El Gobierno acumula cada vez más evidencias sobre cómo el PP y el sector conservador del Tribunal Constitucional habrían urdido la maniobra para impedir el cambio a una mayoría progresista. Empezaron a recelar el miércoles pasado, cuando se conoció la rápida convocatoria del pleno extraordinario para atender la petición del grupo popular de suspender la tramitación de las enmiendas que afectaban a la renovación de este órgano. Ya en esos primeros compases en Moncloa presintieron que actuaban en connivencia.
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etiquetas: recurso , tc , pp , gobierno , sospechas
Pluriempleo!
El PP pone como condición una elección independiente de jueces, el PSOE solo quiere poner a su exministro.
Patético.
Desde luego que renovar el Constitucional es más independencia que lo que defiende el PP. El PSOE gobierna representando lo que votaron los españoles. Que elijan a los jueces es lo que marca la Constitución y la democracia.
Que lo correcto sería que eligieran todos a jueces no partidistas... estamos de acuerdo.. pero eso no es lo que está defendiendo el PP, y es imposible... lo más correcto es el sistema que hay hasta ahora que reparte la elección de algunos jueces, y otros son nombrados por los propios jueces y el Congreso.
No doy crédito, les redactaron el recurso de amparo que habían de resolver. Es de un golpismo atroz.
¿Porqué un Tribunal se niega a renovarse en contra de lo que marca la Constitución y algunos lo defienden? Porque patatas.
Así que las formas no son...
Lo de llevar AÑOS secuestrando las instituciones se lo perdonamos
No es difícil de entender... pero entiendo que seas tan partidista y obcecado para negar la realidad.
LA REALIDAD:
maldita.es/malditahemeroteca/20180920/el-atajo-legal-de-las-enmiendas-
No te veo rebatir lo que dice.. alguien carece de argumentooos y tira de Ad Hominem.
No has pasado en ningún momento, has contestado a todos los comentario sin argumentos y con falacias.
Ya te inventas hasta lo que ha pasado en los comentarios.
Maravilloso.
www.eldiario.es/politica/sector-conservador-constitucional-bloquea-ren
www.lavanguardia.com/politica/20221221/8652535/tribunal-constitucional
www.eldiario.es/politica/constitucional-caducado-boicot-pp-decide-si-p
Es decir, menciona 3 casos, en 1 de los cuales hubo amparo, en 2 de los cuales no hubo recurso, y siendo el último uno en el que una actual ministra se quejó de la ilegalidad cometida. Así que "sin que pasara absolutamente nada..." está cogido con pinzas eh.
El aforamiento de Don Juan Carlos se llevará a cabo a través de dos enmiendas al proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley de Racionalización del Sector Público y otras Medidas de Reforma Administrativa por las que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
www.abc.es/espana/20140624/abci-preguntas-aforamiento-201406232152.htm
Maldita.es infiltrada en el ABC en 2014.
La realidad es tu irrelevante opinión.
Muchas gracias por darme la razón que lo han hecho todos los últimos gobiernos y nunca hubo estas consecuencias.
¿Comparas que a Meritxell Batet le parezca mal con que el TC paralice una Ley que no ha sido aprobada por el Parlamento cuando todavía cabía recurso de Incostitucionalidad?
Decir que por parar cautelarmente un trámite que vulnera derechos fundamentales amparados en la constitución quiere decir que "el TC está paralizando su propia renovación" es sesgado cuanto menos (de ahí que 2 enlaces sean de eldiario, que me gustará mucho en ciertos aspectos, pero no está menos coloreado políticamente que el inMundo).
De hecho, aún no les ha llegado siquiera la cuestión de su renovación porque el CGPJ no ha nombrado a sus candidatos, y por tanto, el TC no puede validarlos (ya que los candidatos del gobierno y los del CGPJ se renuevan a la vez, al estar obligada la renovación del TC por tercios). Es decir, que cómo digo en mi mensaje, el bloqueo del TC viene del CGPJ.
No como esta que no pasaba por el Congreso....
Claro que hay que cogerte cariño.. no sabes ni cómo funciona la aprobación de Leyes ni el Congreso y se atreve a contestar la primera chorrada que se le ocurre...
