Los magistrados analizaron el testimonio de cada uno de ellos durante la vista, tras el que fundan la absolución al entender que "resulta difícil de justificar que la víctima al llegar a su casa, y tras una experiencia tan traumática, le enviara un wasap en el que le deseaba buenas noches a su agresor acompañado de un emoticono con unos labios en rojo". Los hechos, que fueron enjuiciados el pasado 31 de octubre a puerta cerrada, se remontan al 6 de enero del 2016 después de que la pareja rompiera su relación en dos ocasiones. Convivieron
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etiquetas: wasap , buenasnoches
1- Ser muy hijo de puta
2- Ganas de joder a alguien
3- Un sistema penal que condene sin más pruebas que un testimonio bien urdido y una aparente falta de motivación subjetiva para denunciar
Los puntos 1 y 2 no se pueden regular mediante legislación.
La realidad de la justicia de este país es que matas a otra persona de un puñetazo por la espalda teniendo antecedentes y te condenan a cinco años de carcel, tú exnovia dice que le has obligado a hacerte una felacion sin ninguna prueba salvo su palabra y te piden 12 años de prisión (10 por la agresión y dos por las amenazas) y una indemnización de 6.000 euros.
Y hay a quien le extraña que VOX suba como la espuma, si es que nos lo estamos buscando.
Por denuncia falsa es imposible que te metan ni 2.... que no le van a meter ni -1.
1) Ausencia de incredibilidad subjetiva (que no tenga motivaciones o intereses para denunciar)
2) Verosimilitud
3) Persistencia
Lo desarrollan aquí con claridad, desgranando la jurisprudencia del Supremo:
www.mundojuridico.info/la-declaracion-exclusiva-de-la-victima-como-uni
Menos mal que los delincuentes comunes son medio lerdos todos, porque si fueran genios del mal y planificaran como los delincuentes de corbata, serían imparables.
Estamos en una noticia sobre un hombre que se libra de una condena por un Whatsapp. Iba a ser condenado por el testimonio de la víctima. He mandado un enlace sobre jurisprudencia. No he insultado a nadie ni he apelado a ningún victimismo. En todo momento he tratado de profundizar y entender a fondo la cuestión.
Despacharme como ofendidito no soluciona la diatriba. Ni aporta un gramo a la discusión, dicho sea de paso.
Eh.... o no. Menudo invent te acabas de marcar ¿No? Que en este caso el acusado haya demostrado su inocencia no significa que fuera a ser condenado en caso contrario
#8 efectivamente, el punto 1 y 2 no pueden regularse, por suerte el 3 si y no es el caso de España.
No es lo mismo que te toque la persona que te gusta que la que te repugna.
No es lo mismo que te meta mano tu pareja mientras veis una peli erótica que en el funeral de su madre.
No es lo mismo comerse un plato de jamón ibérico de bellota que uno de brócoli con nocilla.
Imagino que a ti tampoco te gustaría que la chica (o chico) más gorda, fea y desagradable de la fiesta te pegue un morreo sin tu permiso, pero si es "ese bomboncito de 90-60-90" sí que lo disfrutarías.
Pero eh, que la LIVG está de puta madre... mueren las mismas mujeres y gran cantidad de personas inocentes tienen que acarrear con falsas denuncias y acusaciones, pero bueno, como estos son hombres que les den....
Intenta entender la realidad en vez de inventarte la tuya propia. Vivirás más feliz.
Por defecto se cree a la acusadora y solo si el acusado presenta pruebas que lo exculpan sale libre, en caso contrario es condenado.
Me cuesta pronunciarme ante el hecho de que un testimonio valga de por sí para condenar. Por un lado pienso que para ciertos delitos que no dejan marcas físicas protege a la víctima. Por otro, pienso que quién sabe cuántos hábiles denunciantes pueden cumplir las tres condiciones y condenar a un inocente.
En todo caso, se trata (en mi opinión) de una jurisprudencia que debería generar debate y dudas.
Pero si en la entradilla que tú mismo has subido pone justo lo contrario:
Los magistrados analizaron el testimonio de cada uno de ellos durante la vista, tras el que fundan la absolución al entender que "resulta difícil de justificar que la víctima al llegar a su casa, y tras una experiencia tan traumática, le enviara un wasap en el que le deseaba buenas noches a su agresor acompañado de un emoticono con unos labios en rojo".
parte de #11 por algo? Entiendo lo mismo, que una tía se sobrepase con los tíos no tiene la misma repercusión. No hay que ser muy experimentado en la vida española para saberlo.
Ante casos tan descarados de denuncia falsa, debería aplicar al denunciante la condena que le supondría al denunciado, verías como se acaba la tontería. En un lado y en otro, pero eso no interesa. Lo de la igualdad digo.
Para que el hecho se considere "objetivamente probado" deben de concurrir los tres puntos.
