@Zipitostio@seta_roja@neyla una vez que el niño ha nacido se trata de SUS derechos, que prima frente al de los padres, y ese niño tiene derecho a que tú como padre lo mantengas, independientemente de las trifulcas y los dimes y diretes que hayas tenido con la madre.
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica
Artículo 39
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.
Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.
Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.