Si precisamente en este casi el TC ha paralizado QUE LO VOTE EL CONGRESO Y EL SENADO.
Qué tierno! Ya te dejo en el ignore porque contestas chorradas, no das argumentos y huyes hacia delante. No mereces un segundo de mi tiempo.
¿Ahora la Vanguardia son rojos peligrosos?
La Ley que se paralizó pretendía renovar los 4 cargos caducados del TC, no es tan difícil.
Actualmente, el Tribunal Constitucional está compuesto por 11 magistrados (el Alto Tribunal lo componen 12, pero en julio renunció uno de ellos por problemas de salud). De estos, hay cuatro que tienen el mandato caducado, pero no desde hace cuatro años (como señala Granados), sino desde junio de 2022, hace seis meses, cuando se cumplieron nueve años de sus nombramientos. El artículo 159.3 de la Constitución fija que los “miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años”.
www.newtral.es/constitucional-mandato-caducado-factcheck/20221222/
No solo el CGPJ está caducado, el TC también tiene cargos caducados y es lo que pretendía esta Ley, renovar el TC.
www.eldiario.es/politica/constitucional-amordaza-parlamento_1_9808176.
El bloqueo arranca en el Consejo General del Poder Judicial y se consagra, finalmente, en el propio Tribunal Constitucional.
El enlace que pasas menciona 3 casos. De los 3 casos, en dos no se presentó recurso de amparo, y por lo tanto, el TC no intervino, por lo que no son aplicables a lo que ha hecho el TC en este caso. Y el tercer caso se cita precisamente en el Auto del TC, como referencia jurisprudencial de un caso en el que si se concedió amparo. En este caso ni siquiera se ha concedido el amparo: se ha otorgado una medida cautelarísima para garantizar que no se produce daño irreparable a los recurrentes en lo que se resuelve el recurso de amparo.
Nunca hubo estas actuaciones porque nunca se solicitaron. En el único caso pertinente a la situación actual de los que enlazas (el de Aznar), no se solicitaron dichas medidas, pero finalmente se falló a favor del recurso. Por lo tanto, eso de "sin que pasara absolutamente nada" es completamente incierto.
Y por cierto, no es que a Meritxell Batet le "parezca mal". Cito de la fuente original del artículo de "maldita":
Por ejemplo, la socialista Meritxel Batet ha lamentado que se "evite el debate, función última del Parlamento, usurpando a la Cámara la posibilidad de deliberación". La diputada ha citado hasta cinco sentencias del Tribunal Constitucional que exigen que las enmiendas sean congruentes con el objeto de la ley en el que se incluyen. Ha explicado que hubiera sido conveniente "hacer una ley orgánica con un debate sereno, riguroso y de calado". En ese debate, según explicó, debería introducirse el de la conveniencia de mantener el actual número de aforados y los distintos grados de protección.
Es decir, a Meritxell Batet no le pareció mal, le pareció una vulneración de los derechos constitucionales de la cámara, e hizo referencias expresas a la inconstitucionalidad del trámite. Por qué su partido no hizo entonces lo mismo que ha hecho ahora el PP, teniendo pleno conocimiento de la ilegalidad a la que se les había sometido, no me lo preguntes, porque de verdad, no lo entiendo. Ojalá lo hubiesen hecho, nunca entenderé la especie de lealtad institucional extrema que tiene el PSOE en la oposición, hasta cuando se pisotean sus derechos.
Al TC no le ha llegado cuestión alguna sobre su renovación, ya que para que se renueven los cuatro magistrados con mandatos "agotados", se tienen que presentar tanto los candidatos del gobierno como los del CGPJ, para que entonces, estando planteados los cuatro nuevos magistrados, el TC opine sobre la cuestión de su validez, y entonces si, habrán opinado sobre su renovación. Es por esto que realizo la afirmación de que el bloqueo está producido en el CGPJ (que está bloqueado en el Congreso a su vez).
Pero lo que ha pasado no tiene que ver con eso. Se ha presentado un recurso de amparo por una violación del artículo 23.2 de la Constitución. Que el texto trate sobre la manera en la que se renueva dicho tribunal tiene una relevancia nimia al caso, ya que de dicho texto no importa su contenido más allá de su homogeneidad a la ley que pretende enmendar (condición que no se cumple).
