El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha inadmitido la querella contra el presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, y tres miembros de la Mesa, al considerar que no incumplieron los mandatos del Tribunal Constitucional en el procedimiento para investir al presidente de la Generalitat, ya que no se aplicó la reforma de la Ley de Presidencia para investir a Carles Puigdemont.
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Esto demuestra porque el TS se llevó, ilegalmente, el caso de los presos políticos. Según el Estatut debían ser juzgados en el TSJC.
En cualquier cuestión política hay dolo, esta implícito en la política.
Gracias, este comentario es una simple reflexión en voz alta...
En las causas contra los Diputados, es competente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Fuera del territorio de Cataluña la responsabilidad penal es exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
Es relevante el uso del sintagma "en los mismos términos" pues con él se establece que son igualmente competentes ambos tribunales. La responsabilidad penal la puede exigir tanto el TSJC como el TS. "Fuera del territorio de Cataluña" no ha de entenderse como que la competencia del TS se limita a causas iniciadas fuera de Cataluña sino como que la responsabilidad penal exigible no está limitada a instancias catalanas.