Tribunal de Cuentas y Tribunal Constitucional coinciden: este gasto anual es más que previsible e ignorarlo en los presupuestos que aprueba el Congreso para luego incluirlos vía Decreto-Ley no solo es inconstitucional, puesto que esta figura está prevista solo para situaciones excepcionales no previsibles; sino que además se salta reglas básicas de la contabilidad pública.
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