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El Supremo castiga la amenaza de difundir vídeos íntimos: puede considerarlo un delito de agresión sexual

El Tribunal Supremo ha reiterado que las amenazas de difusión de vídeos íntimos para forzar una relación sexual constituye una intimidación, lo que permite apreciar a los tribunales que existe un delito de agresión sexual. “La víctima se ve compelida a realizar un acto no querido por el temor a la propagación de las imágenes“, señala la sentencia de 28 de septiembre de 2018.

| etiquetas: tribunal supremo , agresión sexual , vídeos intimos

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