El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 16 años de prisión a once años y medio la pena impuesta a un padre de Cabra del Santo Cristo (Jaén) que abusó de su hija en sucesivas ocasiones hasta que la menor tuvo cuatro años y ésta abandonó el domicilio familiar. En este caso, el tribunal recoge que para fijar la pena no se atiende a la Ley del 'solo sí es sí', puesto que de hacerlo sería menos beneficioso para el condenado.
|
etiquetas: tsja , rebaja , 16 , once , años , medio , cárcel , padre , de , jaén , abusó , hija
Además entonces quiere decir también que la anterior ley estaba mal porque provoca rebajas en las penas? Ostras pues a ver si va a ser que la había que cambiar... oh, wait...!!!
PD: A ver si va a ser que los que aplican las condenas dentro de una horquilla arriba o abajo independientemente de la ley son los jueces
Porque visto lo visto , aun pueden hacerlo peor. Usando otras leyes.
Ahora la ministra q se subió a la hola del feminismo, que prometía más dureza, ha rebajado las penas de las violaciones.
Y sigue señalando y dando lecciones morales.
Felicidades a los q votasteis activistas, estas son las consecuencias.
Con la Ley del Sólo Sí es Sí conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.
No hay más preguntas señoría.
Con la Ley del Sólo Sí es Sí conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.
Luego vas y votas con esa comprensión lectora y así te va
el tribunal rechaza para este caso la aplicación de la conocía Ley de 'sí es sí' ya que sería "menos beneficiosa" para el procesado puesto que conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.
Es una revisión, de condena y le podían aplicar AMBAS y no lo hacen con la ley del Sólo Sí es Sí porque tendría 2 años y 3 meses más de condena.
Ni leer sabes
De nada
Más de 1.200 rebajas de penas y 121 excarcelaciones por la ‘ley del solo sí es sí'
elpais.com/espana/2023-09-18/mas-de-1200-rebajas-de-penas-y-121-excarc
Fue un cagada que pudo hacerse bien pero "por lo que sea" no fue así, lo mínimo es admitirlo.
El no admitir lo que es evidente para la mayoría de los 47 millones de españoles, solo suma soberbia a una retaila de otros adjetivos mas despectivos que este a todos los que no lo hacen.
Con la Ley del Sólo Sí es Sí conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.
Todo ello casualmente tras quedar en evidencia que la nueva ley ENDURECE determinados delitos, como queda constatado.
Si hubo cagada por qué no os veo criticar a quien diseñó el sistema del Código Penal para esa ley que fue EL MINISTERIO DE JUSTICIA y su Ministro Campo? Que casualidad que culpéis a quien precisamente NO diseñó esa parte de ley, "por lo que sea"
De nada
Pero como me tiene ignorado seguirá haciendo el ridículo
Se cometió un error, y cuanto más se insista en que no es así, más daño político hace
No hubo error alguno salvo no acusar a los jueces de prevaricación o darles formación previa de género como se hizo en 2007 cuando unos cuantos se dedicaron a sabotear VioGen de la misma manera
Con la anterior ley un juez vio jolgorio donde había una violación, la culpa era de la ley o del juez? Es para un amigo
La justicia emana del pueblo, si el pueblo piensa que una condena no corresponde a un acusado el problema es EL JUEZ que aplica una ley que además fue solicitada por el pueblo y con una intencionalidad, no con la que los jueces pretenden aplicar
-No señoría, solo una pregunta, se puede llamar imbécil a ... un señor juez como usted por ejemplo?
-"No, eso sería un insulto a la autoridad, delito grave"
-Ah, vale; otra pregunta, se podría decir a un IMBECIL señor juez
- "Si . con eso no habría ningún problema.......
..... muchas gracias señor juez.....
Lo que sucede es que en el recurso elevado, dado que se ha producido un cambio legislativo que puede beneficiar al condenado, se revisa si es de hecho aplicable y si es beneficioso o no.
Buenas noches
A pastar!!
Circula
Pero en si cerrazón y desprecio por los demás seguirá con su discurso.
Se le vota negativo (igual que él hará si no me tiene ignorado, aunque ya sabemos que es habitual que te designore para contestarte, negativizarte y volverte a ignorar, que la cobardía es lo que tiene) y a otra cosa.
Si, efectivamente, el problema es que no se puede volver a juzgar para valorar los agravantes, pero para que el juez se niegue a revisar condena por ese motivo, debe decirlo la ley.
Los jueces han aplicado la ley todos en la misma dirección, solo la fiscalia no está de acuerdo, pero es que la fiscalia depende del gobierno.
Lo dicho, ha sido un error indeseado, no reconocerlo y acusar a todos los demás es un error. No quiero otro montón de políticos como los de toda la vida, incapaces de decir que se han equivocado.
No sólo de han perdido por ahí decenas de miles de votos, también se ha perdido la credibilidad, la idea de que son otra forma de hacer política
a) Ya existía una disposición transitoria, esa misma que casualmente ha hecho caducar el supremo, justo con la sentencia de la Ley del Sí solo Sí es Sí "por lo que sea" y no antes con la excusa de que era muy vieja para poder ir en contra de su propia jurisprudencia. "casualmente" también era oh, sopresa la sala segunda de lo penal controlada según palabras textuales de Cosidó, por el PP gracias al juez Marchena que se vanagloriaba de poder alterar votaciones a su favor por 21 a 0. Vamos reconociendo que pueden prevaricar con completa impunidad.
La decisión del Supremo con el 'sí es sí' abre la puerta a un aluvión de rebajas tras dar por caducada la norma que las evitaría
los magistrados han considerado que dicha disposición habría caducado, pues tiene 28 años de existencia, y reprochan al legislador no haberle puesto fecha de caducidad.
www.publico.es/politica/decision-del-supremo-abre-puerta-aluvion-rebaj
Vaya, que casualidad que caduca JUSTO en esa sentencia y no hace 2, 3 o 4 años antes, eh?
b) Según Ignacio Rafols (Presidente de la Audiencia Provincial de Palencia) dicha transitoria y aunque no existiese DEBÍA aplicarse SIEMPRE. Sí, era esa misma que el supremo hizo caducar "por lo que sea"
DISPOSICIÓN TRANSITORIA. «Con independencia de que la ley no tenga disposición transitoria, el Código Penal la sigue teniendo», subrayó el presidente de la Audiencia Ignacio Rafols. Dicha disposición establece que «en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código».
www.diariopalentino.es/noticia/z8ce7d4fd-d4b2-16db-eabd8439db2a33f9/20
Vamos que el supremo tenía que aplicar dicha transitoria, no quiso y la hizo caducar para no caer en una prevaricación evidente, y optaron por que fuera imposible de demostrar aunque sigue siendo evidente
2- No, los jueces no han aplicado la ley en la misma dirección, eso es falso, ha sido una MINORIA, de hecho solo 3 de cada 10 y las pruebas las tienes m,ás arriba, había que aplicar LA TRANSITRIOA SI O SI
3- No ha habido error, ha habido SABOTAJE y prevaricación de unos cuantos e ineptitud de otros cuantos de esa minoría de 3 de 10
De nada