Y, por estos motivos, no estoy de acuerdo en que se diga que el TC bloquea su renovación: porque es estrictamente falso, al menos si se realiza la más mínima consideración jurídica del tema.
www.youtube.com/watch?v=y_TiQDvrHPc&t=2326s
Solo se pueden tomar medidas cautelares o cautelarísimas cuando el perjuicio es irreparable, en este caso no lo era porque cabía recurso de amparo.
www.youtube.com/watch?v=cKt08xI-HPs
El TC está prevaricando y cometiendo ilegalidades. No cabía en ningún caso interferir en el funcionamiento del Parlamento.
El TC ha paralizado una Ley que pretendía renovarlo....
Y sigues discutiendo una afirmación tan sencilla en la que no caben peros.
Cuando llegue sin enmiendas veremos si era por la forma o por el contenido.
El artículo 12 de la LOTC habla del reparto de los asuntos entre salas, que debe ser en base al turno establecido. Pero dicho artículo no impide al presidente elevar una cuestión particular a pleno sin su reparto a sala. Y si así lo es, me gustaría ver dónde.
La irreparabilidad del perjuicio es debatible. Si se aprueba la ley y toma efecto, dichos parlamentarios ven su derecho vulnerado de manera efectiva, y el trámite se lleva a cabo sin arreglo para los mismos. Lo que dice Quadra-Salcedo es que ya se declarará inconstitucional la ley (pese a no serlo) para reparar dicho perjuicio, lo que es dudoso cuanto menos. Y no digas que "cabía recurso de amparo", porque es precisamente lo que se ha presentado: no es que quepa, es que es lo resuelto.
El TC claro que puede interferir en el funcionamiento del Parlamento, cuando este actúa en contra de la Constitución (artículo 9 CE). Y en base a la jurisprudencia establecida con aquella Aznarada, esta actuación ha sido contraria a la constitución.
Si llega por el procedimiento correcto y sin cometer ilegalidad alguna, espero que no haya problema alguno en su tramitación. Y si lo fabricasen de la nada para intentar tumbar la ley, me quejaré tanto o más que cualquiera, porque aunque pueda no parecerlo, estoy más o menos de acuerdo con la reforma planteada (aunque me parece relativamente peligrosa, no siempre va a gobernar la izquierda). Dudo mucho que unos magistrados sean capaces de fabricar ilegalidades de la nada.
Pero mientras tanto, en vez de llorar sobre el TC, me quejaré de que mi gobierno ha ido en contra de la constitución, a sabiendas de que lo hacía, cuando la presidenta del Congreso se ha quejado en el pasado de la inconstitucionalidad de esa manera de hacer las cosas.
No eran necesarias medidas cautelarísimas como dice Tomás de la Quadra-Salcedo, catedrático Derecho y exministro de Justicia, que también me lo creo antes que a un meneante cualquiera.
El Tribunal actúa para defender sus puestos caducados. No tienen ninguna legitimidad los cargos caducados que se niegan a renovar sus puestos en contra de lo que marca la Constitución.
Como supuesto "experto", deberías saber diferenciar esas dos palabras fácilmente.
Llorarás por un gobierno que pretendía renovar los cargos caducados con una Ley que evitaba que se atrincheran en su cargo.. estos sí, en contra de lo que marca la Constitución.
Bien ahí defendiendo cargos caducados en contra de lo que marca la Constitución!!! Se te nota un tipo de Estado!!! De Estado facha atrincherado.
"Que las ramas no te tapen el boque...esto no va por una enmiendas dentro de otra ley (algo que hace todos los gobiernos desde siempre) por eso el TC lo despacha de entrada y pone el tramite a la cola (el diputado canarios de Podemos lleva meses esperando a ver si le encuentran un hueco) es un plan orquestado y no se entiende este riesgo que toma el PP sin contar de antemano con el visto bueno del grupo conservador del TC... yo hasta apostaría que la idea se la filtro el propio Arnaldo al PP. Asi que según mi opinión todos están cometiendo un delito de sedición ...manda huevos."
www.meneame.net/story/podemos-avisa-tc-estaria-dando-golpe-blando-demo
Lo mismo es aplicable a lo que dice Quadra-Salcedo. Otra opinión coloreada por un miembro de un gobierno del PSOE. El dice que no era necesario en la radio, donde lo único que importa es su autoridad. Magistrados que a pesar de ser conservadores son tan prestigiosos como él, dicen en sala (lugar donde actuar dolosamente de manera contraria a ley constituye delito), dicen, en texto y con fundamentación en artículos concretos, lo contrario. Tú eliges creerte a uno por alineamiento ideológico. Yo, pese a ser ideológicamente de izquierdas, formo mi propia opinión a base de mucho esfuerzo, leyendo, buscando, y consultando fuentes primarias.
