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Mil euros de multa por cada día que su plantilla esté sin mascarillas

Un Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a la empresa contratada por el ayuntamiento de esta ciudad para prestar asistencia a domicilio a personas dependientes, Clece, a pagar una multa de 1.000 euros por cada día que pase sin que todos los trabajadores de ese servicio tengan mascarillas, guantes, batas desechables y gel desinfectante

| etiquetas: multa , mascarillas , covid-19 , coronavirus , juzgado de lo social
  1. Mil euros para la administración es calderilla.

    Edit: es una empresa contratista.
  2. #1 Es una empresa contratista, y son mil euros diarios. Lo pone en la noticia ;)
  3. Sale más barato comprarlas. ¿Dónde se pueden comprar y que te las manden de verdad? Gracias por la info.
  4. #2 depende de la cantidad de empleados seguirá saliendo rentable.
  5. #4 La noticia es la decisión judicial ante la situación de los trabajadores, y que contradice otra sentencia anterior, no si a la empresa le hacen daño 1000 euros al día.
  6. En la misma noticia se indica esto:

    "El criterio de esta resolución es completamente opuesto al que este mismo lunes estableció otro Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife respecto al mismo servicio en el Ayuntamiento de su ciudad, también al cargo de Clece, cuando el sindicato UGT le pidió que conminase a la empresa a facilitar de inmediato equipos de protección individual (EPIs) a toda su plantilla o suspendiera el trabajo hasta que ese material estuviera disponible.

    La juez tinerfeña rechazó la petición de UGT por considerar que no se podía condenar al Ayuntamiento y a la empresa Clece "a cumplir una orden que resulta materialmente imposible según las leyes de la lógica y la realidad", dada la escasez de esos materiales que hay en estos momentos en España en plena emergencia sanitaria por el coronavirus, un hecho que para ella era "notorio y público"."



    Personalmente esto tiene sentido para mí, aunque sí es cierto que es peligroso atender sin los medios necesarios, no es un problema de una empresa en particular, es un problema nacional actualmente.

    Ahora, viendo la última parte de la noticia:

    "En un auto dictado el día 19, el Juzgado de lo Social número 8 de Las Palmas de Gran Canaria sostiene todo lo contrario: los trabajadores de asistencia a domicilio a personas dependientes "han de asimilarse al personal sanitario", por lo que deben contar con medios para proteger la salud y la de los ciudadanos a su cargo, "mayores o ancianos en su inmensa mayoría", con "un altísimo nivel de riesgo frente al COVID-19", subraya.

    En esa resolución, el Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria concedió a Clece un plazo "improrrogable" de 48 horas para que proporcionara a la plantilla de ese servicio de mascarillas, guantes, batas desechables y gel desinfectante.

    Cumplido ese plazo, este lunes, el mismo juez dictó otro auto en el que daba a Clece 24 horas para cumplir lo exigido, con el apercibimiento de que a partir de entonces le impondría una multa de 1.000 euros por cada día que su personal carezca de EPIs. "



    Me extraña esta última conclusión, a no ser que este último juez tenga la certeza de que existe acceso a estos equipos. Pero existe el riesgo de que la empresa no pueda afrontar ni la multa ni el aportar los medios a los empleados, por tanto está condenando a las personas dependientes a carecer totalmente de servicio.

    La situación es de clara emergencia y desde luego hay que priorizar los riesgos, hay riesgos elevados y hay otros que directamente son inasumibles.

    Creo que estamos en el segundo caso.
  7. Es una empresa de Florentino
  8. #6 Habría que leer las sentencias de ambos juzgados a ver que dicen. Los periódicos tienen la costumbre de no reseñar las sentencias judiciales para que las podamos leer. El caso es que trabajadores sin las debidas protecciones también implican mayor peligro de contagio para los usuarios del servicio, no solo se trata de proteger al trabajador, que también, sino a los usuarios.
  9. #8 Desde luego, así a lo tonto mi "copypaste" en #6 incluye toda la noticia.

    Nos faltan datos que seguramente el segundo juez tiene y nosotros no.

    Pero bueno, debemos entender que también los periódico están en servicios mínimos


    (eso si al que ha redactado la noticia, no le están redactando la carta de despido, directamente)
  10. #9 Las sentencias son públicas, y en realidad se pueden buscar, suelen estar en CENDOJ. Pero me refiero a que estaría bien que los diarios incluyesen una referencia a las sentencias, para poder buscarlas, porque buscarlas es bastante laborioso, y, generalmente, no han puesto esas referencias en la vida, no es que no las pongan ahora. Lo digo porque en ellas los Juzgados y Tribunales explican por qué toman las decisiones, y la opinión que genera una noticia puede ser muy distinta si se leen los fundamentos de las sentencias que simplemente leyendo la prensa. Por comentarlo.
  11. Mientras tanto :

    www.eleconomista.es/legislacion/amp/10437889/Crisis-del-coronavirus?__

    "La situación de escasez de estos productos es además un hecho notorio y público que no necesita ser probado" razona el auto, "habiendo dirigido el Ministerio de Sanidad en numerosas ocasiones instrucciones al personal sanitario para que valoren otras alternativas distintas al uso de mascarillas.

    En consecuencia, no puede obligarse a la empresa y al Ayuntamiento a cumplir una orden que resulta materialmente imposible según las leyes de la lógica y la realidad", establece.
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