Si usted tiene un piso en alquiler y su inquilino no le paga, está obligado a tributar por la parte correspondiente del ingreso aunque este no exista y abonar la correspondiente cantidad a Hacienda.
#5 Los suministros los pagará el dueño del inmueble si ha sido tan "cazurro" de mantenerlos a su nombre.
El inquilino puede/debería de cambiarlos a su nombre paralelamente a su entrada en la vivienda. Es un trámite bien sencillo y que hoy en día se hace telemáticamente con prácticamente todas las compañías (luz, gas, agua, internet, TV por cable, etc).
Debería haber un principio constitucional que diga claramente que no hay que pagar impuestos por un dinero que todavía no hayas ganado. Entre otras cosas porque... ¿Y si no lo tienes?
#4 OJO, esta información no es nueva, es y ha sido así antes de la nueva Ley de la vivienda.
Los de lavanguardia saben aprovechar el clickbait del momento.
#8 Si no lo tienes, no des fiado, así de simple. Para eso existen las entidades de crédito y caución, así como no dar un plazo mayor a 60 días para pagar.
#9 efectivamente, esto no es nuevo ahora, ya existia, la unica manera de no tributar por esos no ingresos, al menos antes, y es que la denuncia y la sentencia se hubieran producido en el mismo año, cosa bastante complicada ya que este tipo de asuntos van lentisimos.
Espero que algun dia algún gobierno mire tambien por los propietarios.
#7 Da igual, esta gente sigue su guión y no van a atender a nadie. Ni a un juez diciendo que en 20 años no ha tenido un caso de ocupación de una vivienda (allanamiento), sino que son usurpaciones, que es muy diferente. Tampoco que un agente de la ley diga algo parecido.
Para ellos la culpa es siempre del gobierno narcosocialcomunistabolivarianoultramegarradicaletarraterroristadelasmilmuertescomeniños que nos llevan a la ruiiiiiina.
#14 La realidad es que 3 años es una exageración, y seguramente hay muchos datos de este caso que son favorables al moroso y que el medio oculta. Tengo varios casos cercanos de impagos de alquiler y el que más tardó en echarles fueron 14meses.
Sigue siendo una barbaridad, pero de ahí a los 3 años... Algo han hecho muy mal los arrendadores también.
#20 La media son 8 meses.
Y el caso que digo de 14 meses fue primero porque tardó en poner la demanda, y segundo porque el abogado era gilipollas y tuvieron que cambiarlo a mitad de proceso.
Todas estas no-noticias están hechas para que los mermaos que se las tragan voten PP y VOX
#13 no ha ocurrido ni un caso de impago del alquiler en 20 años?
De verdad sostienes eso?
Yo no creo q nos lleves la ruina, solo q suerte cuando busquéis alquiler.
Me gustaría saber en q lugar del mundo ha funcionado estas medidas y ha aumentado la oferta y bajado el precio
#4 La ley del alquiler favorece al propietario. En esta noticia se habla de Hacienda, que ya sabemos que es de disparar primero y preguntar después.
Lo suyo es desgravarse el impago del alquiler como pérdida patrimonial al siguiente ciclo. O mejor, tratarlos de forma similar a los fondos de inversión y no como tributación por módulos.
Es absurdo pagar IRPF por devengos, en vez de por cantidades percibidas.
#21 que suerte! Nosotros llevamos 12 y vamos a por 13.
A espera de juicio ahora que se intentan declarar vulnerables (con hijos menores).
Los abogados nos han dicho que 3-4 podríamos tardar si los declaraban vulnerables.
Obviamente tampoco les prorrogamos contrato, por lo que ya no tienen contrato de alquiler en vigor. A estos como se les puede llamar? Inquilinos, morosos, okupas o mejor, nuevos propietarios libres de cargas?
Después tocará pagar tambien arreglar la casa.
Ah y por cierto, si hay problemas de filtraciones/goteras, etc nos toca pagar y arreglarlo a los propietarios, o nos pueden denunciar los vecinos que lo sufran. Y para arreglarlo, los inquilinos tienen que dejar entrar a los operarios (ya nos pasó una vez y lo que tardamos en conseguirlo...antes de denunciarlos)
#28 En mi opinión, para todos se debería cambiar, y te lo dice un (ex) autónomo. Todos deberiamos apoyarnos en las injusticias Y hay rentistas y rentistas, desde fondos buitre (para los que no debería haber exenciones, todo lo contrario) al parado que se saca algo alquilando una habitación
#30 Antes, permíteme que apoye al currante que no le queda otra que dedicar más del 50% del sueldo simplemente para tener un techo bajo el que vivir. Cuando eso deje de pasar vamos subiendo para arriba.
#7 En donde yo vivo es imposible que un inquilino cambie la titularidad del agua, basura y alcantarillado porque se factura conjuntamente por parte de una empresa concesionaria del servicio, concesión concendida por el ayuntamiento. No tengo ni un solo inquilino de locales que hayan conseguido cambiar la titularidad del contrato de agua, basura y alcantarillado, algunos lo han intentado y me han manifestado su sorpresa por las dificultades que ponen. Lo máximo que han podido hacer es domiciliar el pago en su cuenta bancaria, pero el titular sigo siendo yo. ¿Por qué hay tantas dificultades? Te lo puedes imaginar: vieron que algunos inquilinos en los últimos meses antes de irse del local, dejaban de pagar y se les ocurrió esa medida. Después si el local no tiene licencia, hay muchos así, no te reenganchan el agua por ese motivo.
