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Hacienda reclama a María Teresa Campos casi 800.000 euros
Son muchos los rostros televisivos que han tenido más de un encontronazo con Hacienda. El último en recibir un toque de atención, por no decir una suculenta reclamación, es María Teresa Campos. Según informa el suplemento del periódico 'La Razón', 'Cuché, la presentadora de 'Qué tiempo tan feliz' debe pagar una cantidad cercana a los 800.000 euros tras concluir una inspección de su patrimonio que se inició en 2014.
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comentarios cerrados
Debería haber una ley o código ético que impida que les contraten.
No termino de entender.
- Oye, he estado repasando tus cuentas y veo que evadir todo esto al fisco va a ser bastante dificil. Vas a tener que pagarme más si quieres que me ponga a ello.
-Te den porculo. Ahora mismo me paso a donde Genaro el contable que me lo hace a mitad de precio. A mi no me pillan y que se joda hacienda y que se vaya a perseguir ladrones de verdad.Gñe.
Y pasa lo que pasa.
Ansioso me hallo de ver cuantos debates y especiales protagoniza, con los tertulianos diciendo que ese dinero es dinero que se ha dejado de dar a Hospitales y Colegios, y similares, como tuvimos que estar oyendo durante semanas.
Entiendo (el artículo no lo explica bien) que esa cantidad es el total que Hacienda reclama, incluyendo intereses y multas, por todos los conceptos.
Normalmente las inspecciones abarcan un período de 5 años y todos los impuestos (IVA, IRPF, Patrimonio, etc.). Por lo que sale poco más de de 150.000 € por año de media.
Para que sea delito fiscal el fraude ha de ser de 120.000 € de cuota (sin contar intereses y multas), en un sólo año y un sólo impuesto. Por eso es posible que no se de el caso.
También es habitual que si en un sólo año de todos los inspeccionados se supera ese límite y en los demás no Hacienda no lo trate como delito fiscal si se firman actas de conformidad (es decir si no se recurre).
www.diezminutos.es/famosos-corazon/famosos-espanoles/terelu-campos-enf
El umbral es muchísimo más bajo.
Sobre los 4.ooo€
Si eres rico quedas excluido.
Pues no.
Me lo ha dicho el BOE publicado.
Lo que sí debe ser que tu cuñao está desactualizado.
Y tú, me da que orgulloso de seguir desinformado en base a su ignorancia.
Léete el vigente artículo 305 del código penal.
Desde 2012.
Saludos
"1. El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que hubiere regularizado su situación tributaria en los términos del apartado 4 del presente artículo."
Es como si te dicen, mire usted, si hace su declaración de la renta con su cónyuge de manera conjunta en lugar de individual, pues se ahorran ustedes unos impuestos. Si a ti te dicen que hay dos maneras LEGALES de hacerlo, pues sueles escoger la que es más beneficiosa para ti.
Y si ahora te viniera un inspector diciendo que lo has hecho mal, cogiera lo que te has ahorrado los últimos años, y te lo exigiera con intereses y multas, diciendo que has interpretado mal la norma?
Pues eso es lo que está haciendo Montoro y su equipo, ni nás ni menos. Dar un escarmiento a "los de la ceja" (¿por qué empezó cebándose con un grupo determinado de actores y artistas?), basándose en una reinterpretación de la norma fiscal, es decir, donde antes dije digo, ahora digo diego. Y a la gente que quiera joder le cojo sus últimos cinco ejercicios fiscales, calculo el 15 o 20% que se ahorraron del total de sus ingresos, le añado intereses, multas y demás, y tenemos por un lado un "Garzón" para los que se atrevieron a protestar, por otro los sometemos a linchamiento popular, y además son cabezas visibles en los medios de comunicación, así que cuidadín con ponerse tontos en sus programas, todavía puedo rascar más o ir a por sus familiares.
Y todos, toditos, todos, pasando por ese aro que ha creado Montoro para nosotros... Lo bien que se lo tiene que estar pasando!!