Tu decides achacarle al tribunal esa motivación: pero acaso no es ilegal el trámite realizado? Y acaso no marcan las doctrinas del TEDH que el amparo debe ser efectivo y no meramente declarativo? Bajo dichos supuestos, las motivaciones espurias que puedan tener me tienen que dar igual, por contrarias que sean a mi ideología: han fallado en base a ley. Si no estás de acuerdo en la ilegalidad del trámite (pese a que la propia presidenta del Congreso lo está), no tiene sentido proseguir la discusión, porque esa es la base del debate. Y aún no he visto a nadie argumentar que la adición de dichas enmiendas sea legal (los únicos argumentos son similares a los que dabas tú, que "siempre se ha hecho").
El TC no ha tenido parte aún en la cuestión de su propia renovación. Sus mandatos están agotados en tiempo (que no caducados, y retienen todas sus competencias), pero mientras no les llegue propuesta de nuevos magistrados, están obligados a seguir en el cargo. La constitución marca dichos plazos de renovación, y que dicha renovación ocurrirá por tercios. Mientras el CGPJ siga bloqueado y no logre nombrar sus candidatos, el TC no puede hacer sino continuar ejerciendo con su función.
A todo esto, el CGPJ, origen del bloqueo, y cuya renovación aún no ha sido siquiera presentada en las respectivas mesas de las cortes, intentó el otro día nombrar dos magistrados para renovar dichos cargos. Debido a que querían nombrar candidatos conservadores, se les paró, y no hubo renovación. Y a mi juicio, está bien parado, no se debe renovar el TC a cualquier precio. Lo que debería haber hecho el PSOE es plantear estas reformas antes, y aprovechar su mayoría legislativa con tiempo, y no a prisa y corriendo con menos de un año de legislatura por delante, queriendo quitarlo de en medio antes de que el electorado forme memoria.
PD: lo de experto lo dices tú, nunca he dicho serlo. Me alegra que la lectura de mis argumentos te de esa impresión
Y estos expertos, no están dando solo su opinión como tú. Javier Pérez Royo cita el Artículo 12 de memoria:
"La distribución de asuntos entre las Salas del Tribunal se efectuará según un turno establecido por el Pleno a propuesta de su Presidente"
Y explica en directo que en este caso le correspondía a la sala segunda.
Luego cita el Artículo 13:
"Cuando una Sala considere necesario apartarse en cualquier punto de la doctrina constitucional precedente sentada por el Tribunal, la cuestión se someterá a la decisión del Pleno."
Y seguidamente indica que implica que para eso primero ha de ser admitida a trámite, etc.
Tú no has rebatido nada de esto sino que simplemente has dicho que el Artículo 12 no dice nada de que el Presidente no puede sino que habla de las competencias...
Exactamente... es lo que ha dicho él también... y que en este caso le correspondía a la Sala Segunda.
Así que o ni siquiera has visto lo que ha dicho, o no tienes respuesta. Diría que ambas.
En el caso de las cautelarísimas es evidente que no era irreparable, era irreparable para los que están con su puesto caducado en Rebeldía, pero la Ley podría haber sido retirada después sin paralizar el cauce democrático establecido.
Es evidente que estás ciego y que intentas defender a los que llevan inciumpliendo la Costitución más de 4 años. Tu posición es defender a los que incumplen las Leyes y la Constitución.
Ya no hay vergüenza. Muchas tragaderas tenéis. Y encima, con dos cojones que pedro Sánchez quiere poner sus jueces. Jajajajaja.
Son los golpistas sinvergüenzas los que no los sueltan.
