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El chollo de la duración del periodo de prueba

Lo fundamental es que la duración del periodo de prueba no podrá exceder de 6 meses para técnicos titulados ni de 2 meses para los demás trabajadores. En el convenio de grandes almacenes y en el de Mercadona les han puesto un periodo de prueba de 6 meses a toda la plantilla. ¿Hacen falta 6 meses para probar a una cajera o a una charcutera? No, lo que hace falta son 6 meses para echarla gratis de un día para otro como se ponga de baja o empiece con tonterías de los hijos. Ese es el verdadero y único objetivo de ese periodo de prueba tan largo.

| etiquetas: trabajo , periodo de prueba , duración , despido
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  1. #95 En ese caso una vez despedido reclamas diferencias salariales por categoria incorrecta y como prueba llevas los requisitos del puesto. Es solo 12 meses de diferencias pero oye, menos da una piedra! :-D
  2. #98 Ojala esas asignaturas se diesen también en la universidad o, casi mejor en el instituto, junto con como hacer una declaración. Y ya si nos ponemos exquisitos un contrato de alquiler o de compra de vivienda...
  3. #101 Eso es si me hubieran pagado según convenios por esa categoría, pero solo está en contrato y cotizaciones. Y en este último caso, nunca he visto diferencia entre categoría 1, 2 y 5. El sueldo siempre ha estado por encima de convenio, hasta para el grupo 1 (que son de risa todos).
  4. #73 Hice algo parecido... Llevaba ya unos días trabajando y me mosqueaban algunas actitudes del jefe. Un día me llama a las 2 de la mañana. No cogí el teléfono, y dejó un mensaje preguntando cómo se hacía algo, que perfectamente podría haberme preguntado igual a las 8, cuando entraba a trabaja. Estuve en la oficina 10 minutos antes de lo normal, dejé una carta de renuncia y me largué
  5. Pues no estes tan seguro, si una empresa está obligada a darte preaviso a los 15 días o pagarte por ellos tú también tienes esa obligación con ellos. La empresa también tiene derechos, como para tener tiempo a buscar un sustituto.
  6. #76 no es solo la indemnización, es la posibilidad de despedirte de un día para otro sin preaviso lo jodido...lo bueno es que ese periodo de prueba es recíproco, y tampoco tú tienes por qué avisar con 15 días si quieres irte, basta con alegar que no superan el periodo de prueba
  7. #81 Me siento muy identificado, porque por un par de golpes del destino me podría haber pasado exactamente igual.

    Yo no pude quedarme con esa satisfacción. Pero no me quejo de como me fue, desde luego
  8. #2 Maleducados los ha habido siempre.
    Una cosa es pirarte porque estás en tu derecho, pero la falta de educación no es excusa. Lo digo porque he visto a gente hacer eso alguna vez y es una falta de respeto. Que menos que decir adiós a tus compañeros y dar una explicación al que te ha dado una oportunidad de trabajar, aunque luego no fuera lo que esperabas.
  9. #1: Y da las gracias si te pagan, que alguno pretende que trabajes gratis para probarte, y luego si eso te contratan... :-D

    Yo voy a ponerme a probar viviendas, un periodo de 200 años de prueba, y si eso, la compro. :-P
  10. #67 Lástima que esas cosas te llegan a los oídos, pero no hay formas de replicarles.
    Porque dan ganas de estar ahí presente, encogerte de hombros con la mejor de tus sonrisas y decir "¡Es el mercado, amigos!"
  11. #99
    El periodo de prueba yo lo he visto hasta de 6 meses. No entiendo porque dices que es muy largo si luego te largaste en 4 dias.

    No entiendo la obsesion si aunque no fuera en el periodo de prueba te pueden echar casi gratis a dia de hoy, con un año la indeminzacion improcedente son 4 perras.
  12. #62 Cuando esas mierdas las hace el sector privado, me jode.
    Cuando las hace el sector público, me enerva.
  13. #77 Con parte de tu sueldo me refiero pues al salario que te falta por cobrar o a tus vacaciones (que sigue siendo un sueldo). Vamos que te quitan dinero.

    Y luego si les has tocado mucho las pelotas a tu empresa y los dejas tirados y esta puede demostrar daños y perjuicios económicos te pueden hasta demandar.

