La Consejería de Educación asegura que podría haber cometido una falta grave por desobedecer durante el curso 2015-16 a sus responsables. La profesora protestó porque le obligasen a preparar los exámenes de septiembre, al ser despedida en junio . “Me estoy sintiendo acorralada y perseguida”, aseguró en uno de los escritos presentados.
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Si le dicen que lo haga durante su horario laboral, ¿dónde está el problema? ¿Le están imponiendo una carga extra de trabajo?
1.- Si a la persona que llegue en septiembre, o a sus mismos compañeros, no le/s gusta/n los exámenes preparados, no los pondrá y es trabajo en balde.
2.- Si su contrato finaliza en junio no tiene por qué hacer los exámenes de septiembre. Por esa regla que le exijan hacer -y corregir- los del año entero siguiente.
3.- Me remito al comentario #4
4.- Es como el que va a confesarse y le dice al cura: "Padre, me confieso de las 5 gallinas que he robado... y de paso también de las 15 que voy a robar".
Es lo que hay y así vamos.
2. Le pueden pedir que deje trabajo preparado, siempre que esté dentro de sus horas de contrato, no veo dónde está el impedimento. Yo he tenido algún trabajo en el que he encontrado trabajo hecho por quienes estuvieron antes que yo y he dejado preparado trabajo para quien venía detrás. Es una cuestión de cómo y cuándo se organiza el trabajo.
Como origen de todo mal, es un despropósito basar una plantilla de profesores de los que depende la buena educación de la chavalada en interinos que contratas y despides cada año.
Ahora te pongo un detalle que igual se te ha pasado: imagina que esta profesora decide hacer una troleada y esos exámenes de septiembre los hace ridículamente difíciles o fáciles o sobre un tema que no tiene nada que ver con lo que debería ser. Ahora imagina que llegan a colar y se hacen esos exámenes ¿a quién habría que pedirle cuentas? ¿A alguien que hace meses fue despedida de ese puesto?
Si entre la entrega de calificaciones y el 30 de junio tienes que hacer tareas para septiembre, ¿tu crees que tienes tiempo? Yo desde luego no tardé menos de una semana en organizar todos los exámenes de septiembre. Contando además con que probablemente no iba al ser yo quien examinara, por lo que debes dejar un informe sobre el alumnado. El 30 de junio me hubiera sido imposible tener todo eso preparado además de muchos otros informes que realicé.
Y no hay más, si en tu trabajo y horario laboral te piden que elabores un examen de Septiembre para ponerlo a los chiquillos, para que el siguiente profesor lo descarte o para hacer un avión pues lo haces y punto. Que para eso estás trabajando.
Dais argumentos que no hay por donde cogerlos, de verdad.
La docente insiste en asegurar que al ser interina y tener un contrato que finaliza con la llegada de las vacaciones, "la elaboración, la ejecución y la corrección de esas pruebas le debe corresponder a los miembros del departamento que son funcionarios". "
Se equivoca. Precisamente porque tiene contrato hasta el 30 de Junio y en Julio y Agosto se va de vacaciones, tiene obligación de preparar los exámenes de septiembre. Si no lo hace el marrón le cae al jefe de departamento, que es un profesor igual que ella, aunque sea funcionario, y no tiene porqué trabajar más. De lo que no tiene obligación es de ir en Septiembre a hacer esos examenes a ESE centro, pero si le dan plzza con fecha 1 de Septiembre SÍ tendrá que ir al nuevo.
Lo corrigen los profesores que están en Septiembre.
La solución es difícil porque el calendario es el que es. En la CV los examenes se han pasado al final de Junio, dando ¡10 días! a los chavales para recuperar el curso. Y se da la situación de que las evaluaciones caen en Julio. Todo eso para empezar la primera semana de Septiembre, que es lo que piden los padres.
Si el profesorado acaba el 30 de Junio y los examenes son el 1 de Septiembre. ¿Como van a hacer los exámenes según tú? ¿Habrá que dejarlos preparados quizás? ¿Y mejor si los ponen los profesores que han estado ese curso quizás? Justificáis cosas sin pies ni cabeza.
¿Quieren que prepare los exámenes de septiembre? Perfecto, pagadme el verano (y ahí Sí es mi obligación. Y que conste que no es mi caso, pero coño, un poco de empatía).
1) No enfrentarse con la Dirección del centro (en el caso de departamentos unipersonales), como el caso de esta profesora interina a la que han abierto expediente.
