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El Tribunal Superior de Galicia declara nulo el despido de un trabajador por ser padre

Aplica la doctrina jurisprudencial europea relativa a la discriminación refleja y subraya que al trabajador "se le trató de manera menos favorable (se despide) por motivo de uno de los rasgos o características protegidos (el parto o nacimiento de un hijo), que, pese a no concurrir en sí mismo (ni ha estado embarazado ni ha dado a luz) el motivo del trato menos favorable, se ha fundamentado en dicha característica, pues, precisamente, su despido se produjo por el hecho del parto de su mujer y de todas las consecuencias que se podrían derivar

| etiquetas: paternidad , despido , nulo
53 10 4 K 64
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