@Aiarakoa En Colombia hay algo parecido con la justicia indígena, que está amparada por la constitución y funciona al margen de la justicia ordinaria, el resultado es que en los resguardos indígenas se aplican castigos físicos como azotes o palizas, y prácticas como la ablación del clítoris (que no es generalizada pero sí se practica en algunas comunidades étnicas).
@Yiteshi, los enanos mentales que me votaron negativo, o es simplemente porque la nota es mía, o es porque les pone brutos que haya países con distintos (des)ordenamientos (anti) jurídicos según tu sexo, etnia, etc.
Si X mata a Y y son de la comunidad A, irá a la cárcel.
Si X mata a Y y son de la comunidad B, deberá pasar e.g. un ritual comunal donde deberá ser uno con la pacha mama para vislumbrar la auténtica sabiduría y purgar su alma.
Si un hombre agrede a su mujer en la comunidad C, irá a la cárcel.
Si un hombre agrede a su mujer en la comunidad D, pues no pasa mucho porque tenía que corregirla. Si la agrede en la comunidad E, tendrá que compensar a la familia de ella con 20 arrobas de maíz y dos mulos.
Evidentemente, son ejemplos hipotéticos hiperbólicos. Lo que proponen los constituyentes chilenos, cargarse la igualdad ante la ley, la tutela judicial y otros derechos humanos fundamentales, es realidad real.