Pero ninguno de los tres puntos requiere necesariamente de hechos o pruebas físicas constatables.
Un testimonio sin contradicciones, verosímil, sostenido en el tiempo y sin que parezca que esconde intereses detrás ya vale. Porque entonces adquiere el rango de "objetivamente probado".
Aunque, claro, si además hay lesiones, informe pericial y testigos indirectos, pues entonces eso sí son pruebas periféricas clave. Pero NO son imprescindibles para que haya condena.
Suerte que en España esto no pasa y como en el caso de la noticia que estas comentando los investigadores, abogados y jueces hacen su trabajo y buscan evidencias y pruebas de culpabilidad e inocencia.
www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=http://www.un
O, mismo enlace...
www.unis.edu.gt/ap/fetch/presuncion-inocencia-frente-testimonio-victim
Obsérvese a partir de la página ocho, con especial atención a que el Supremo considera como suficiente para romper la presunción de inocencia la existencia de "hechos mínimamente corroboratorios". Da ejemplos de hechos que darían al Supremo la ocasión de considerar el testimonio de la víctima como suficiente para la condena y... No es sólo que sean requisitos más light que en otros delitos... Es que dan la impresión de ser un "cualquier cosa me vale, lo que quiero es que luego no me vengan con que he condenado sin pruebas"
Por ejemplo, considera como prueba la declaración de un familiar sobre "cómo encontró a la víctima y el relato de los hechos que le hizo la víctima" sin parar en cuentas de que el familiar difícilmente esté entrenado para detectar una simulación; o un informe psicológico (sin aclarar si debe ser un informe pericial concreto o nos vale con los psicólogos de Infancia Libre, o de Maracena... Aquellos que valoraban el "extremo riesgo" de que los hijos de Juana Rivas volviesen a Italia...
Sí me puedo imaginar a una persona alienada y recientemente violada, enviándole un beso a su agresor habitual. El grado de sumisión mental puede cambiar completamente la realidad de alguien, hasta el punto de "agradecer sinceramente" la paliza porque "se la merecía, son casos extremos pero no desconocidos... Otra cosa es que un psicólogo-forense "decente" debería poder encontrar muchos rastros-daños de ese tipo de relación, que no surge de un día para otro.
..Testigos de referencia (Fulanito me dijo que Susanita le ....), que miedo me dan en un juicio.
Es decir constatación de la concurrencia de corroboraciones periféricas de carácter objetivo ¿Como le llamamos a esto? Se me ocurre indicios...
También resulta que: en definitiva es fundamental la constatación objetiva de la existencia del hecho.
Y además sólo en casos excepcionales.
Lo que quiero decir que la redacción de la sentencia (O al menos tal como no las han vendido), es bastante desafortunada. Sí, una víctima puede enviarle un beso a su agresor, pero en el 99% de los casos esa victima tiene además unos síntomas-circunstancias claramente definidos y detectables y si no pudieron ser detectados por un perito, el tribunal tiene base para no creer su testimonio.
Digo yo que eso depende de si se "consuma" el delito o no, ¿no crees? Si alguien miente para que condenen a alguien y la pillan pues sí es menos grave en el mismo grado que una intento de violacion es menos grave que una violacion.
Ahora, si la persona a la que ha denunciado acaba realmente en la carcel, entonces la cosa ya es muchisimo mas grave. Porque pasarte varios años en la carcel por una violacion que no has cometido te aruina la vida tanto o incluso más que el que te violen. ¿No te parece?
¿No ves lógico que una persona se deje tocar por aquella otra que le gusta y rechace a quién no? ¿No ves lógico que una persona decida eso?
¿Que te pasa en la cabeza?
Y no se te olvide que el tipo de esta noticia se libró de la condena por un Whatsapp. Que es donde estamos condenando. Ahí parece que no concurría nada más que el testimonio de ella.
Y arriba viene un ejemplo de condena por tocarle el culo a una mujer. Que ya es abuso sexual:
www.lavanguardia.com/vida/20180921/451943169056/tocar-culo-abuso-sexua
Explícame cómo determinar objetivamente si aquel chico al que acababas de conocer te tocó el culo en la discoteca sin que los testigos vieran nada más que tu tortazo posterior. Porque lo veo difícil.
Aún estoy esperando a que alguien me mande el extracto de la ley donde se invierte la carga de la prueba.
CC #1 #23 etc
En el aviso de bomba no cortas la libertad personal de nadie. Lo haces por la seguridad de todos los que estan en el edificio.
Si me detienen de forma preventiva donde están mis derechos a mi no me beneficia para nada que me detengan.
Partiendo de que la LVG me parece una mierda descomunal, ¿en serio te parece mal que una mujer decida quién puede tocarla y quién no?
A grandes rasgos es lo que explica #34 que ocurre en la práctica.
Y el juicio es todo el rato amigas de la acusadora relatando lo que ellas las ha dicho.