2) No enfrentarse con sus compañeros de departamento, funcionarios con plaza, pues algunos en un futuro podrían ser miembros de tribunal en oposiciones o conocer a otros que lo sean y les puedan perjudicar; ya sabéis, si no se entregan en junio, los compañeros con plaza tendrían, además de corregir los exámenes de alumnos que no conocen, hacerlos en septiembre rápidamente teniendo que adaptarlos a cada grupo tras comprobar qué temas ha dado cada interino (aparecen en la memoria)... vamos, un follón; el interino que no los deje en junio puestos, tiene las de perder.
En una oposición no puede examinarte alguien con el que hayas mantenido relación profesional o haya enfrentamiento o se pueda sacar un beneficio. Lo dice la propia ley. En ese caso el examinador debería hacer constancia de esa situación para no serlo porque se juega que lo puedan denunciar (en caso tanto de aprobado del conocido como de suspenso).
Y te respondo legalmente: en cada IES hay un Departamento, con profesores del área, y un Jefe de Departamento, al que sí pagan los meses de verano y por ley DEBEN estar a servicio de la Administración. ¿Por qué no lo hacen ellos y obligan a su compañera, cuando ellos SI están cobrando?
Si es que es lo que hay, no se sabe y se dicen cosas aberrantes con ejemplos como los que decís.
... y así está el Magisterio español, lleno y repleto de gente nada solidaria.
En tu comentario dices que te vas a trabajar a otro restaurante, en la noticia dicen que la tira.
No se si al cocinero que despidiesen le pedirían que hiciese todo eso antes....
Edito: y veo que la mafia tambien es sexista ya que solo vela por los "suyos".
#50 No puede juzgarte alguien con quien tengas una enemistad / amistad probada y publica o que haya sido socio tuyo en algun negocio.
Además, insisto, no conviene ir pasando por los centros haciendo enemistades entre tus propios compañeros... así que si te dicen que pongas los exámenes de septiembre, lo haces; otra cuestión son los departamentos unipersonales, donde no perjudicas a ningún compañero... pero ahí está la Dirección del centro para sancionarte, y si además reciben órdenes de la Consejería, pues a esta interina la habrán mirado con lupa todos y cada uno de sus movimientos, está claro que han ido a por ella.
Nada más que decir.
Afortunadamente, hay departamentos con buenos profesores con plaza que liberan a los interinos de sus departamento de hacer unos exámenes que no les corresponde. Lástima de los interinos que caen en departamentos con aprovechados.
1 - Esto es irrelevante porque puede ocurrir incluso si estuviese contratada en Septiembre también. Y en cualquier caso es una suposición que no tiene ninguna base empírica para poder aceptar la afirmación.
2 - Le dicen que los prepare, no que los corrija. Su trabajo es la docencia y no es lo que a ella le guste hacer o dejar de hacer. Si no lo que le digan que tiene que hacer.
3 - Tu comentario no tiene lógica alguna porque la prescripción se basa en un diagnóstico que no se puede hacer sobre el futuro (salvo que sepas el modo de viajar al futuro). A ésta docente le están indicando que prepare los exámenes de Septiembre en base al curso lectivo que ha terminado, no el siguiente.
4 - Otra chorrada más.
Esto tiene pinta de que la docente no se lleva nada bien con la directora del centro (y viceversa) y como se da el caso de que la directora tiene más poder que la docente, a la docente le rechina que le digan lo que tiene que hacer. Si fuese funcionario... otro gallo cantaría
El PP ha despedido a miles de interinos, única y exclusivamente para ahorrarse el pago del verano, le dan igual los alumnos; por cierto, que la Unión Europea ya ha dicho que es ilegal y se está procediendo a las reclamaciones, con todo lo que ello va a conllevar en gastos jurídicos.
Los padres piden guarderías para colocar a sus hijos, el sistema tiene que ofrecer escuelas e institutos y un calendario acorde al ritmo de aprendizaje, no adaptado a la esclavitud laboral de sus ancestros.
Y por supuesto si no te da tiempo a hacerlo bién es problema tuyo.
Quiero decir si a día de hoy que aun trabajas te dan una tarea que entra dentro de tus competencias.
No me parece razonable no hacer el trabajo que te corresponde porque tu no vas a estar cuando se utilice, entonces, qué? Si el ultimo día te piden que ordenes el archivo y el archivo te corresponde a ti...¿qué? Te niegas? Que lo haga el que venga nuevo? Que es una putada, ciertamente, que solo le va a facilitar la vida al que viene después, vale, pero coño, tú aun estás trabajando ahi, y es una tarea que te corresponde.
