Cultura y divulgación
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El obispado de Jaca inscribe a su nombre la catedral 15 días antes de que venza el plazo para inmatricularla

El obispado de Jaca ha anotado a su nombre la posesión de la catedral de esta localidad oscense, uno de los edificios emblemáticos del románico español, que fue declarado monumento nacional en junio de 1931 y Bien de Interés Cultural en 1985.

| etiquetas: jaca , catedral , inscripción , iglesia , aragón
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  1. Estupendo. Cuando haya que restaurarla, que lo pague él o su secta y si se descuida en el mantenimiento, multazo.
  2. #1 O expropiación.
  3. La Iglesia lleva 1.000 años usando el edificio sin que nadie reclame una renta ni un alquiler. Tal vez no esté bien que se realicen las inmatriculacones de una manera directa, pero digo yo que si alguien tiene derecho a inscribir la propiedad, es la iglesia.
  4. #4 supongo que sí, pero si las autoridades civiles han metido dinero en ella, supongo que las cosas habrían de hacerse de otra manera.
  5. #4 ¿Y el estado? Digo yo que al ser un bien de interés cultural y haberse encargado el estado de las restauraciones y el mantenimiento algún derecho tendrá
  6. #6 Que sea un bien de interés cultural no cambia nada.

    Respecto a las restauraciones, tampoco lo veo, es normal que edificios catalogados reciban subvenciones públicas para su restauración, como el famoso Pazo de Meirás, y eso no implica ningún derecho sobre la propiedad.

    En Madrid hay cientos de edificos catalogados que tienen exenciones de impuestos (IBI) y ayudas públicas para su conservación y son viviendas, oficinas o cualquier otra cosa. Esto no tiene pq ser diferente.

    CC #5
  7. Algún día todo esto se va a confiscar y después vendrán los lloros.
  8. "Mi reino no es de este mundo" xD
  9. #7 Pues yo creo que sí tiene que ver a la hora de atribuir la propiedad de algo que no es de nadie. Por mucho que tú lleves milenios usándolo, si quien se ha gastado la pasta para que tú puedas hacerlo es el estado, como mínimo debería poder optar a su propiedad. Otra cuestión es que yo posea un edificio histórico y pida subvenciones para restaurarlo. Por mucho que invierta el estado sigue siendo mío, igual que con cualquier otra subvención
  10. Y los católicos de base ¿no tienen nada que decir?
  11. #10 En el Código Civil (art 1930-1960), existe un precepto jurídico llamado "usucapión" (Adquisición de la propiedad de un bien por su posesión continuada) por el cual, quien ocupa una propiedad durante un plazo determinado y en unas determinadas circunstancias, adquiere automáticamente la propiedad. Aquí tienes un link que lo explica bastante bien: www.aobabogados.com/blog/adquisicion-de-la-propiedad-de-un-bien-por-su

    No soy jurídico, pero estoy seguro de que si se recurre la inmatriculación, la Iglesia tendrá buenos abogados que harán prevalecer este precepto.
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