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El TSJA rebaja de 16 a once años y medio de cárcel a un padre de Jaén que abusó de su hija con cuatro años

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 16 años de prisión a once años y medio la pena impuesta a un padre de Cabra del Santo Cristo (Jaén) que abusó de su hija en sucesivas ocasiones hasta que la menor tuvo cuatro años y ésta abandonó el domicilio familiar. En este caso, el tribunal recoge que para fijar la pena no se atiende a la Ley del 'solo sí es sí', puesto que de hacerlo sería menos beneficioso para el condenado.

| etiquetas: tsja , rebaja , 16 , once , años , medio , cárcel , padre , de , jaén , abusó , hija
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  1. Imposible, si a mi me habían jurado y perjurado que era la ley del "Sólo Sí es Sí" la que provocaba la rebaja de condenas y no la anterior.

    Además entonces quiere decir también que la anterior ley estaba mal porque provoca rebajas en las penas? Ostras pues a ver si va a ser que la había que cambiar... oh, wait...!!!

    PD: A ver si va a ser que los que aplican las condenas dentro de una horquilla arriba o abajo independientemente de la ley son los jueces
  2. La ley del si es si que te voy a joder cuando salga antes si o si.
  3. #0 Deja de hacer el ridículo. Asume que tu partido ha desaparecido y deja de dar la murga
  4. Aun habra que darles las gracias a los jueces que aplican de forma peculiar la ley de solo si es si, ya que perjudica mas a los violadores que esta que han aplicado en ese juicio.
    Porque visto lo visto , aun pueden hacerlo peor. Usando otras leyes.
  5. Recordad, haced memoria, lo q pasó cuando la sentencia de la manada, q 18 años eran poco.
    Ahora la ministra q se subió a la hola del feminismo, que prometía más dureza, ha rebajado las penas de las violaciones.
    Y sigue señalando y dando lecciones morales.

    Felicidades a los q votasteis activistas, estas son las consecuencias.
  6. De la propia noticia:

    Con la Ley del Sólo Sí es Sí conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.

    No hay más preguntas señoría.
  7. #1 Ya verás cuando metan en la cárcel al del piquito como se acaban las risas.
  8. #_5 Aprende a leer que ni te enteras, la ley que le han aplicado es LA ANTERIOR

    Con la Ley del Sólo Sí es Sí conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.

    Luego vas y votas con esa comprensión lectora y así te va xD xD xD
  9. #7 A ver si ponen un contador de carne y huesos todos los días en prime time para esos casos xD
  10. #1 La rebaja no tiene nada que ver con la ley aplicada sino con que el TSJA considera que solo se cometió un delito en lugar de dos independientes como se recogía en la sentencia de la Audiencia de Jaen y por lo tanto deja la pena de ese único delito quitándole la del otro.
  11. #10 De la propia noticia

    el tribunal rechaza para este caso la aplicación de la conocía Ley de 'sí es sí' ya que sería "menos beneficiosa" para el procesado puesto que conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.

    Es una revisión, de condena y le podían aplicar AMBAS y no lo hacen con la ley del Sólo Sí es Sí porque tendría 2 años y 3 meses más de condena.

    Ni leer sabes

    De nada
  12. #1 Que si, que si, que lo que tu digas, que te agarres a las excepciones que encuentres para que esta otra realidad de esa ley no se note mucho.

    Más de 1.200 rebajas de penas y 121 excarcelaciones por la ‘ley del solo sí es sí'

    elpais.com/espana/2023-09-18/mas-de-1200-rebajas-de-penas-y-121-excarc

    Fue un cagada que pudo hacerse bien pero "por lo que sea" no fue así, lo mínimo es admitirlo.
    El no admitir lo que es evidente para la mayoría de los 47 millones de españoles, solo suma soberbia a una retaila de otros adjetivos mas despectivos que este a todos los que no lo hacen.
  13. Que alguien le diga a FunFrock en #_5 que no sabe leer y que le pegue este trozo, que así nos reímos todos un poco de su absoluta incompetencia lectora, que no pilla que le han rebajado la pena con la ley ANTIGUA porque con la nueva le caía más pena xD xD xD

