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El Supremo exime a hospitales privados del pago de la asistencia a pacientes derivados de la pública salvo convenios

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido sentencia que un hospital privado que deriva o facilita el traslado de pacientes a un hospital público no puede ser considerado tercero obligado al pago de la asistencia sanitaria que se les haya prestado, en el sentido que deriva de la Ley General de Sanidad.

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