edición general
  1. Voy a cubrirme de gloria:

    La ley que regula el derecho a huelga la vincula a procesos de negociación para resolver el reclamo ¿se puede saber qué y quién va a negociar si ni siquiera se tienen identificadas a las trabajadoras y empresas involucradas en la supuesta discriminación?

    Es una huelga política y por tanto ilegal.
  1. @swatieson aquí más en serio, es probable que la huelga sea, desde un punto de vista lega, ilegal (es un poco de perogrullo, pero creo que se entiende lo que quiero decir). Sin embargo, parece muy legitimada socialmente. No sé, creo que he quedado perturbado desde el 1-O ^^
    1. @palehari Que España gane otro mundial también estaría muy legitimado socialmente.
  2. @swatieson Artículo once.

    La huelga es ilegal:
    a) Cuando se inicie o se sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados.
    Uno de los objetivos declarados es acabar con la brecha salarial, lo que se entiende como "interés profesional de los afectados"

    b) Cuando sea de solidaridad o apoyo, salvo que afecte directamente al interés profesional de quienes la promuevan o sostengan.
    Bueno, en este caso lo mismo sería ilegal que los hombres hicieran huelga, pero como no estamos afectados :-P

    c) Cuando tenga por objeto alterar, dentro de su período de vigencia, lo pactado en un Convenio Colectivo o lo establecido por laudo.
    No procede

    d) Cuando se produzca contraviniendo lo dispuesto en el presente Real Decreto-ley, o lo expresamente pactado en Convenio Colectivo para la solución de conflictos.
    No procede

    Fuente:
    www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1977-6061
  3. @swatieson La huelga ha sido registrada por diversas organizaciónes [*] y es perfectamente legal, en tánto que cualquiera puede hacer huelga. No he visto asociación feminista que prohíba a los hombres hacer huelga, y si es así, ya esta tardado alguien en impugnarla.

    En el caso de CNT, explícitamente convocan a mujeres y hombres aquí nosotras.cnt.es .

    La huelga es ilegal:

    a) Cuando se inicie o sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados.

    ¿Acaso no se pide equiparación salarial?

    [1] Tienes una lista aquí

    www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-3159
  4. @swatieson Es tu interpretación. Y la de la CEOE, claro.

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