Tragatelo q quieras. Es un golpe de estado. El sucio partido corrupto lo q no quiere es soltarlos. Sucios, golpistas y corruptos. Mirate la definición de golpe blando, y luego le pones nombre a lo de tus colegas. Esto no es sedición...
Y respecto a los artículos 12 y 13 que cita Royo, manifiestan el funcionamiento ordinario del TC, pero en ningún caso inhabilitan al Presidente para elevar una cuestión directamente al pleno. Si, el reparto entre salas funciona en base a turno, pero el Presidente puede determinar que un asunto no se reparta a sala, en su función de administración del tribunal, que le habilita para "adoptar las medidas precisas para el funcionamiento del Tribunal, las Salas y las Secciones" (artículo 15).
Pero bueno, supongamos que dicha elevación al pleno es tan ilegal como dice Royo. La solución está clara: denuncia y p'alante, hasta llegar a Estrasburgo. Es lo que ha hecho el PP: denunciar lo ilegal a la justicia, y no a la prensa como hizo en su día Meritxell.
Por cierto, los mandatos del TC llevan caducados meses, no más de 4 años. Así que quién estará incumpliendo la constitución desde hace más de 4 años será a quién le corresponda renovar el órgano que lleva ese tiempo caducado (sorpresa).
Finalmente, me alegra ver que todos tus argumentos tratan sobre la cuestión de por qué esta decisión no le corresponde al pleno del TC, y en todo caso no son correctas las cautelarísimas, y en ningún caso sea sobre la mayoría parlamentaria llevando a cabo una violación directa de los Derechos Fundamentales establecidos en la Constitución, con conocimiento de causa desde la Presidencia del Congreso. Eso quiere decir que dicha ilegalidad es tan manifiesta que no compensa discutirla. Y por lo visto, en base a lo que argumentas, te debe parecer bien. Es sorprendente ver la cantidad de gente supuestamente de izquierdas que lleva una semana defendiendo a Aznar
Y el Artículo 13 dice que para que las competencias las someta el Pleno, deben ser admitidas a trámite y deben apartar la doctrina....
Los dos juntos... claramente dicen que las competencias las tiene LA SALA SEGUNDA y que solo podrían someterlas el Pleno siguiendo un cauce que no se ha seguido... por lo tanto NO LA TENÍA EL PRESIDENTE NI PODÍA ELEVARLO PORQUE NO LO ESTABLECE.
Estás mareando la perdiz y dando vueltas a algo bastante lógico. Te has enrocado en que textualmente no dice que el Presidente no pueda elevbar una cuestión.. cuando dice claramente que las competencias NO LAS TENÍA ÉL... y que para que las asuma el pleno.. deben seguir UN CAUCE QUE NO HAN SEGUIDO....
A mi lo que me encanta es que asumas que las cautelarísimas son subjetivas... para quién seguro lo son es para los jueces que decidieron sobre sus propios puestos... indicando que eran totalmente independientes es su decisión.
Es que no hay discusión ninguna de que esto es la primera vez que se da en democracia cuando el partido que maneja como un monigote a los jueces que han designado y obliga a que no cumplan la Constitución.... ha hecho lo mismo varias veces sin consecuencias.
Al igual que me gusta que en ningún caso lo hayas negado... y que ni lo nombres ni parezca molestarte que esos jueces que toman estas decisiones lleven incumpliendo la Constitución unos años y los del TC meses... te define muy bien. Al igual que tu posición.
Un Tribunal Constitucional que incumple la propia Constitución tiene validez cero. Al igual que tu opinión.
Las malas formas juzgando un pre-crimen del TC sí que son nuevas.
Hasta q punto pensáis que llega la estupidez de la gente? En serio.
Ninguno de esos artículos dice lo que tú sugieres: que el presidente no pueda decidir que un asunto no se reparta a ninguna de las salas, elevándolo directamente a pleno. Sus competencias como administrador del Tribunal al completo le habilitan para hacerlo. Y lo dicho, si no es así, menos quejarse en prensa y más en juzgado. Ni siquiera la impugnación que ha hecho el Senado de la decisión alega que el Pleno no tenga competencia sobre el asunto (porque es evidente, el pleno tiene la máxima competencia dentro del Tribunal).
