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Abren expediente disciplinario a la interina que denunció a la Comunidad de Madrid por ahorrarse sus vacaciones

Abren expediente disciplinario a la interina que denunció a la Comunidad de Madrid por ahorrarse sus vacaciones

La Consejería de Educación asegura que podría haber cometido una falta grave por desobedecer durante el curso 2015-16 a sus responsables. La profesora protestó porque le obligasen a preparar los exámenes de septiembre, al ser despedida en junio . “Me estoy sintiendo acorralada y perseguida”, aseguró en uno de los escritos presentados.

| etiquetas: comunidad de madrid , cifuentes , profesorado
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  1. A ver si me entero: si la censan en junio y le piden que deje hechos los exámenes de septiembre (que al fin y al cabo ha sido la profesora y sabe qué materia se ha impartida), es una injustica.

    pero si la cesan el 30 de junio y pide que le abonen los meses de verano, es un derecho que tiene. ("tras haber conseguido un par de meses antes, en julio, una sentencia pionera que condenaba al Gobierno regional al pago de sus vacaciones del verano de 2013.")

    Crijidme a negativos, pero de verdad, el de educación es un colectivo que, cada día, me da más asco.
  2. #60 Y cuando a los clientes les de una gastritis (porque has hecho mal la salsa a propósito) que le reclamen al maestro armero ¿no?
  3. #89 No seas tan prepotente, ninguno de los casos encaja con haber trabajado en el mismo departamento.
  4. #103 Ammm, pues creía que "compartir despacho profesional" tenía algo que ver. Le diré a mi prepotencia que no se suba tanto... ;)
  5. #104 Pues sí, díselo, y ya de paso lee tres o cuatro veces el párrafo b) y verás a quién se refiere lo de compartir despacho profesional...
  6. #105 A sus órdenes :-P
  7. #1 el quid de la cuestión está en la máxima laboral de«mismo trabajo, mismo sueldo». Algo que curiosamente es de obligado cumplimiento en la empresa privada, pero que en el sector público (que no se rige por el Estatuto de los trabajadores). Y fue un juez el que dio la razón a esta trabajadora, Algo que escuece mucho a Cifuentes, con un 30% de profesores funcionarios interinos contratados en fraude de ley. Lo demás son rabietas de unos y otros.
  8. #91 Ergo...
    1 - YA sé que no es el caso. Sigues sin demostrar nada de forma empírica. Gracias por confirmar mis conjeturas ;)
    2 - Tendrá que hacer lo que le digan que tiene que hacer en su jornada laboral, si está en sus competencias y habilidades. Si no le gusta, que se haga autónoma o monte su propia empresa, pero como no es ni una ni la otra cosa, le toca obedecer órdenes, que para eso cobra el sueldo. Gracias nuevamente por confirmar la evidencia ;)
    3 - ¿Por qué ha de decidir ella qué o no hacer? Los exámenes de Septiembre de hecho corresponden al curso previo (y el año académico no finaliza hasta el día antes del comienzo del siguiente curso...). Ella ha de trabajar, y poner exámenes es parte de su trabajo, más cuando son exámenes de unas asignaturas que ha impartido. Gracias otra vez más por confirmar lo que afirmo ;)
    4 - No puedo entender sandeces. Gracias por confirmar que es completamente irracional explicarte algo que no deseas entender ;)
  9. #12
    Falacia de la falsa analogía.
  10. #16 Ya puestos a hacer una troleada, que suspenda a todo el mundo y luego que les venda el examen de septiembre.

    Y ya tiene pagadas sus vacaciones :troll:
  11. #108 1. No tengo que demostrarte nada a ti, y menos empíricamente, si es que sabes lo que quiere decir esa palabra. Tus conjeturas, para ti todas.
    2. Me ha gustado lo de "si está en sus competencias". Esto no lo está. Punto.
    3. El año académico para ella acaba el 30 de junio. Por contrato además.
    4. El hecho de que tú no puedas entender cosas no quieren decir que sean sandeces. ¿Lo son para ti? Perfecto. Por cierto, cierra la puerta al salir. Gracias cuñao.
  12. #12 No, si el despacho lo va a dejar limpio y los enseres organizados. No puede ser comparada una cocina con unos exámenes, es algo tan evidente.
  13. #109 No es una falsa analogía, es la respuesta a un comentario en el que se pregunta si se debe hacer o no un trabajo para cuando el trabajador no esté. La respuesta es que sí, que es bastante normal, pero en lugar de afirmarlo con rotundidad se puede dar un ejemplo para que se vea que no es tan raro.

