edición general
  1. @Zipitostio @seta_roja @neyla una vez que el niño ha nacido se trata de SUS derechos, que prima frente al de los padres, y ese niño tiene derecho a que tú como padre lo mantengas, independientemente de las trifulcas y los dimes y diretes que hayas tenido con la madre.
  1. @pueblo @Zipitostio @seta_roja @neyla

    En ese aspecto la constitución española es clara:

    www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=3

    Título I. De los derechos y deberes fundamentales
    Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica

    Artículo 39

    Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

    Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

    Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

    Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

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