La dirección del Aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas ha "detenido las operaciones con destino a Barajas" tras detectar la "presencia de drones en las inmediaciones del aeropuerto", han confirmando fuentes oficiales a eldiario.es.
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Yo tengo una bici eléctrica y la desbloquee en nada de tiempo. Ahora vienen más protegidas pero lo único es que necesitas más curro o inversión para desbloquearlas.
El problema que veo en la construcción de esa frase es que no puede discernirse si la última subordinada final es de concatenación o de inclusión.
www.guardiacivil.es/ga/prensa/noticias/6717.html
Pero vamos, que con tanta plaga de juguetes chinorris y tarados volando donde no se puede, ojalá la ley prohiba volar a drones que no lleven ese tipo de sistemas de monitorización, se acabaría mucha tontería.
No, he dicho que la chapa la ha de llevar todo chisme volador, incluidos los de 30 euros.
Y el colmo de la tontería, la ha de llevar el dron y el control (aunque sea desde el móvil) Si no se ha entendido, es que me he expresado mal.
AESA no hace distinciones de peso y alcance (y no hablo de los 250 gramos)
En cuanto a lo de la distancia, te lo mencionaba porque tengo alguno pequeño muy pequeño que no sabes hasta cuanto puedo volar de distancia.
Al final me compre uno de 30 pavos de aliexpress para cuando me da el mono sacarlo y acordarme de que no me gusta volar.
#69 Desconocia esa funcion, como maximo lo que he usado te permitia marcar una ruta pero en el momento que le quitas la bateria adios.
Vamos por partes, que no os enteráis.
Lo primero, la ley: www.seguridadaerea.gob.es/media/4629426/rd_1036_17_rpas.pdf
Afecta a : A las aeronaves civiles pilotadas por control remoto (RPA) cuya masa máxima al despegue sea inferior a los 150 kg o, cualquiera que sea su masa máxima al despegue, Hasta 150 kilos ..... NO HAY LIMITE INFERIOR.
Identificación: Todas las aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) deberán llevar fijada a su estructura una placa de identificación ignífuga, en la que deberá constar la identificación de la aeronave, mediante su designación específica, incluyendo el nombre del fabricante, tipo, modelo y, en su caso, número de serie, así como el nombre del operador y los datos necesarios para ponerse en contacto con él.La información que debe figurar en la placa deberá ir marcada en ella por medio de grabado químico, troquelado, estampado u otro método homologado de marcado ignífugo, de forma legible a simple vista e indeleble TODAS quiere decir NO HAY EXCEPCIONES.
Y lo que dice #59 no tiene nada que ver con lo que estoy diciendo, es otra parte de la reglamentación, habla de los drones de menos de 250 gramos (que les han ampliado un poco la manga) y de los de más de 250 gramos.
Y los vuelos recreativos SIEMPRE FUERA DE ZONAS AEREAS NO CONTROLADAS o lo que vienen a ser gran parte de la Comunidad de Madrid (los CTR de Barajas, Torrejón, Cuatrovientos, etc) gran parte de la Provincia de Barcelona, Malaga, Sevilla, costa Central de Asturias, etc .... ahí no se puede volar nada, ni un puto dron de 100 gramos ni en ciudad ni fuera de ella.
Y la burrada de todo esto es que han cogido la legislación de los aviones y se la han cascado a los drones y la gente no tiene ni puta idea de lo que es una CTR y un día les pueden meter una multa de la leche sin hacer nada peligroso ni poner en peligro a nadie. Te cuento una gracia. En Valladolid (ciudad) no se puede volar (te hablo de ir a un descampado, no a meterte en la calle Santigo a la hora del vermouth) por la CTR de Villanubla, pero casualmente, la ciudad está por debajo del nivel de la pista con lo que no se puede meter en la trayetoria de ningún avión.
Mientras no haga el idiota volando en ciudad o CTR y demás lugares prohibidos claro. Que hago?
Tu chisme de 100 gramos por ley tiene que llevar chapita (y el mando también) pero salvo que te dediques profesionalmente a ello, no necesitas tener el título (ojo, el tener el título no te permite volar donde quieras, tienes que estar autorizado por la torre correspondiente)
Y los lugares prohibidos, depende de donde vivas. Yo (vivo en Valladolid) tenían que alejarme al menos 40 kms para no volar en la CTR. En tu caso, te vas aquí y en función de donde vivas, tendrás que irte más o menos lejos.
drones.enaire.es/
Y ojo, que no son solo las zonas aéreas, también hay zonas de protección de AVES donde no se puede volar, zonas militares restringidas, zonas de vuelo no fotográfico, ......
Lo dicho, la legislación es un poco paranoica, es la misma que tiene que mantener un piloto de avión.
Por otra parte, no infravalores la capacidad del gañán para hacer gañanadas. Desarrollan un talento y una creatividad que transformada en un rendimiento laboral les podría sacar del ostracismo. Me sorprende bastante que no tengamos una generación de postmodernos urbanitas con un 50% de amputación digital.
En las zonas colindantes al aeropuerto (8km) te avisa y no te deja volar si no tienes una cuenta registrada (para poderte identificar si la lías, aunque ahí no se puede volar.
Por ejemplo, las prisiones o zonas militares de la zona son restringidas y el drone no te permite entrar ahí ni despegar en esa zona.
Aquí puedes ver las zonas en España donde no puedes volar con el DJI (en la foto de madrid , lo rojo y azul, el drone no despega)
www.dji.com/flysafe/geo-map
Obligar a tener GPS y un registro es un primer paso, y luego obligar a que todos los drones que vuelen a más de 10-20 m de altura tengan que tener un sistema NFZ sería un segundo paso. Se acabarían todas estas tonterías.
22 vuelos desviados
Pero esta gente en que piensa?
O más bien,¿está gente piensa?