    Que seguramente acabe en nada pero el susto y la pasta en abogados te la llevas.
  14. #103 Hmmmm, habría que mirar jurisprudencia en los casos en que se paguen por encima de convenio (muchos, seguro) si esa diferencia es absorbida por el plus voluntario o no, o si el juez establece que se pague un salario similar a los que están en esa categoría.
  15. #58 Ya han dicho por arriba que no. El finiquito es "cuadrar cuentas". Si tienes 14 pagas y te vas en mayo, la empresa te debe casi una extra entera. Además de eso, si te vas a final de mes te debe casi una nómina entera. Eso sin contar con que puede que te deban alguna otra paga. Todo eso junto es "el finiquito". Si tengo 12 pagas al año, el día 31 presento mi renuncia y el día 1 no voy a trabajar, si no hay nada pendiente el finiquito es 0. Si te han despedido, además habrá X días por año trabajado, dependiendo del tipo de contrato y de despido.

    Por otro lado está el preaviso. Si no estás en periodo de pruebas, donde te pueden largar pero también te puedes ir tu, tendrás un tiempo de preaviso, por ejemplo 15 días (en mi convenio concreto son 2 meses). Si te vas de un día para otro te restan esos 15 días del finiquito. Si el finiquito es inferior, tu le debes a la empresa, como mucho esos 15 días. Otra cosa es que, para lo poco que suele ser eso, la empresa no suele meterse en denuncias para reclamarte el dinero.
  16. #106 y...entonces ¿donde esta el problema?
  17. #94 Hay trabajos en los que no hay periodo de aprendizaje a la entrada, pero en la mayoria cambiar de empleado es un coste muy grande que no compensa eso de la antigüedad
  18. #56 Pero vamos a ver, el periodo de prueba es algo formal que se establece al principio del contrato, no es algo que haya que modificar a posteriori, si a los dos meses o tres el tío funciona la empresa tendrá en mente no despedirlo y lo da como ya alguien contratado e indefinido. Ni hay que cambiar nada en la SS ni ese empleado cobra menos ni nada parecido, es ridiculo pensar que por qué sigue en periodo de prueba, posiblemente el jefe ya tenga asumido que es bueno y se va a quedar con él desde el segundo mes y lo considere como uno más.
  19. #89 hablamos de 6 meses... del periodo de prueba. ¿De donde salen esos 6 años?
  20. Dejad de quejaros, estas medidas solo afectan a los pobres. 3 años pondría yo. El que quiera tener hijos o estar enfermo que se lo piense dos veces. Así aprenderán estos Romanos.
  21. #112 Sí... pues mamoneos en empresas públicas.... hay unos cuantos
  22. #86 No, si te vas sin preavisar, la consecuencia jurídica es que te descuentan lo que haya que descontar (vacaciones no disfrutadas y salario pendiente). Esa es la penalización. No hay más penalizaciones ni la empresa te puede demandar, sería un non bis in idem de libro. Esto nos lo explicaban en tercero de Derecho, pero vamos, es normal que se te haya olvidado si hace tiempo que terminaste la carrera y no llevas temas laborales, a mí se me han olvidado mogollón de cosas.
  23. #5 Eso es muy relativo, hay situaciones que puede que no se den en dos meses y si es probable que a los 4 o 5 meses sucedan ciertas cosas que si son relevantes para comprobar si realmente es la persona idónea. Pero bueno, que depende del tipo de empresa, de la época del año, etc etc. no es lo mismo probar a una persona con baja carga de trabajo que con stress, y a veces las situaciones de stress son en épocas determinadas, tampoco tendría lógica a esperar a esas épocas para contratar y pillar al trabajador sin integrar apenas y ya meterle tralla, porque tampoco estas siendo objetivo. De todas formas, para lo ridiculo que es el despido con seis meses de antigüedad me resulta una chorrada.
  24. #121 A ver, si el contrato es laboral aplica el ET y el convenio sectorial que corresponda. Si establece en el contrato un periodo de pruebas superior al de convenio es clausula nula y punto. En contratos laborales son "una empresa más" según tengo entendido (si no es así corregidme please)
    Si es un contrato de funcionario ya ni siquiera aplica el ET y va por otras vías que desconozco totalmente...
  25. #64 "Los trabajadores somos mercenarios que estamos ahi por el beneficio, igual que los empresarios"

