que esto no es aplicable a nadie más. Las leyes son las que son y pese a haber estado juntos toda la vida, las cuentas no salen para que la legislación española le dé a esta señora una pensión acorde a lo que hay escrito en los papeles. Fin. Puede recurrir, presentar alguna petición o lo que sea, supongo. Yo desde luego no le negaría la pensión, pero...
“no se acredita la convivencia” previa al fallecimiento de dos años como pareja de hecho y matrimonio o uno como casados, coinciden los tres."
-La verdad es que la noticia es muy rara y sesgada, ¿si no han dejado de convivir como no ha podido acreditarlo?, cuando se admite ser pareja de hecho ¿ni siquiera se molestó en tener el mismo domicilio en algún registro?.
-Estrictamente hablando el hombre se volvió a casar, pero no convivió lo suficiente con la "nueva" esposa para que esta tuviera derecho a la pensión.
Pfff, ¿para que estarán los abogados antes de hacer cosas importantes?. Seamos fríos una boda en estado terminal, es para arreglar los papeles de la herencia.
No creo que ningún legislador se le hubiera ocurrido esta situación tan kafkiana.
Y para eso no necesitamos jueces, introduciendo los datos en un ordenador tendríamos la misma respuesta. Y posiblemente solucionaríamos el atasco en los juzgados.
Pero eso no es la justicia. Los jueces deben valorar en cada caso las circunstancias del mismo y no limitarse a ser autómatas. El único que ha demostrado ser un juez de verdad es Jesús Cudero el Juez de la sala Tercera del Supremo que ha redactado la admisión a trámite del recurso, pegando una "bronca" a la Audiencia Nacional por no valorar todos los aspectos del caso. Debe ser que están muy ocupados condenando tuiteros y no tienen tiempo que perder en pequeñeces.