Sí que estaba por escrito el cambio: La ley reforma el artículo 78 del Código Penal para que los beneficios penitenciarios, los permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el cómputo de tiempo para la libertad condicional en los supuestos de crímenes especialmente graves se refieran siempre a la totalidad de las penas impuestas en las sentencias. noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo7-2003.html
(Vía: www.meneame.net/c/13724852 )
Sí que estaba por escrito el cambio:
La ley reforma el artículo 78 del Código Penal para que los beneficios penitenciarios, los permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el cómputo de tiempo para la libertad condicional en los supuestos de crímenes especialmente graves se refieran siempre a la totalidad de las penas impuestas en las sentencias.
noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo7-2003.html
(Vía: www.meneame.net/c/13724852 )
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