    Exacto, eso es mas viejo que el mear en la pared. Hace muchos años (a mediados de los 90) eso ya lo decia yo: "Los que trajabamos en Informática, somos putas... caras, pero putas al fin de al cabo y nos vendemos al mejor postor sin remordimientos"

    Si trabajo para la empresa X que me paga $ al mes y viene la empresa Y y me ofrece $$ o $$$ al mes, obviamente no voy a quedar, me largo y me voy con el que mas me ofrece, obviamente, más claro el agua, es que es de cajon de madera de pino.
  26. #73 Lo mejor es la respuesta de "eso no se hace"... eso si, el comportamiento del 'jefe', a eso nadie le pone pegas en esa empresa

    Menuda gentuza
  27. #122 En que sentido sería un non bis in ídem? Lo que reclamaría la empresa sería la diferencia de lo que no ha pagado de finiquito hasta llegar a los dias totales no cumplidos de preaviso... Ese sería el "perjuicio" demostrable por la empresa
    Por cierto... has asumido que soy abogado? Me halaga pero solo soy un ingeniero industrial con interés por conocer mis derechos (y mis obligaciones) y con inquietudes de temas legales para no pillarme los dedos y estar preparado frente a trepas
  28. Hay Laboro, hay meneo.
  29. #8 De hecho, laboro cuenta el caso de un camarero que denunció, y claro, la empresa llevaba despedidos a tres trabajadores en el undécimo mes... Ganó el currito. Pero a la empresa le dio igual: con los que no denuncian, ya les sale rentable.
  30. #55 Me comentaron cargos intermedios(al menos 4) durante los 6 que tardo el juicio que me lo pensará que se me iban a cerrar muchas puertas,
    Ésta es la amenaza que más y mejor suele funcionar. El "te ponemos en la lista negra y ya no trabajas más". Es una gilipollez... la mayor parte de gente en RRHH no se lee casi los CVs, y desde luego NO pide referencias... Y de tener una lista negra de denunciantes, una polla como una olla. El primer lugar sería ilegal y se les caería el pelo en caso de hacerla, y en segundo lugar, sería trabajo y eso no lo van a hacer.
  31. #127 Yo me refería a la parte en la que decías "De todas formas imagino que la empresa podría pedir daños y perjuicios precisamente por no cumplir ese preaviso y aquí ya decide un juez pero ya hay fundamento para demostrar el perjuicio", y yo te decía que no, que eso sería un non bis in idem, porque la consecuencia jurídica de no respetar el preaviso ya está contemplada legalmente y esa es la compensación por los "daños y perjuicios" que produzca no respetar el preaviso.

    De todas formas, si no has estudiado Derecho (yo no decía que fueras abogado), es posible que haya conceptos que se te escapen. Yo no podría opinar sobre ingeniería industrial porque no tengo ni idea.
  32. #13 Pues muy bien hecho.

    Te contaré una anécdota: mi mujer empezó a trabajar en una cadena de supermercados de las que se anuncian en la tele. Nacional, no alemana, para más pistas.

    Les mandaron a un curso de formación a Vitoria. Ahí estuvo una semana con las cajas, la traspaleta y demás zarandajas. Gente de las tres provincias vascas.

    Se incorpora y el último día del periodo de pruebas, dos meses exactos, a la calle. Que no pasa.

    El tema es que en el curso habían hecho un grupo de WhatsApp todos los "alumnos" en los descansos. ¿Sabes quién pasó el periodo de pruebas? Nadie.
  33. #119 De leer en diagonal tu comentario anterior, sorry. Dejemos 6 años, en años en general pues
  34. #73 Por lo que has contado, y si fue tal cual lo has contado, creo sinceramente que fue la mejor decisión que podías haber tomado. Yo en tu caso, hubiera hecho lo mismo. A mi tambien me ha tocado algun que otro jefe despota que trataba sus empleados y/o subordinados como la ultima mierda y la primera oportunidad que he tenido me he largado sin pensarlo y sin ningun tipo de remordimiento... ¡que se jodan! :-D
  35. #28

    No sé si habrá algún caso especial, pero como mucho, descontárselo del finiquito.
  36. #131 No, no he estudiado derecho y como bien dices muchos conceptos se me escapan (como los que dices).
    Entonces, teniendo en cuenta lo que dices aunque un trabajador que tenga un preaviso de 2 meses por convenio raro será que pierda el dinero equivalente a 2 nóminas enteras... Tendría que quedar pendiente de liquidación esa cantidad (pagas extras, dimitir a final de mes antes de cobrar nomina o muchas vacaciones acumuladas), no?
  37. #13 Claro que sí. Puteando a las empresas que nos contratan. Entiendo que en este foro se aplauda este comentario pero a mí un caso como este lo que me demuestra es poca madurez y una falta de respeto.