    Con la Ley del Sólo Sí es Sí conllevaría una pena mínima de 13 años y nueve meses, y un día de prisión, mientras que con el ordenamiento antiguo se le queda en once años y seis meses, que es lo que finalmente se le ha impuesto por el TSJA.
  14. #12 No no me agarro a excepciones lo que demuestro es que las rebajas aplican también con la antigua ley y que precisamente son los jueces los que deciden bajarla o no, independientemente de la ley, ya no mencionar que con la anterior ley TAMBIEN hay rebajas con las revisiones, oooooh, vaya, que no es cosa de la ley si no de que pidiendo revisiones se te puede bajar la condena con cualquiera de ellas, pero eh, la culpa de cualquier rebaja es del nueva, no de la vieja que también da rebajas y nunca de los jueces que buscan las penas mínimas la mayoría de las veces "por lo que sea"

    Todo ello casualmente tras quedar en evidencia que la nueva ley ENDURECE determinados delitos, como queda constatado.

    Si hubo cagada por qué no os veo criticar a quien diseñó el sistema del Código Penal para esa ley que fue EL MINISTERIO DE JUSTICIA y su Ministro Campo? Que casualidad que culpéis a quien precisamente NO diseñó esa parte de ley, "por lo que sea"

    De nada
  15. En la mayoría de los casos sí, es la ley promovida por Irene Montero la que provocó la masiva reducción de penas
  16. Si #_1 no me tuviese ignorado podría recordarle que los jueces deben aplicar la opción más beneficiosa para el preso

    Pero como me tiene ignorado seguirá haciendo el ridículo
  17. uy como molesta a la piara de fachis que su castillo de naipes se esté desmoronando xD xD xD
  18. #14 pero es cierto de ha habido rebajas de condena gracias a la nueva ley que no se habrían producido sin ella.

    Se cometió un error, y cuanto más se insista en que no es así, más daño político hace
  19. #18 Spoiler: las rebajas se han hecho porque no se aplicaban los agravantes introducidos en la nueva ley ya que no se puede rejuzgar los y los dejaban fuera, los jueces han aceptado a trámite porque han querido las rebajas cuando podían rechazarlas tras simplemente alegar que con la nueva ley (incluidos los agravantes) la pena entraba en la horquilla.

    No hubo error alguno salvo no acusar a los jueces de prevaricación o darles formación previa de género como se hizo en 2007 cuando unos cuantos se dedicaron a sabotear VioGen de la misma manera

    Con la anterior ley un juez vio jolgorio donde había una violación, la culpa era de la ley o del juez? Es para un amigo

    La justicia emana del pueblo, si el pueblo piensa que una condena no corresponde a un acusado el problema es EL JUEZ que aplica una ley que además fue solicitada por el pueblo y con una intencionalidad, no con la que los jueces pretenden aplicar ;)
  20. #6 -"Tiene algo que alegar el acusado?"
    -No señoría, solo una pregunta, se puede llamar imbécil a ... un señor juez como usted por ejemplo?
    -"No, eso sería un insulto a la autoridad, delito grave"
    -Ah, vale; otra pregunta, se podría decir a un IMBECIL señor juez
    - "Si . con eso no habría ningún problema.......
    ..... muchas gracias señor juez.....
  21. #11 Ya que te has puesto tan puntilloso con el tema legal, decirte que no es una revisión de condena, sino que se trata de un recurso realizado por la defensa del abogado. No es lo mismo dado que esto es un recurso de hechos (concurso de delitos o no y también cuantía de indemnización) y la revisión de pena es otra figura distinta.

    Lo que sucede es que en el recurso elevado, dado que se ha producido un cambio legislativo que puede beneficiar al condenado, se revisa si es de hecho aplicable y si es beneficioso o no.
  22. #21 Vamos que se le pueden aplicar ambas leyes, pero le aplican la menos punitiva como yo decía, que en este caso es? Ah sí la ANTIGUA

    Buenas noches
  23. #22 Nada, si era por explicarte la diferencia entre una revisión de pena y un recurso. pero como te la suda saber el error técnico de lo que hablas, a mi si que no me importa que lo que digas sea incorrecto.

    A pastar!!
  24. #23 Es decir que sea un recurso elevado o revisión, el caso es que le podían aplicar AMBAS y que le han aplicado la más beneficiosa, es decir, la ANTIGUA como yo decía.