    Si los exámenes de septiembre se preparan en junio y la trabajadora está contratada en junio, forma parte de su trabajo hacerlo en junio. Salvo que haya algo mejor que hacer, pero es que una vez que las clases, los exámenes y las revisiones han acabado, y eso en una escuela de idiomas no sucede el 30 de junio, parece bastante lógico que lo siguiente sea preparar los exámenes de septiembre.

    Desconozco los plazos en otras comunidades, pero en la EOI de Sevilla los exámenes que ponen los profesores del centro y sus correspondientes correcciones y revisiones se realizan en mayo, en junio solo se hacen los exámenes oficiales que solo se realizan en algunos cursos: en Andalucía, por ejemplo, en alemán solo hay examen oficial en 3° y 5°, por lo que los profesores de 1°, 2° y 4° al empezar el mes de junio ya han acabado el curso.

    Si estamos hablando de preparación de exámenes, estamos hablando de cursos que acaban antes (como digo, los exámenes oficiales no los preparan los profesores del centro).
  14. #113
    "Si los exámenes de septiembre se preparan en junio"...
    Ahí empezando con un condicional afirmas esa falacia al no saberlo.
  15. #113
    Ups... perdona. Cierto.
    Es que no había mirado la conversación, solo me fijé en tu comentario y allá fuí...Cosas de los tiempos modernos, en los que no te paras a leer con demasiada atención.
    Mea culpa. Tu ejemplo es perféctamente válido. :-)
  16. #12 tienes toda la razón suponiendo que el contrato es por horas y no por un trabajo realizado. Si en su contrato pone "Te vamos a pagar X para que entrengues un numero de examenes o hagas tales tareas" luego no pueden añadirle trabajo extra sin remunerar. Ahora bien, si fuera por horas, el que paga decide como se invierten (sin que haya peligro ni vejacion ni discriminacion obviamente, y en el margen de su oficio y conocimientos).
    Dado que comenta que era interina a tiempo parcial interpreto que cobraba por horas, asi que la excusa de "es que no me lo han pedido nunca" se la puede comer con patatas.
    Otra discusión sería si por culpa de ello la carga de trabajo fuera tan elevada que necesitara horas extra y no quisieran remunerarlas.
  17. Diormio, diormio!!!! Le han pedido que trabaje. A cambio de un solo sueldo!!! No me extraña que se haya negado a cumplir su contrato. Hay que recordar que esto es Hispañistan y aquí los trabajadores son seres de luz que no tienen porqué hacer mas que los que les sale (buenaamente) del cimbel. Si el maléfico empleador quiere que se haga el curro, que se lo haga él mismo, que para eso es un cabron explotador y esta forrao!!!

    Disclaimer: Por cosas similares he tenido el enorme gustazo de poner empleados en la puta calle. En mi empresa, el que no quiera currar lo lleva crudo. Por vago, por indecente y por joder al resto de compañeros. Y por mis pelotas, también.

    Gente como esta persona no deberían volver a ser contratadas en la puñetera vida. Para que entienda el valor del trabajo y le responsabilidad de la función publica.
  18. Digo yo que todo dependerá de si esa tarea cae dentro del tiempo que le queda dentro de la empresa.
    Si es algo que se hace en agosto, por ejemplo, yo no lo haría
  19. #1 venga la arroba o el arrobo no tienen la culpa o el culpo...
  20. #111 Eres mezquino... pero la vida te lo resolverá, no te preocupes ;)
    1 - Sé que los hechos hay que demostrarlos y que las afirmaciones sin base alguna no son más que palabrería. Cuando puedas demostrar tus afirmaciones en base a la legislación vigente entonces quizás te tome en serio.
    2 - ¿Por qué no lo está? ¿Porque lo digas tú? No, majo. La Ley se aplica a esta tipa, a tí y a mí. Y por eso está en este fregado, porque ha sido tan osada como tú...
    3 - Entonces hasta que no finalice su contrato está obligada a trabajar, ¿verdad? ¿O sólo puede trabajar en lo que ella considere que deba trabajar?
    4 - Las sandeces son afirmaciones sin sentido o lógica alguna, muchas de ellas son obvias por sí mismas, como las tuyas ;)

