El artista 'pop' valenciano Antonio de Felipe ha sido condenado a reconocer la coautoría de Fumiko Negishi en 221 obras, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. Fumiko ya ganó en primera instancia la demanda por despido improcedente que interpuso contra De Felipe, a quien reclamaba el reconocimiento de la autoría o coautoría de numerosas obras firmadas, exhibidas y vendidas durante los últimos diez años por el demandado como si fueran solo suyas.
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A veces el karma existe.
¡Menudo artissssssta! Un Mili Vanili del cuadro.
Esto se nos va de las manos. ¿Adonde vamos a parar?
¿O es que yo no soy artista?
(de hormigón armado su obra cumbre "Jeta")
Pero ojo, porque parte de los derechos morales sí los conservas: tienes derecho a decir que tú programaste eso, por ejemplo (pero no puedes impedir que la empresa haga otros cambios).
De otro medio:
tras quedar probado que De Felipe elegía la temática de la obra, entregaba a Fumiko fotografías o incluso le proporcionaba bocetos, "pero quien procedía a la ejecución personal de la pintura del cuadro, plasmando en imágenes lo planeado, era Fumiko Negishi, aunque De Felipe incluía también, según el caso, de su propia mano, líneas, manchas o grafismos de diversas formas".
Básicamente el grueso de la obra es de Fumiko, pero sigue siendo delicado, ¿acaso una ilustracion para una campaña de publicidad va firmada por su autor?, como mucho por la agencia de publicidad, donde alguien tuvo la idea y se la paso a un ilustrador para que la hiciera y todo eso va luego firmado si gana un premio o algo.
Tener una "productora" de obras es muy normal hoy en dia, donde hay que generar mientras tengas ventas.
Al parecer es que el autor ni siquiera estaba en el taller, sino que daba las indicaciones iniciales, desaparecía y volvía a los días a revisar el trabajo, estaba trabajando como un creativo que encargaba trabajo a un ilustrador.
El problema al final es que el tio lo firmaba con su nombre en singular y eso le molesto a la ilustradora (con razon, ella no podia poner esas obras en su CV o en su experiencia artistica, eso jode mucho), si lo hubiera firmado como "estudio de X" no hubiera pasado nada.
¡Plataforma de informáticos creativos ya! ¡No a la discriminación!
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.l1t7.html
Antes de hacer grandes afirmaciones es conveniente asegurarse de lo que va uno a decir
Pensaba que tu comentario de #16 era para hacer el tonto , pero viendo el comentario de #29 veo que tampoco entiendes los contratos que firmas de las trabajadores .
De la ley que comparte #26 , asi que comentario de preguntar sobre derechos de autor sobra
Cuando un trabajador asalariado cree un programa de ordenador, en el ejercicio de las funciones que le han sido confiadas o siguiendo las instrucciones de su empresario, la titularidad de los derechos de explotación correspondientes al programa de ordenador así creado, tanto el programa fuente como el programa objeto, corresponderán, exclusivamente, al empresario, salvo pacto en contrario.
No es tan difícil de entender.