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El Supremo anula la norma valenciana de juego

El Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad de la normativa de la Comunitat Valenciana que impuso una distancia mínima de 800 metros entre salones de juego porque, subraya, las limitaciones a las actividades económicas deben ser justificadas, proporcionadas y necesarias por una razón imperiosa de interés general.

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