Y las cautelarísimas son subjetivas. No estoy totalmente de acuerdo en que sean totalmente necesarias. Estoy bastante seguro de que unas medidas cautelares menos intrusivas, hubieran podido conseguir el mismo resultado con mucho menos revuelo. Por ejemplo, establecer como medida la remisión de un informe a las Cortes que les inste a no tramitar dichas enmiendas, avisándoles de la jurisprudencia, y haciéndoles saber que en caso de tramitación de dichas enmiendas se convocará Pleno de manera inmediata una vez se publiquen dichas leyes en el BOE, para proceder a su suspensión por ilegalidad del trámite. Pero como digo antes, también entiendo que es un tema mucho más espinoso, pues pasa a mezclar dos de las competencias del TC: la inconstitucionalidad y el amparo. Está claro que las cautelarísimas son "más sencillas", y que en base al art 56.6 de la LOTC, pueden aplicarlas. Pero seguramente hubiese sido evitable.
Y si, estamos totalmente de acuerdo en que esto en concreto es la primera vez que pasa en nuestra democracia, y es cierto que esto se ha hecho otras veces sin consecuencias. Pero lo que también es la primera vez que pasa es lo siguiente: que un partido haga esto (esperando que cómo las otras veces no haya consecuencias), que otro partido interponga recurso de amparo, y que haya jurisprudencia previa de un caso de extrema similitud en el que apoyar la tramitación de dicho recurso. Si, el TC ha actuado de manera inédita en nuestra democracia, pero tampoco me negarás que concurren una serie de circunstancias inéditas en su conjunto.
Los del TC no llevan incumpliendo la constitución meses, eso lo niego por completo. Precisamente porque la ley establece que deberán seguir en el cargo hasta que se produzca el nombramiento de quien los sustituya. Y sobre dicho nombramiento, no les ha llegado nada. Por tanto, en tal caso, quien incumpliría la constitución sería el CGPJ. Pero a su vez, la LOPJ establece un mecanismo que permite sin consecuencias dicho bloqueo. Y la renovación de dicho CGPJ la deben llevar a cabo las cortes, y coincide de igual manera, que hay un sistema que permite bloqueos y no establece ninguna consecuencia al respecto. Por estos motivos estoy a favor de la reforma planteada (en cuanto a su texto), aunque me parezca que se puede utilizar de manera malintencionada (y sabemos que el PP no suele tener buenas intenciones en estas materias).
Pero lo dicho, aparentemente a ti te parece bien que se vulneren los Derechos Fundamentales de la Constitución, que son bastante más importantes que el art 159 (de ahí que la modificación de unos requiera disolución de las cortes y referéndum, y el otro simplemente mayoría cualificada) y los otros se puedan reformar por mayoría cualificada . Defender esto es defender activamente al gobierno de Aznar y lo que hizo contra el Plan Ibarretxe.
Igual tú conoces muchos más ejemplos, pero no es cuestión de eso. Este procedimiento vulnera la Constitución lo haga Aznar o lo haga Pedro Sánchez. Otra cosa es que los perjudicados, por algún extraño motivo, decidan no recurrir a la justicia (o por una mal entendida lealtad institucional o por cualquier otro motivo).
Cometelo como quieras. Es un puto país bananero por ese partido podrido y corrupto.
De verdad no hay una derecha normal en España q no sea nacionalista? Nadie va a dar un puto paso a delante y sacar a estos sinvergüenzas golpistas de ahí?
Precisamente lo que quiere el PSOE es conseguir lo que tiene el PP. ¿En qué convierte eso al PSOE? El que no quiera entender que lo que quiere el PSOE es conseguir lo mismo que tiene el otro es un puto iluso.
Los que deben buscar una solución al atropello judicial y Constitucional que están sometiendo los Tribunales son los representantes del pueblo, que es donde reside la Soberanía Popular.
Ninguno de esos artículos dice lo que tú sugieres: que el presidente no pueda decidir que un asunto no se reparta a ninguna de las salas, elevándolo directamente a pleno. Y dale de nuevo
Vuelves a repetir lo mismo. Los artículos establecen quién tiene competencias, PESADO. Y las competencias las tiene LA SALA SEGUNDA, PESADO!
