Los acusados del País Vasco se han asociado en una plataforma de defensa: "Hay docenas de casos de ancianos que han recibido la carta y no saben ni usar Internet". Euskaltel ha denunciado a las productoras y las acusa de intentar engañar a los usuarios para que crean que el juez les considera culpables de piratería. Los primeros acusados, clientes de Euskaltel, las recibieron en mayo. Ahora llegan a clientes de Movistar, que reconoce que ha cedido sus datos personales a las productoras por requerimiento judicial
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etiquetas: internet , movistar , euskaltel , p2p , piratería , cartas
es.wikipedia.org/wiki/Suplantación
UDP es más vulnerable a estas cosas que TCP , pero ambos son vulnerables.
Y además debería ser indiferente que lo sepas o no, con contestar "no sé" debería bastar para que no se le pudiera poner la multa a nadie, ya que el sancionador no ha podido identificar a quien comete la infracción. Pero no, resulta que si no es capaz de identificarlo, pues le mete el doble de multa al propietario, porque sí.
Para que lo tengas más claro; Si me peta, yo mañana me puedo poner tu IP y MAC para descargar lo que me apetezca. Y el Log del Torrent demostrará eso. Sin "hackearte", ni nada. Todos los adaptadores de red son modificables en Linux y Unix.
Esto indica que la asociación hecha entre IP-tiempo y cuenta no es fiable. Esto por sí solo lo invalida como prueba. No hay más pruebas de nada.
Esto no va a ir a juicio nunca. Aunque yo, la carta, la conservaría como recuerdo de una época.
Quién haya pagado (mal hecho) debería denunciarles por estafa.
Nada... la palabra del proveedor de internet. El juez no tiene motivo para desconfiar. Aunque si esto fuera a juicio y se demostrara que estaba mal sería un gran precedente para usarlo como defensa en otros juicios.
¿Qién va a jurar en un juicio que esos datos no pueden ser erróneos?
En casos de este tipo el juez suele pedir a la empresa que mande alguien que testifique. Puede ser algún personal técnico que conozca el procedimiento y pueda contestar a cualquier pregunta que quiera hacer la defensa sobre la manera en que se obtiene esa información.
Ahí el abogado defensor podrá intentar poner en apuros al testigo tratando de que admita que puede haber motivos de duda sobre los datos. El testigo supuestamente no tiene motivo para mentir.
Da igual que tu vayas a un Juez y le digas que, según tu, has clonado mi ip y te has conectado para bajarte una película porque el único registro legal que queda de la conexión es la que la compañía telefónica le da al juez y respecto a la MAC... claro que se puede clonar y cambiar pero la MAC de tu pc se quedará en el router de tu casa/local. En definitiva lo que te vengo a decir es que tal y como está la ley, al margen de que como es de sobra sabido por la comunidad se pueden hacer determinadas artimañas para rebatirlo, el juez se basa a fuego en el titular de la IP, si tu con informes periciales válidos puedes demostrar que no eres tu o que esa IP no estaba asignada a tu nombre en ese momento... bien, o si puedes demostrar que, como dices que puedes hacer, esa IP estaba en dos usuarios a la vez en el mismo instante... pues ganas tu, pero muy bien lo tienes que demostrar para que el juez te haga caso, te lo digo por experiencia, me costó sudor y lágrimas demostrar que habían reventado la red de un familiar para excuparlo de una estafa bastante gorda.
www.cloudflare.com/learning/ddos/memcached-ddos-attack/
No puedes decir "el que descargó la película puede haber sido otro porque pudieron suplantar mi IP".
Eso sin contar con que la mayoría de los proveedores domiciliarios no permiten que envíes tráfico con una IP diferente de la tuya. En algunas conexiones de empresa sí se permite.
"que tu ganas, que te crees muy listo, venga anda, te perdono la vida ¿Tú no jugarás al Diablo, verdad? es que tengo mucho ping".
La forma que se aplica es:
carrero.es/servidores-bittorrent/
Creo que lo que en realidad compartes cómo mínimo es lo que bajas (descargas), pues así se mantiene el programa activo para poder descargar.
192.168.0.1
Eso no es así. El que acusa es el que lo tiene que demostrar, esa máxima no tiene excepción alguna.
Muchísimas gracias por tu explicación!!!! Me aclara mucho!!!!
No.
Y así se entiende en todas las sentencias judiciales. Y sobre esas sentencias, denegando la identificación por IP, se sienta el criterio jurídico actual.
Por cierto: argullendo -> arguyendo.
A ver...
github.com/aria2/aria2/issues/854
Bueno, dicen que no se puede evitar que suba del todo pero si le pones un porcentaje muy bajo, va a subir sólo unos pocos paquetes y nada más.
Incluso creo que con poco trabajo podría modificarlo para que no suba nada de nada.
Pero el asunto está en los clientes más comunes, que creo que comparten todo lo que tengas en tu carpeta de descargas.
Además, luego tenemos que desde el Estado se ha impulsado la creación de juzgados privados dónde se deja al margen a los juzgados reales para que hagan y ejecuten a su libre albedrío.
El protocolo IP viene a solucionar uno de los problemas más complejos de las redes, que es decidir el camino que debe seguir un paquete. Si cada persona tuviera su propia IP, según fueran cambiando de operador tendrían que cambiar las rutas de todos los millones de routers de mundo.
Además, ningún gobierno controla las IP (como mucho el EEUU). Para ser dueño de un bloque de IPs tienes que pedir un número de AS que se va a reflejar en las rutas, y un usuario residencial no lo necesita ni hay para todos. Actualmente se han ampliado a 232 números, no está pensado para que cada persona tenga su IP.
Ahora mismo las IP funcionan como los números de teléfonos fijos. Si cambias de domicio se te asigna un número nuevo si cambias de provincia o cambias de central. Pues si cambias de operador cambias de IP igual a no ser que tengas tu propio AS (empresas grandes con ASN propio).