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Una sentencia con muchas luces y algunas sombras

La sentencia afirma que ha habido episodios violentos durante el procés, pero considera que no entraba dentro de la política de los encausados poner en funcionamiento un proceso violento de secesión. La violencia en el delito de rebelión, dice la sentencia, debe ser instrumental, preordenada a los fines del delito e incluso funcional, es decir, que tenga entidad suficiente “para imponer de hecho la efectiva independencia territorial y la derogación de la Constitución española en territorio catalán”.

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