La trabajadora reclamó al rectorado que reconociese su condición de indefinida no fija, dado el fraude de su contrato temporal. Fue despedida un mes después. El juzgado declara nulo el despido por vulnerar sus derechos fundamentales y condena a la universidad a readmitirla.
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etiquetas: umu , represalia
Nunca te he dicho nada pero te lo digo ahora: GRACIAS.
Espero que estés por acá escribiendo muchos años.
(Yo llevo poco de usuario activo pero leo esta página y sus comentarios desde hace 10 años, así que sé bien de lo que hablo).
En una sentencia de un juicio que gané yo, en el cendoj aparezco como "Bernabé"
Y obviamente no es ese mi nombre
No es razonable que durante años se aplique le regla de que por cada dos que se jubilen puedas coger a uno.
Llega un momento que muchas administraciones acaban haciendo contratoS temporales que saben que no son temporales xq la leí les prohíbe reponer más efectivos y o hacen eso o cierran/externalizada servicios.
La norma es especialmente absurda si tienes en cuenta que se calcula sobre tu año anterior, es decir, que las más perjudicadas son las que tenían una cantidad de personal adecuada.
En el caso que conozco , que es el de los ayuntamientos, lo lógico habría sido unas tablas en función de ciertos parámetros ( presupuesto,población, superficie...)
Lo que no tiene sentido es que dos ayuntamientos iguales. Que digamos que necesitan 70 funcionarios. Uno tiene 100, el otro 70 y a los dos les digas que los próximos diez años solo cubrirán un 50% de las jubilaciones. Diez años más tarde el primero sigue con más gente de la que necesita y el segundo tendrá externalizada todo o se dedicará a contratación temporal ilegal.
EDIT: y no te casco el negativo pero casi que me quedo con las ganas
Menudo mundo de locos.
Aaaaaaaaarre, Silver.
ὀξύμωρον,