    Ánimo, que hay muchos tortazos que te esperan en esta vida, pero aprenderás no obstante. :-)
  21. #94
    Mucho mejor dejar que el examen lo haga una persona totalmente diferente de la que ha dado clase, con diferente forma de interpretar las preguntas, o las respuestas. Que no tenga idea de cuales son las cuestiones que a lo mejor no se explicaron bien, o que se dijeron que no entraría..... seguro que a los alumnos eso les parecerá mucho mejor.

    Aquí la gente sólo ve blanco o negro. Es tan dificil imaginar que un modelo de examen pueda ser sea redactado, revisado y finalmente aceptado (quizás con modificaciones?) por más de una persona antes de ser llevado a cabo?

    Tan difícil es imaginar que esto es una forma de facilitar que el nuevo trabajador pueda coordinarse con el trabajador anterior aun cuando a lo mejor no van a estar contratados al mismo tiempo?
  22. #71 Pues yo me voy a tener que ir buscando un abogado entonces. Tengo una botella de salsa en la despensa que debe de tener al menos dos años.
    Que mala persona debo ser por haber pagado para que me la preparen. No había pensado en como se debe sentir el pobre cocinero......
  23. #120 Mira, cenutrio (ya que nos ponemos en otro tono, al menos que no te quedes atrás), te lo explico para estultos:

    1. No puedo demostrar nada empíricamente puesto que no estoy en el caso de esa chica (empírico = basado en la EXPERIENCIA), como tú tampoco: si acaso, una demostración teórica como la planteada. La legislación vigente dice que esa mujer tiene contrato HASTA el 30 de junio. Septiembre no entra claramente en sus competencias.
    2. Has sido tú mismito el que ha puesto el "si" condicional y yo te lo rebato con un NO de campeonato basándome en el final del punto 1.
    3. Está obligada, como bien dices, HASTA el 30 de junio. No en los exámenes de septiembre. Cada cual sabe hasta dónde llegan o no sus competencias, y en este caso, en la Educación, no hay una ley que diga: "El interino que cumpla contrato en junio deberá realizar los exámenes de septiembre". A no ser que, como eres tan estólido, hayas encontrado tú ese apartado en la Ley de Educación vigente.
    4. Ay, cuñao, cómo te ha sentado de mal que te diga eso ehhh... (por cierto, aprende lo que quiere decir sandez o mezquindad, palabras habitualmente mal utilizadas por gente como tú).

    Pero tranquilo, sigue hablando de cosas que desconoces y pon la guinda con un vocabulario que no sabes manejar correctamente.

    Lo dicho, que cierres la puerta cuando salgas, y no, no hace falta que te despidas, cuñao (otro día cuando te vea por aquí te pago la cerveza).
  24. #100 Para coger el diccionario estaba yo anoche ... xD
  25. lo mejor es que si un curso va de septiembre a septiembre, y a un grupo de alumnos se les asigna un profesor, que no tengan que sufrir de forma sistemática, siempre y debido al modelo contractual, y en el período más delicado y trascendental del curso como son los exámenes de septiembre, los avatares impredecibles de un cambio de profesorado en nada más y nada menos que la evaluación de dicho examen.

    Además, es imposible que el nuevo profesor evalúe exactametne igual que el anterior, la cual cosa, por exceso o por defecto, es un agravio comparativo con el resto de alumnos que no han ido a septiembre. Porque no sabe los criterios usados ni el comportamiento individual de cada alumno durante el curso.

    Se mire como se mire es una situación injusta para estudiantes y docentes. Y si algo se tiene que procurar es que las evaluaciones sean lo más justas posibles.
  26. #124 En ese caso lo tomaremos como un desliz con el teclado :-P
  27. #82 Pues no, ya me gustaría tener una empresa. Pero lo de tocarse los huevos compis que se les acaba el contrato en un par de meses, ya lo he sufrido, asumiendo mi trabajo y el de ellos.
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