El ejemplo que has puesto no es válido, porque ya parte de supuestos diferentes. Otra cosa es que luego quieras arreglarlo, pero bueno.
Como han dicho más abajo: país de padefos, por cierto te contrato cuando quieras , jornada de 40 horas semanales, en las cuales yo te pongo unas tareas a realizar que tienen que estar terminadas si o sí (si no te da tiempo te vas a la calle) pago según convenio.
No se trata de facilitar la tarea a que venga después. se trata de pagar menos despidiendo durante el verano para si acaso volver a contratar de nuevo y pretendiendo que se haga el mismo volumen de trabajo en 9 meses (vacaciones prorateadas) que los que tienen 12 meses más uno de vacaciones
Esta chica ha dado un temario y puesto unos examenes durante el curso y algunos de sus alumnos se van a examinar en septiembre. Lo lógico, normal y sensato es qud ella deje preparados esos examenes, ya en junio, porque es la que conoce el tipo de ejercicios, tipo de examenes y parte del temario que tiene que caer en septiembre. El que llegue a cubrir esa plaza no ha estado durante el curso y no conoce estas cosas.
Le dicen que lo haga, se niega y la amonestan. Pues qué sorpresa.
Si cesabas antes,como un año que me tocó el penúltimo día de clase,esos exámenes los prepara el profesor titular o en su caso el departamento si la plaza está vacante.
"Abstención.
Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo, con la debida justificación documental, a la Dirección General de Personal Docente, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común", el cual dice, textualmente, lo siguiente:
"2. Son motivos de abstención los siguientes:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
3. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención no implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.
4. Los órganos superiores podrán ordenar a las personas en quienes se dé alguna de las circunstancias señaladas que se abstengan de toda intervención en el expediente.
5. La no abstención en los casos en que proceda dará lugar a responsabilidad."
Ahora sigue hablando de lo que no sabes.
Lo que ocurre aquí es que la han querido putear, pero lo normal es que ellos se encarguen de eso sin problemas.
2. También por esa regla de tres que prepare los de los repetidores durante el siguiente curso, como han sido alumn@s suyos.
3. Lee bien lo que has puesto. El curso lectivo que ha terminado, con lo cual, terminado está. Los de septiembre que los haga a quien le corresponda.
4. Sin comentario. Si no lo has entendido es tu problema.
Pero
Cuando se trata de exámenes la cosa cambia.
Un examen puede hacerte perder un año de tu vida porque, siendo exámenes de septiembre, puede obligarte a repetir un curso. Y eso no hay salsa ni mesa limpia que lo supere. Es una gran responsabilidad.
Los exámenes los hacen personas y las personas son imprevisibles. Los exámenes deciden notas, cursos y hasta futuros laborales, así que no son un tema baladí. Y puede haber problemas con la interpretación de las preguntas o de las respuestas. Puede haber errores. Puede haber cuestiones que no se explicaron bien, o que se dijo que no entrarían.. son mil los motivos por los que un profesor que ha redactado un examen debe poder dar la cara a la hora de corregirlo y de responder a los alumnos que lo requieran. Y ser ecuánime a la hora de evaluar. Ser justo. No actuar como un imbécil que solo pasaba por allí, que solo se preocupa por su sueldo y no por la vida de las personas que están a su cargo.
Un examen puede ser excesivamente difícil, rebuscado, etc.. : ¿Si un examen es excesivamente difícil y suspenden todos los alumnos, a quién van a reclamar?
No hablamos de limpiar mesas ni de preparar salsas, hablamos de notas que pueden decidir (en un septiembre de un alumno de 2º de bachillerato) qué carrera hace, o si tiene que perder un año entero de su vida por tener que repetir una asignatura por un examen que no fue bien porque no era de su nivel.
¿Y tener que repetir un 2º de bachillerato y perder un año de tu vida porque alguien decidió que era más importante ahorrarse el sueldo de un profesor que atiende a 300 o 400 alumnos que no darles el servicio que les corresponde?
¿En cuántos contextos laborales se tiene entre las manos retrasar durante un año la vida de alguien? No abundan.
Hablamos de un trabajo, el de profesor en situación de interinaje, mal pagado, no respetado, mal considerado y precarizado, pero aún así sigue conllevando una gran responsabilidad. Mucha más que en muchos otros trabajos mejor remunerados, más prestigiados y con mayor estabilidad.
Y sí, poner los examenes es tarea del departamento. Y esta chica formaba parte del departamento hasta el último día de su contrato. Así que le pidieron que ella, que conoce la materia dada en esa clase y a esos alumnos, ponga el examen. Que es lo normal, vaya.