    Puede que en tu caso esté justificado, lo desconozco, y de ser así te apoyo 100% pero que por defecto te voten todos positivo sin conocer detalles me da bastante pena.
  38. #130 Yo si que he visto pedir referencias en empresas de selección (cuando la empresa subcontrata parte del proceso de selección). De todas formas, a no ser que conozca a alguien de esa empresa y me fie de su criterio pondria en cuarentena lo que me diga tanto la empresa como el empleado...
  39. #79

    Tampoco nos vengamos arriba.

    El finiquito es el importe de los días que te quedan de contrato, más los días de vacaciones no disfrutados más la parte proporcional de las extras que no has cobrado si las tienes (otras van en el sueldo)

    Si estás a prueba y te piras dudo mucho que hayas generado nada de esos conceptos así que el finiquito será bastante cercano a cero.
  40. #27

    Pues mira no sé a cuánta gente conozco ... pero supongo que bastante.

    Casos de esos, solo conozco uno, que no acabó el primer día (antes había estado 15 días de formación sin sueldo en una agencia se seguros) por un ataque de ansiedad.

    Así que el caso ese no debe ser muy típico.
  41. A mi me echaron de un sitio de mierda en periodo de prueba y ni siquiera me pagaron el paro. No se como no maté a nadie pero lo pensé seriamente.
  42. #124 Efectivamente, así es. Y aún y así si en cualquier convenio sectorial o colectivo cualquier artículo perjudicara más a los trabajadores que lo establecido en el ET, también se consideraría nulo.

    Los funcionarios van por otro lado.
  43. #118 pues a mi que me cuentas.
  44. #138 A mi me haría plantearme que coño estoy haciendo mal si un empleado no me dura ni el periodo de prueba.
    Y menos exigiría algo que no es cierto.
    En estas situaciones es mejor callar, informarse de derechos y obligaciones de cada parte y exigir lo que corresponda por escrito. Si realmente tuviese que dar los 15 días y no lo hiciese no va a quedarse por ello. Pagará lo que corresponda y listo. Igual que en caso contrario: acaso una empresa cambiaria la fecha de un despido porque el empleado le diga que tiene que darle 15 dias?
  45. #134 Tal cual lo cuento... ojala no hubiera sido la situación... pero me quedé helado durante la reunión. Por cierto, a la compañera que le tocó la frasecita era la que me estaba formando. Hay algo que no añadí por no extenderme... justo después de la reunión, según iba a mi mesa hable en un aparte con otra chica que entró conmigo, y le dije si que que iba a hacer, ya que yo me piraba ya mismo. La chica dijo, bueno, que se quedaba... que era un trabajo y que seguro que eso no pasaba siempre. En fin, a veces ves como la gente se pone sus propias vendas en los ojos, y luego se preguntan como han llegado a determinadas situaciones.

    Quizás una de las cosas por las que me va relativamente bien en la vida y me encuentro complacido con ella es por tomar estas decisiones cuando hay que tomarlas.
  46. #21 No hace falta liarla con no aparecer tres dias sin justificarlo (que puedes hacerlo seguido) en el plazo de un més es causa de despido justificado, con lo cual cobras el paro.
    Con esto tecnicamente te ahorras el avisar con 15 días y encima tienes derecho al subsidio.
  47. #68 Y como comenta #63, con gente que ya ni siquiera te paga la nómina, no les debes nada, y no deberías temer nada. Sólo tienes cosas que perder comportándote así, para ti, y para el resto de trabajadores.
  48. #147 Claro cada caso es un mundo y estoy dando por hecho que en este caso algo pudo haber, por aquello de que creo en la bondad de la gente por defecto.

    Sin embargo, date cuenta que en tu comentario ya das por hecho que la empresa ha hecho algo malo. Yo, leyendo que nuestro amigo meneante se fue porque le salió algo mejor, me suena más a egoísmo en plan "me la pela que hayas apostado por mi, me ha salido algo mejor y como no tengo que darte preaviso te dejo tirado igual que tú me podrías haber echado".

