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El Tribunal Supremo fija que las embarazadas solo podrán cobrar indemnización por despido si se prueba que sufrieron discriminación

El Tribunal Supremo fija que las embarazadas solo podrán cobrar indemnización por despido si se prueba que sufrieron discriminación

Para la Sala Cuarta, la interpretación correcta es la que hizo el juzgado madrileño en este caso, conforme a la cual "la calificación de un despido nulo por encontrarse la trabajadora embarazada no comporta automáticamente que el mismo lesione el derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo a efectos de una indemnización, pues para ello, es necesario aportar indicios que permitan conectar causalmente la adopción de la medida extintiva con el embarazo". "Y, dado que no queda acreditada (...), se mantiene la nulidad objetiva".

| etiquetas: tribunal , supremo , embarazadas , indemnización , despido , discriminación
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