    Circula ;)
  25. Nada, que sigues sin saber ni siquiera pronunciar las palabras correctas... Nada, para tí la perra gorda. A pastar!!!
  26. #12 y podrían ser 100.000 las rebajas de pena.y 10.000 los excarcelados. Se ha demostrado de sobra que en España el juez puede interpretar la ley como le salga del nabo (y no solo en esta tema/ley en concreto)
  27. Seguramente habrán visto indicios de jolgorio.
  28. a ver si es que los jueces no son machista
  29. Lo que el #_1 (ni me molesto en comprobar si me tiene ignorado o no, habitualmente sí) quiere olvidar a propósito es que esto no es una revisión de condenas como las que hemos conocido estos meses, tiene otro origen.

    Pero en si cerrazón y desprecio por los demás seguirá con su discurso.

    Se le vota negativo (igual que él hará si no me tiene ignorado, aunque ya sabemos que es habitual que te designore para contestarte, negativizarte y volverte a ignorar, que la cobardía es lo que tiene) y a otra cosa.
  30. Nunca debimos dejar los cadalsos
  31. #30 al final tampoco es personal, todo el mundo tiene que ganarse las lentejas.
  32. #19 una disposición adicional en la ley, como tienen muchas, era lo único necesario.

    Si, efectivamente, el problema es que no se puede volver a juzgar para valorar los agravantes, pero para que el juez se niegue a revisar condena por ese motivo, debe decirlo la ley.

    Los jueces han aplicado la ley todos en la misma dirección, solo la fiscalia no está de acuerdo, pero es que la fiscalia depende del gobierno.


    Lo dicho, ha sido un error indeseado, no reconocerlo y acusar a todos los demás es un error. No quiero otro montón de políticos como los de toda la vida, incapaces de decir que se han equivocado.

    No sólo de han perdido por ahí decenas de miles de votos, también se ha perdido la credibilidad, la idea de que son otra forma de hacer política
  33. #33 1- No, no hacía falta porque:

    a) Ya existía una disposición transitoria, esa misma que casualmente ha hecho caducar el supremo, justo con la sentencia de la Ley del Sí solo Sí es Sí "por lo que sea" y no antes con la excusa de que era muy vieja para poder ir en contra de su propia jurisprudencia. "casualmente" también era oh, sopresa la sala segunda de lo penal controlada según palabras textuales de Cosidó, por el PP gracias al juez Marchena que se vanagloriaba de poder alterar votaciones a su favor por 21 a 0. Vamos reconociendo que pueden prevaricar con completa impunidad.

    La decisión del Supremo con el 'sí es sí' abre la puerta a un aluvión de rebajas tras dar por caducada la norma que las evitaría

    los magistrados han considerado que dicha disposición habría caducado, pues tiene 28 años de existencia, y reprochan al legislador no haberle puesto fecha de caducidad.

    www.publico.es/politica/decision-del-supremo-abre-puerta-aluvion-rebaj

    Vaya, que casualidad que caduca JUSTO en esa sentencia y no hace 2, 3 o 4 años antes, eh?

    b) Según Ignacio Rafols (Presidente de la Audiencia Provincial de Palencia) dicha transitoria y aunque no existiese DEBÍA aplicarse SIEMPRE. Sí, era esa misma que el supremo hizo caducar "por lo que sea"

    DISPOSICIÓN TRANSITORIA. «Con independencia de que la ley no tenga disposición transitoria, el Código Penal la sigue teniendo», subrayó el presidente de la Audiencia Ignacio Rafols. Dicha disposición establece que «en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código».

    www.diariopalentino.es/noticia/z8ce7d4fd-d4b2-16db-eabd8439db2a33f9/20

    Vamos que el supremo tenía que aplicar dicha transitoria, no quiso y la hizo caducar para no caer en una prevaricación evidente, y optaron por que fuera imposible de demostrar aunque sigue siendo evidente ;)

    2- No, los jueces no han aplicado la ley en la misma dirección, eso es falso, ha sido una MINORIA, de hecho solo 3 de cada 10 y las pruebas las tienes m,ás arriba, había que aplicar LA TRANSITRIOA SI O SI

    3- No ha habido error, ha habido SABOTAJE y prevaricación de unos cuantos e ineptitud de otros cuantos de esa minoría de 3 de 10

    De nada
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