    Luego está la gente que se mete en 2 o más procesos a la vez y no lo comunica en ninguno, luego le sale el otro y dejan literalmente colgada a la empresa que primero les eligió, en estos casos hay que ser transparentes. Si ya es tarde y no lo hemos sido, pues dar algo de tiempo si lo necesitan. Es madurez, educación y oye... que la vida da muchas vueltas y el mundo es un pañuelo.
  49. #108 falta de respeto es lo que me hicieron
  50. #76 Las empresas no son ajenas, o no deben serlo al "estado de bienestar". Si pagan por 6 meses de trabajar en un sitio, es porque tienen que contribuir a ese sistema.
  51. #2 te puedes ir cuando quieras en cualquier contrato.

    Eso de los 15 días no lo cumple nadie. Si una empresa te dice que en 15 días te vas a la calle, te vas a pasar 15 días sin rascarla. Lo que hacen es que firmes el aviso con fecha de 15 días antes y te largan el mismo día.

    Yo he dejado contratos indefinidos avisando en el mismo día. Si ellos lo hacen, nosotros tb podemos hacerlo. No les gusta, que que te van a hacer?? Nada. No pueden hacerte nada.
  52. #130 a mí caso siempre me han pedido referencias al contestarme, pero obviamente les doy las de la gente con quién me llevo bien, no los que me amenazan
  53. #140 No es venirse arriba. El finiquito, como dices, es lo tuyo. La contraprestación devengada desde el último pago a tu trabajo. Si es un día, pies un día, y si son 20, pues 20. Más vacaciones y pagas extra, igualmente devengadas.
    Si son 15€, pues son tuyos.
  54. #149 pues eso es lo que entiendo yo por liarla...
  55. #106 Exacto, y yo lo he hecho.
  56. #35 ¿Cómo se remunera una cláusula de exclusividad? Entiendo que la condición es:
    - "No puedes trabajar para la competencia durante un año, y a cambio te pagamos el sueldo de ese año".

    Pero entonces puedes ir y decir:
    -'"Oye, que tengo una oferta de la competencia, soltad la guita".

    ¿Aunque no tengas esa oferta?
  57. #95 Ya somos 2, aux. administrativo gestionando nóminas y laboral de 700 almas.. You'll never walk alone
  58. #15 yo soy otro caso.
  59. #157 es que para mi liarla es prenderle fuego a la empresa, jajaja.
  60. #153 y eso, ¿qué tiene que ver con indemnizar a alguien por echarle a los 6 meses?
  61. #90 Por aquel entonces estábamos en la crisis de 2008 y era más jóven, influenciable y con mucho menos conocimiento legal que ahora.

    Ahora mismo me podrían comer los huevos por debajo tranquilamente :-)
  62. #146 Pues un comentario a lo que tú has dicho, que como es que seguía en periodo de prueba, pues porque no tiene sentido retirarlo, o es algo que se haga.
  63. #165 claro pues vas y se lo cuentas a ellos. Si tan importante es el proyecto y la persona es necesaria pues la haces fija. Tanto el empleado como el empleador pueden hacer lo que le salga de los huevos en ese periodo de prueba, eso esta claro y no hace falta que vengas a explicarmelo. Lo que resalto es que si tan importante es el proyecto y tan valido el es empleado por que la empresa no hizo fijo al empleado antes. Edito: al que conteste en mi comentario y respondio, no se a que vienes tu a decir nada.
  64. #166 Pero vamos, es lo que no entiendes, el contrato ya es fijo(indefinido) no tienes que hacer otro contrato.
  65. #167 siempre pueden hacerte fijo y realizar un nievo contrato antes de que llegue el periodo de prueba, que es lo que no entiendes
  66. #138 Pobrecitos empresaurios. No se merecen tanta maldad :foreveralone:

