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El juzgado no ve delito de odio ni coacciones en los incidentes del Palacio de Festivales

Los dos denunciados por su participación en los altercados del pasado 27 de octubre a la salida de un acto en el Palacio de Festivales al que asistía el líder de Podemos, Pablo Iglesias y en el que se produjeron agresiones y amenazas a asistentes y medios de comunicación, serán procesados por delitos leves de agresiones y amenazas, pero no por delito de odio, coacciones o manifestación ilegal. relacionada www.meneame.net/story/agresion-periodista-santander

| etiquetas: delito de odio , santander , palacio de festivales , agresión , altercados
  1. Es que era libertad de expresión.
    Si es contra alguien religioso ya no, hombre...
  2. No es que la justicia sea ciega, es que está cara al sol :roll:
  3. El delito de odio solo se aplica a catalanes
  4. España es un estado de fascistas.
  5. #1 ¿Entraron dentro y le boicotearon el acto?
  6. #5 Cambia las pilas de tu detector de sarcasmo.
  7. Nunca es delito de odio si el agresor tiene la misma ideología que el juez.
  8. #3 catalanes y murcianos
  9. #5 no. lo que hicieron fue aprovechar un acto de campaña de pablemos para protestas contra la independencia de catalnya e insultar y agredir a los que estaban fuera. periodistas trabajando y ciudadanos. todo esto desde el odio, la exaltación y la estulticia.
  10. #10 ahm. bueno, ahí queda. para que lo lea cualquiera, independientemente de su perfil ideológico
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