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El Supremo delimita la diferencia entre alterne y prostitución: si hay sexo no hay relación laboral

Alternar y prostituirse no es lo mismo y no tienen las mismas consecuencias, tampoco en términos de derechos laborales. El Tribunal Supremo dictó hace unas semanas una sentencia en la que marca la diferencia entre una actividad y otra: si hay sexo no es posible reconocer una relación laboral, es decir, esa persona no es una trabajadora. Si no hay sexo y solo alterne, esto es, captación de clientes, acompañamiento y consumo de copas, sí existe relación laboral entre quien ejerce la actividad y quien regenta el local donde se produce.

| etiquetas: supremo , alterne , prostitución , relación laboral
  1. "Baia, baia"... así que la relación del Campechano con Bárbara Rey no puede ser considerada relación laboral según el Supremo......
  2. Si hay sexo es amor, el supremo lo tiene claro.
  3. ¿Y una gayola es ralación laboral y hacérsela uno mismo? Es que hoy es viernes e impera el buen humor.
  4. Los puteros de Menéame quieren que se equipare el sexo a relación laboral, ya que acostarte con camioneros por 400 euros en un puticlub de carretera es como una reunión con tu jefe en tu curro de mierda.
  5. El Supremo no tiene ni idea cuando dice: "si hay sexo no hay relación laboral".

    Bien es sabido por todo el mundo que en cualquier trabajo, a la que te descuidas, te dan por el culo bien dado.
  6. #4 La relación no es entre la chica y el putero sino entre la chica y el dueño del garito, y para mí sí es equivalente a ir a ver a un cliente de una empresa porque tu jefe te lo pide. Desde un punto de vista de quien es quien (un cliente, un empresario, un trabajador), sin entrar en otras valoraciones.
  7. 5 comentarios, 5 intentos de coña. Menéame mola.

    A mí me parece un buen paso adelante para las mujeres en esta situación. Al menos algunas ya podrán denunciar y reclamar su contrato laboral, con sus derechos adquiridos. Lo que no entiendo mucho es eso de que "con sexo no hay relación laboral".
    ¿No puede ser un trabajo el otorgar placer?
  8. #7 Puede, y muchos opinamos que debería regularse así. Pero a día de hoy, la prostitución está expresamente excluida de las leyes laborales. No es ilegal realizarla, pero en ningún caso se puede tratar como una profesión: ni a efectos legales, ni laborales, ni económicos ni fiscales.
  9. Aunque la delimitación se sustenta únicamente en que no hay una figura laboral tipificada para el ejercicio de la prostitución es un buen avance lo de entender que puede haber alterne sin prostitución, pero que no hay prostitución sin haber alterne.
    Insuficiente, pero un avance.
    Ahora a ver si esto "sienta jurisprudencia", cunde el ejemplo y se logra dotar de protección jurídica a las que trabajan en ello.

    (Y no, no entro a valorar si el alterne / prostitución es bueno, malo, machista, feminista o cualquier otro juicio de valor)
    [Editado porque me he comido una frase inicial ... falta de café ...]
  10. Bueno segun Clinton las mamadas no son sexo, no ?
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menéame