El artículo que transcribes tiene 7 apartados.
Desconozco que te motiva a cercenar los otros 6.
Toma, te regalo el apartado 3.
3. Si la cuantía defraudada no superase los cincuenta mil euros, pero excediere de cuatro mil, se impondrá una pena de prisión de tres meses a un año o multa del tanto al triplo de la citada cuantía y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de seis meses a dos años.
Quizás te falte concentración para poder leer algo entero.
Mi seño me recomendó para tí el siguiente enlace.
Espero te sea de utilidad
Aprender a Leer - Pipo
www.pipoclub.com › aprender-a-leer
Para móvil - Aprender a leer es fácil con Pipo! Miles de niños de todo el mundo ya lo han hecho.
vozpopuli.com/actualidad/57951-el-ministerio-de-industria-recomienda-a
www.periodistadigital.com/3segundos/periodismo/2012/07/02/pedrojota-fa
El límite de 4.000 euros se aplica únicamente para todos los impuestos, ayudas o fondos que provengan directamente desde Europa. Este cambio se realizó eliminando los artículos 627 y 628 del antiguo Código Penal que tipificaba este fraude como falta y se incluyó como delito dentro de los nuevos artículos 305 y 306.
Está bien clarito en el punto 3 del 305:
3. Las mismas penas se impondrán cuando las conductas descritas en el apartado 1 de este artículo se cometan contra la Hacienda de la Unión Europea, siempre que la cuantía defraudada excediera de cincuenta mil euros en el plazo de un año natural. No obstante lo anterior, en los casos en los que la defraudación se lleve a cabo en el seno de una organización o grupo criminal, o por personas o entidades que actúen bajo la apariencia de una actividad económica real sin desarrollarla de forma efectiva, el delito será perseguible desde el mismo momento en que se alcance la cantidad fijada en este apartado.
Si la cuantía defraudada no superase los cincuenta mil euros, pero excediere de cuatro mil, se impondrá una pena de prisión de tres meses a un año o multa del tanto al triplo de la citada cuantía y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de seis meses a dos años.
Yo de comprensión lectora voy bastante bien servido, gracias.
Así sí.
Gracias.
Saludos
De nada, vete a que mamá te prepare la merienda. Esta es gratis por ser la primera; la próxima consultoría ya te la cobro.
¿Cuándo dices que volvéis a empezar las clases de la ESO? Es para un amigo.
Dejé la ESO hace ya mucho.
Ahora vivo rodeado de mujeres
"3. Las mismas penas se impondrán cuando las conductas descritas en el apartado 1 de este artículo se cometan contra la Hacienda de la Unión Europea, siempre que la cuantía defraudada excediera de cincuenta mil euros en el plazo de un año natural. No obstante lo anterior, en los casos en los que la defraudación se lleve a cabo en el seno de una organización o grupo criminal, o por personas o entidades que actúen bajo la apariencia de una actividad económica real sin desarrollarla de forma efectiva, el delito será perseguible desde el mismo momento en que se alcance la cantidad fijada en este apartado.
Si la cuantía defraudada no superase los cincuenta mil euros, pero excediere de cuatro mil, se impondrá una pena de prisión de tres meses a un año o multa del tanto al triplo de la citada cuantía y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de seis meses a dos años.
¿Adivina que? La Hacienda de la Unión Europea es un organismo que la mayoría de europeos no sabe ni que existe ya que únicamente tiene competencias en aranceles de exportación de países terceros.
A María Teresa Campos la ha inspeccionado la Hacienda española y en este caso rige el límite de 120.000 €
¿Ves? Tu cuñao te había informado mal
No tengo cuñao, difícil me puede informar mal ni bien en ningún sentido.
En cualquier caso como delito penado está 4000 euros para arriba.
En el Reino de España 120.000e.
Con el móvil se me hace dificil copiar y pegar ... a veces ... hasta expresarme bien.
Otras veces, hasta entender ...
Saludos.
¿sabes qué? mejor no te contesto.