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Un apoderado podrá asumir las decisiones de un enfermo si éste pierde sus facultades

BARCELONA.- La próxima Ley del Libro Segundo del Código Civil ofrecerá la posibilidad de que las personas que saben que, por una enfermedad o discapacidad, en un futuro no podrán valerse por sí mismas, puedan designar a un apoderado que vele por sus intereses, sin necesidad de ser declarado judicialmente incapaz. Esta es otra de las novedades que incorpora la legislación catalana, junto a otras normas que regulan las relaciones familiares.

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