No se puede obligar a los inquilinos a que cambien la titularidad del contrato de suministros a su nombre porque se considera una clausula abusiva.
Respecto al caso de la luz, yo suelo apuntar el CUPS y cortar la luz cuando el inquilino se va porque yo alquilo locales y tengo una demanda baja. Los gastos que ocasiona de dar alta con la luz cortada por parte de un inquilino, corresponden al arrendador. Yo suelo descontarselo de la factura de alquiler.
#5 Tienes toda la razón. Después, hay gente que se queja que no encuentra vivienda de alquiler, que el casero le pide nómina, garantía adicional, aval bancario o seguro de pago de alquiler.
#20 La justicia en España es lenta. Aún por encima, los jueces y fiscales también hacen huelgas. Es cierto que puedes reclamar por daños y perjuícios a la administración de justicia en caso de dilación en el proceso judicial.
Los jueces y fiscales vuelven a levantarse con una huelga indefinida
Tienes q pagarles la luz y el agua.
Tienes q pagar los. Impuestos de dinero no recibido.
Y van a solucionar el alquiler en base a magia.
Disfrutad de lo votado la próxima vez q no encontreis piso de alquiler
El inquilino puede/debería de cambiarlos a su nombre paralelamente a su entrada en la vivienda. Es un trámite bien sencillo y que hoy en día se hace telemáticamente con prácticamente todas las compañías (luz, gas, agua, internet, TV por cable, etc).
Los de lavanguardia saben aprovechar el clickbait del momento.
Espero que algun dia algún gobierno mire tambien por los propietarios.
Para ellos la culpa es siempre del gobierno narcosocialcomunistabolivarianoultramegarradicaletarraterroristadelasmilmuertescomeniños que nos llevan a la ruiiiiiina.
Se habla de un inquilino que deja de pagarte a los 3 meses el alquiler y tardas 3 años en echarlo
Ese es el problema grave, el tema de okupaciones se hacen en casas de bancos etc… y los que más lo padecen son los vecinos pero eso es otra historia
Y lo de así de simple serviría para todo en esta vida
Sigue siendo una barbaridad, pero de ahí a los 3 años... Algo han hecho muy mal los arrendadores también.
Cc #0 #4 #11
Go yo #17
Y el caso que digo de 14 meses fue primero porque tardó en poner la demanda, y segundo porque el abogado era gilipollas y tuvieron que cambiarlo a mitad de proceso.
Todas estas no-noticias están hechas para que los mermaos que se las tragan voten PP y VOX
De verdad sostienes eso?
Yo no creo q nos lleves la ruina, solo q suerte cuando busquéis alquiler.
Me gustaría saber en q lugar del mundo ha funcionado estas medidas y ha aumentado la oferta y bajado el precio
Lo suyo es desgravarse el impago del alquiler como pérdida patrimonial al siguiente ciclo. O mejor, tratarlos de forma similar a los fondos de inversión y no como tributación por módulos.
Es absurdo pagar IRPF por devengos, en vez de por cantidades percibidas.
A espera de juicio ahora que se intentan declarar vulnerables (con hijos menores).
Los abogados nos han dicho que 3-4 podríamos tardar si los declaraban vulnerables.
Obviamente tampoco les prorrogamos contrato, por lo que ya no tienen contrato de alquiler en vigor. A estos como se les puede llamar? Inquilinos, morosos, okupas o mejor, nuevos propietarios libres de cargas?
Después tocará pagar tambien arreglar la casa.
Ah y por cierto, si hay problemas de filtraciones/goteras, etc nos toca pagar y arreglarlo a los propietarios, o nos pueden denunciar los vecinos que lo sufran. Y para arreglarlo, los inquilinos tienen que dejar entrar a los operarios (ya nos pasó una vez y lo que tardamos en conseguirlo...antes de denunciarlos)
No se puede obligar a los inquilinos a que cambien la titularidad del contrato de suministros a su nombre porque se considera una clausula abusiva.
Respecto al caso de la luz, yo suelo apuntar el CUPS y cortar la luz cuando el inquilino se va porque yo alquilo locales y tengo una demanda baja. Los gastos que ocasiona de dar alta con la luz cortada por parte de un inquilino, corresponden al arrendador. Yo suelo descontarselo de la factura de alquiler.
#5 Tienes toda la razón. Después, hay gente que se queja que no encuentra vivienda de alquiler, que el casero le pide nómina, garantía adicional, aval bancario o seguro de pago de alquiler.
Los jueces y fiscales vuelven a levantarse con una huelga indefinida
www.eldiario.es/politica/jueces-fiscales-vuelven-levantarse-huelga-ind
Dudo mucho el que el inquilino ponga el contrato a su nombre sea "abusivo" ¿alguna sentencia?