El perceptor estará obligado a presentar una declaración anual de rentas para que la administración pueda comprobar que no ha habido variaciones obliguen a la suspensión del derecho
Si el estado ya tiene esa declaración, ¿cuál es el motivo de que el perceptor tenga que presentarla? con el dni, y la autorización del perceptor para consultar sus datos debería de ser suficiente.