    Que les den, pero mucho mucho. Que el mercado laboral y la picaresca "empresarial" en España da mucho asco.
  67. #168 Si claro, ¿y quitarte a ti el derecho de forma unilateral del periodo de prueba a la empresa?
    Pero que ya eres “fijo” que eso no existe, es indefinido, desde que firmas el contrato.
    Si la empresa accede a que firméis un nuevo contrato a los dos meses sin periodo de prueba, es porque ya no tenía pensado despedirte, ¿para que quieres hacer perder el tiempo y dinero en algo que ya tienes?
    ¿Verías normal tener que firmar un contrato nuevo cuando se termine el periodo de garantía de cada buen que compras? ¿Verías bien tener que hacer un nuevo contrato cada vez que venza el periodo de devolución de un bien?
    Si no querías que el periodo de prueba fuera de 6 meses, ¿por qué narices firmaste ese contrato? No haberlo firmado y haber exigido un periodo menor.
  68. #170 si estamos hablando del ejemplo expuesto en el comentario de arriba pues si tan importante es por que la empresa actua asi? El trabajador pudo irse por multiples razones que no sabemos pero esta claro que si estaban realizando un proyecto tan importante y la empresa necesita al trabajador pues los de RH muy buenos no son. 1- pueden hablar con el empleado y explicarle la situacion o 2- pasar de todo y creer que el empleado no se va a pirar si encuentra slgo mejor antes de los 6 meses. El problema es si las empresas estan interesadas en retener gente especializada o si les da igual encadenar proyectos con gente que entra y se va
  69. #50 Eso no es exactamente así. El derecho a cobrar la prestación por desempleo lo sigues teniendo, pero automáticamente tu caso es sospechoso de ser fraudulento. Puede que tarden más en concedertelo e incluso que te lo denieguen, pero no pierdes ese derecho.
  70. #13 Técnicamente, para ti quienes están en periodo de prueba son ellos.

    Ahora bien, estas normativas son muy rígidas, más útiles en casos de desencuentro que para la vida real. Salvo que te hayan tratado mal o el nuevo empleo requiera incorporación inmediata, no veo bien irse de un día para otro sin preaviso, haya período de prueba o no.
  71. Tengas un contrato de pruebas o fijo, con 6 meses te comes un mojón
  72. #172 "Si abandona un trabajo de forma voluntaria, no puede percibir la prestación por desempleo ya que según establece la normativa legal, para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo.

    Si posteriormente trabaja en una nueva empresa y le cesan por no superar el periodo de prueba por decisión del empresario o la empresaria, y no han transcurrido más de tres meses desde que cesó voluntariamente en la empresa anterior, tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo."

    sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/requisitos-ac
  73. #59 Estamos hablando, de que sea durante el periodo de prueba, en cuyo caso, el preaviso son mis cojones en bata.

    Y lo de que te salga un finiquito a pagar, por poder, puede ser, pero es tan difícil que eso pase, que en los 20 años que llevo trabajando, no he visto ni conocido nunca a nadie que le pasase (legalmente, que listos siempre hay).
  74. #71 a mi me pasó algo parecido (aunque sin clausulas ilegales de por medio), tenía días de vacaciones pendientes y los quería disfrutar, lo comento, y resulta que era imposible, que me los pagaban y ya.

    Que pasó, que las vacaciones me las pasé tocándome los cojones a dos manos en la oficina, que tenía que madrugar, pero ¿Qué iban a hacer? ¿echarme?
  75. #140 si te ponen un periodo de prueba de 6 meses y te vas a los 5 meses has generado 12 días de vacaciones y un 80% de paga extra por ejemplo, mas la parte proporcional del mes en curso que sigue siendo tuya, y de esas si que he visto unas cuantas.
  76. #149 si los haces seguidos, pueden alegar, no recuerdo la figura legal exacta, algo así como abandono del puesto de trabajo y considerarlo baja voluntaria, así que ojito como provocamos el despido que puede salir rana.
  77. #27 demasiado pocos, pero yo soy uno de ellos (a los 5 meses de un periodo de prueba de 6, los 3 meses que tardé en darme cuenta de que era una mierda y los dos que tardé (con tranquilidad buscando y sin matarme en el trabajo) en encontrar algo mejor, que no fue muy dificil)
  78. #31 si te vas a la calle pierdes el paro, si te vas a otro trabajo, no te hace falta, y tienes que aguantar sin que te echen 2 o 3 meses (no recuerdo bien) para que puedas cobrar normalmente el paro si te echan.
  79. #138 Pero cuando lo hace el empresario todo ok ¿no? y cuando se espera al último día del periodo de prueba como han comentado por ahi, ¿también todo correcto, verdad?.

    Lo de que se largara porque en ese periodo de prueba ya había visto que no quería perder el tiempo ahí, ni cotiza ¿verdad? O que haya tardado tan poco tiempo en encontrar un trabajo lo suficientemente bueno como para empezar de cero y arriesgarse a no tener paro ¿tampoco?

