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El Supremo anula la obligación de fijar cupos de pacientes y cubrir las vacantes en los centros de salud de Madrid

Da la razón a la Comunidad de Madrid, que había recurrido la sentencia del TSJ que la obligaba a establecer en el plan de riesgos laborales los cupos de pacientes y los tiempos mínimos de atención. También debe desaparecer de la sentencia recurrida la obligación de cubrir las vacantes del personal sanitario.

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