Entraste en barrena de nuevo sin contestar lo que dicen los artículos. Y vuelves al argumento de nuevo que es el que se deduce de esos artículos.
El Artículo 12 Define las competencias: a la Sala Segunda - NO LO PUEDES NEGAR.
El Artículo 13, En caso de que se necesite apartarse de Doctrina, debe someterse a Decisión que debe seguir unos protocolos que no se han seguido. - TAMPOCO LO PUEDES NEGAR.
Por lo tanto, SE HAN SALTADO LAS COMPETENCIAS!!!!!!
Y ya te meto en el ignore porque has entrado en barrena y tu cabezonería es incapaz de dar el brazo a torcer. En vez de contestar esto, y avanzar en la conversación, vuelves al argumento anterior a ver si cuela.
Los que vulneran los derechos fundamentales son los Jueces y Órganos que defiendes!!! El Poder Popular que es el Soberano, es el que solucionará el problema de los Jueces y Órganos Corruptos que se niegan a seguir la Constitución y a renovar sus cargos como Corruptos y Golpistas que son.
Y sabiendo esto, y llevando el CGPJ bloqueado toda esta legislatura, por qué esta reforma no se presentó hace un año? O hace dos? Por eso te digo que ya hubo tiempo, y que la responsabilidad cae en las cortes: por un lado en el PP por su inmovilismo (y no solo el PP, no tienen suficientes escaños como para bloquear solos), y por otro en el gobierno, por su complacencia.
Claro que lo niego. El artículo 12 no establece ninguna competencia. Establece cómo funciona la distribución de asuntos. Otra cosa es que tu no sepas lo que es una competencia. O te pienses que una competencia se puede "saltar". Da una idea de cuántas veces en tu vida has postrado los ojos sobre un BOE. Y ni sabes que título de la CE son los Derechos Fundamentales por lo visto. Analfabetismo jurídico apoyado en argumentos de autoridad. Que asco me dais los religiosos, porque no atendeis a razones.
Pero la cuestión es: porqué lo dices?
"se efectuará según un turno establecido por el Pleno " Es decir, el uno era de la Sala Segunda. PESADO. Y establece los turnos.. es decir cómo deben de seguir las Competencias.
SALA SEGUNDA!
Asquito dais los que defendéis a los franquistas que se atrincheran en el Poder con sus Puestos Caducados alejados de la voluntad popular.
Y sí, la ley dice que se nombran los 4 a la vez, pero ante una tesitura similar, el TC ya sentenció y creó precedente de obligado cumplimiento que si un órgano no cumple con su mandato constitucional, el otro no está obligado a esperarlo y sufrir un bloqueo por ello.
Si esto yo lo sé, imagínate si no lo saben los del TC.
De hecho, el gobierno ya nombró a sus 2 candidatos, y ahora el TC sólo le queda hacer el trámite de convocar un pleno para comprobar que cumplen los requisitos técnicos (que los cumplen), pero se niegan a convocarlo.
Es sólo prevaricación o es sedición? Llega a la categoría de golpe es estado?
Tu que opinas?
Cuánta razón tenía Martin Niemoller....
Del pj q vete a quien quiera y proponga a quien quoera, pero no es nadie para hablar de q leyes aprobar si quieren q abandone ese poder q no le corresponde. Lo de los 3/5 no es para acordar leyes, es para acordar a quien se propone. Y excusa no hacerlo con milongas para seguir haciendo lo q quieren en los juzgados. Son golpistas y no banalizo nada. Impiden el correcto funcionamiento de las instituciones. Es un golpe de estado blando. No sueltan un poder que por tiempo y forma les corresponde soltar. Y siempre hacen lo mismo. Es un partido corrupto que actúa al margen de la legalidad y fuera de ella. Golpistas. Si, golpistas corruptos. Asusta, la verdad. Y hay derecha decente en este país, no vayas a equivocarte.
Falso.
Tienes el enlace de la resolución???
Y defender y justificar que el presidente pueda saltarse la.asignsción de sala porque quiere asegurarse la sentencia que quiere es justificar la prevaricación.
Y luego defender que se pueda paralizar el trámite en el senado de una ley aprobada y remitida en el Congreso por "cuestiones subjetivas..."