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Nuevas protecciones laborales frente al “Big data” y las decisiones automatizadas: el Derecho a una explicación

Anteriormente ya hemos hablamos de los riesgos palpables de que un algoritmo (y el big data) sea discriminatoria a la hora de crear un perfil de un trabajador o a la hora de decidir si ese trabajador merece ser contratado, merece un ascenso o debe ser despedido

| etiquetas: derecho , laboral , empleo , big data
  1. Discrepo... esa La doctrina ha interpretado es una opinión.

    Sinceramente no veo como: “como mínimo el derecho a obtener intervención humana por parte del responsable, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión” tiene algo que ver con explicar todos los parametros utilizados y la ponderación entre ellos... o sea, con que haya un humano que le explique los motivos (a groso modo, sin detallar ni cuantos, ni como, ni quien los decide... ni mucho menos) ya cumple.


    La parte que discuto es esta:

    ¿Qué es esto del “Derecho a una explicación”?

    El RGPD, en el art. 22.3, establece una serie de garantías que la empresa debe cumplir “para salvaguarda de los derechos y libertades y los intereses legítimos del interesado”, siendo estas garantías, “como mínimo el derecho a obtener intervención humana por parte del responsable, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión”.

    La doctrina ha interpretado, conforme a este artículo, que existe una obligación del responsable de datos de informar al afectado de las razones que han llevado a tomar esa decisión. Es decir, la empresa cuando tome decisiones automatizadas deberá indicarlo e informar de qué parámetros (y qué ponderación ha asignado a cada uno de ellos) ha utilizado para alcanzar dicha resolución.
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