    Cuanta hipocresía señor empresaurio
  80. #161 ¡yo soy Espartaco!

    Contrato temporal de 15 días, podría haber esperado y no seguir, peeero...
  81. #100 Depende del puesto y cualificación el preaviso (de ambas partes) puede ser de meses. No sólo no cobras finiquito, sino que pagas un par de meses, haz cuentas...
  82. #9 ¿Cómo es que pagabas tú las cotizaciones?
  83. #185 No se pagan solas, alguien tiene que subir los datos al banco.
  84. #16 Si lo cobra, pero te descuentan los 15 días, a no ser que tengas vacaciones pendientes superiores a 15 días.
    Yo lo hice así una vez, entregue la carta de baja voluntaria, le dije que tenía 23 días de vacaciones pendientes, que al día siguiente ya no vendría a trabajar y que en 15 días volvería a por la liquidación.
  85. #186 ¿Pero eso no es obligación de la empresa?
  86. #188 Claro, pero supongo que sabes, que en la empresa hay alguien que las sube al banco ¿No?
    Pagaba la mía y las de todos los empleados desde la cuenta bancaria de la empresa, si así lo entiendes mejor.
  87. #189 Ah vale, que estabas en administración, joder, me ha costado pillarlo xD xD xD
  88. #190 Mira que el comentario decía "entre mis funciones" xD xD
    Edit. No, lo dije en otro
  89. #178

    Correcto. Lo que pasa es que cuando lo escribí estaba leyendo lo de gente que decía de irse en la primera semana y cosas así. Obviamente, cuanto más tiempo estés, mas finiquito generas (que no es lo mismo que la indemnización, claro)
  90. #159 Te explico mi caso que es el único que conozco:
    Un concepto de la nómina es el plus de exclusividad - no competencia con lo que cada mes estás cobrando la "compensación" por esa limitación. En mi caso suponía prácticamente un 20% de mi nómina.
    En caso de que descubran que te vas a la competencia en menos de 2 años después de salir de la empresa podrían demandar y tendrías que devolver un año de esas cantidades cobradas.
    Normalmente los acuerdos de exclusividad son mientras trabajes para la empresa junto con uno de no-competencia que aplica a un tiempo X una vez abandonas la empresa.
    Lo que planteas no tiene mucho sentido para la empresa la verdad...
  91. #137 En efecto, no son infrecuentes los "finiquitos negativos", esto es, que le sale a pagar al trabajador. Si tienes 2 meses de preaviso y no preavisas nada, te van a descontar 2 meses de salario, por lo que lo más normal es que te salga negativo el finiquito y le toque al trabajador pagar a la empresa.
  92. #194 Coñe lo había entendido al revés entonces. Que solo podían descontar lo que quedase por liquidar al trabajador pero no más cantidad.
    Es decir que si la falta de preaviso de 2 meses corresponde a, pongamos, 2000€ (60 días) pero que solo quede por liquidar 500€ (15 días) solo podrían no pagar esos 500€ pero no reclamarle al empleado los 1500€ restantes.
    Por lo que me comentas sí que la empresa podría reclamarle al trabajador, no?
  93. #195 Correcto, sí que podría reclamarlo. Pero solo eso, nada más. Me refiero a que luego la empresa no puede iniciar un procedimiento para reclamarle más dinero por daños y perjuicios de su no preaviso, que es lo que te comentaba al principio. La ley ya prevé que el no preaviso tiene esas consecuencias, la empresa no puede y pedirle más que eso.
  94. #73 Me has recordado a un sitio que fuí sólo un día. Sin intención de contrato, diez horas al día, las manos acaban mal y manchadas y sin productos para limpiarse, sitio oscuro con poca ventilación y sucio, pero el colmo fue cuando me enteré que para descansar o almorzar había que esperarse a que el jefe subiera arriba a la oficia, entonces de estrangis tomar algo o aprovechar para desconectar un momento.

    Vamos, al día siguiente no volví, no. Uno como trabajador debe de tener su orgullo y saber sus derechos.
  95. #196 Ah si si! en ese caso si que veo claro lo que comentabas!
    Yo me referia a que la empresa reclame esa cantidad si el empleado no la paga si le corresponde pagarlo
  96. #191 Ah vale, entonces no soy tan tonto como siempre me decía mi madre :-D
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