Naturaleza criminal del Opus Dei es un estudio que recoge, mediante abundante documentación y testimonios, distintas conductas y prácticas habituales de esta secta que están tipificadas como delitos en el Código Penal español (estafas, delitos fiscales, coacciones, amenazas, prevaricaciones, delitos contra la intimidad, etc.) y que en conjunto ofrecen una visión global suficientemente amplia sobre el alcance de la peligrosidad social de esta secta,
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Si solo fuera en los medios de comunicación...esta secta abarca muchos medios de poder con sus tentáculos.
Sin acritud
es.wikipedia.org/wiki/Fomento_de_Centros_de_Enseñanza?wprov=sfla1
www.publico.es/sociedad/74-rostros-influyentes-opus-dei.html
Artículo 26.
Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial.
El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas.
Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero.
Quedan disueltas aquellas Órdenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado. Sus bienes serán nacionalizados y afectados a fines benéficos y docentes.
Las demás Órdenes religiosas se someterán a una ley especial votada por estas Cortes Constituyentes y ajustada a las siguientes bases:
1ª. Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado.
2ª. Inscripción de las que deban subsistir, en un Registro especial dependientes del Ministerio de Justicia.
3ª. Incapacidad de adquirir y conservar, por sí o por persona interpuesta, más bienes que los que, previa justificación, se destinen a su vivienda o al cumplimiento directo de sus fines privativos.
4ª. Prohibición de ejercer la industria, el comercio o la enseñanza.
5ª. Sumisión a todas las leyes tributarias del país.
6ª. Obligación de rendir anualmente cuentas al Estado de la inversión de sus bienes en relación con los fines de la Asociación.
Los bienes de las Órdenes religiosas podrán ser nacionalizados.
www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1931.pdf
Estas cosas tan lógicas, dejar que la religión ejerza su derecho al culto, chocan de frente con la realidad de la iglesia católica española, empeñada a través de los siglos en el acaparamiento del poder, el control de la enseñanza, el lucro desmedido, el control de los poderosos (poner tutores del Opus Dei a futuros jefes de estado, obligar a tener capellanes en el ejército para confesar a mandos y tropas, etc...), disponer de su propia justicia, y lograr (al igual que la monarquía) que un pueblo inculto/lobotomizado/engañado cubra todos sus gastos y caprichos al margen del fisco.
Son el puto ojo de Saurón que todo lo ve.
Edit: Pongo una muestra de lo que hacen realmente y lo que ocurre cuando les pillan en un país donde no se pueden librar de la justicia así como así: es.m.wikipedia.org/wiki/Robert_Hanssen
El tío era un máquina, no lo dudo. Pero joder, el sesgo y el lavado de cerebro es brutal.