Y amigos de los acusados diciendo los que estos dijeron.
Yo no entiendo como esto se puede llevar a juicio sin ninguna prueba física.
Se esta mirando de condenar a gente solo con conversaciones de lo que dijo o dejo de decir una persona.
Sin una sola prueba forense.
Lo digo medio en serio, medio en broma, pero lo que si tengo claro es que de todos los errores que puedes cometer, ese es uno de los peores.
Aquí viene un ejemplo de alguien que ha salido absuelto y no se le ha condenado solo con un testimonio.
Si quieres saber como te lo explican aquí:
www.mundojuridico.info/la-declaracion-exclusiva-de-la-victima-como-uni
Hay una serie de condiciones que se han de cumplir y tal..
Luego también megaparanoico porque después de una relación sexual siempre suelo mandar un whatsapp o telegram preguntando qué tal, que si nos volvemos a ver o muchas gracias. Ahora veo que esto me puede ser de utilidad alguna vez...
Entre ellas está la de que el hecho de denuncia sea objetivamente probado. Es decir, que no haya duda de que ha ocurrido.
Si no hay ninguna marca o prueba de que el delito ha ocurrido, no se puede condenar en base solo al testimonio.
Cuando madures, vuelve a participar en la conversación con adultos, por favor
Depende. Mañana voy a urgencias y digo que me has dado un puñetazo. Si soy un hombre, no servirá como prueba, porque nada más demuestra que hayas sido tú, excepto mi declaración.
Eso debería aolicarse igual aunque yo fuera una mujer, pero no es así
Hace poco salía en televisión la llegada a Madrid del actor ese de telenovela que parece la versión turca de Thor. Las mujeres se echaban encima extasiadas a tocarle, incluso una mano trató de quitarle la coleta. Y Ana Rosa y las tertulianas hacían comentarios jocosos al respecto.
No me imagino semejante situación con los papeles invertidos de actriz y fans varones. Ardería Troya.
Pues nada. Si cuela y le sale bien pues te jodes, suerte que no hay pena de muerte que sino ya la risa, no?
Me pregunto que debe pasar cuando denuncian a una mujer por violación (aunque sea falsamente) si también le meten 12 años o al denunciante en falso si le meten 2.
Relacionada: www.meneame.net/story/el-codigo-de-hammurabi
Que el hecho de denuncia sea objetivamente probado. Los datos objetivos de corroboración pueden ser muy diversos: lesiones en delitos que ordinariamente las producen; manifestaciones de otras personas sobre hechos o datos que sin ser propiamente el hecho delictivo atañen a algún aspecto fáctico cuya comprobación contribuya a la verosimilitud del testimonio de la víctima; periciales sobre extremos o aspectos de igual valor corroborante.
Llámalo como quieras, pero para condenar a alguien solo con un testimonio, es NECESARIO que se de esto.
Lo de que en este caso se estaba invirtiendo la prueba te lo estas inventando un poco
¿Conoces algún caso de condena sólo basada en testimonio (sin más condiciones)? Me gustaría que me pasaras la info.
Porque a lo mejor resulta que la gente aquí está hablando por hablar.
Pero en la viogen uan de las medidas es meter al acusado por la segudidad de la victima en la carcel y minimo se pasan 48 horas.
MADRE MÍA.
Siempre que leo a gentuza de esta estoy convencido de que, de hecho, si fueran mujeres serían de las pocas que hacen este tipo de cosas, porque la falta de humanidad es, desgraciadamente, universal.
Te voy a hace una pregunta, entre que te violasen o que te quitasen tu vida, tu trabajo, tus conocidos, soportar el vía crucis del juicio dónde sólo se van a decir mentiras y después pasar cinco o seis o tres años en una cárcel por un delito que sabes que no has cometido y tener que cargar con el estigma social de ser un violador. ¿Qué escogerías?
¿De verdad piensas que es mucho más grave violar a alguien que acusar de violación a un inocente?
A ver, que no estamos hablando de investigar el asesinato de JFK. Que no van a mandar a seis polis y tres investigadores a que analicen si cada amigo tiene intereses subjetivos.
No me has explicado ni el caso de la noticia ni la hipótesis de la discoteca...
Sólo que no sería "decir que alguien te ha violado". Es decir que alguien te ha violado, y le metan 12 años en prisión. Los matices son importantes.
"Cuando la policía remite un atestado al juzgado, este siempre es registrado. Después de registrarlo, el juez estudia si a su parecer existen indicios suficientes para incoar diligencias. Si entiende que si, manda incoar diligencias previas y la práctica de las diligencias para la investigación de los hechos.
Si entiende que no existen esos indicios puede acordar: el archivo directo del atestado-denuncia por no ser los hechos denunciados constitutivos de infracción penal, o el sobreseimiento provisional por no quedar debidamente probada la existencia de delito."
A ver si aprendemos un poco como funciona la justicia...
¿Fuente?