Entre el ruido que se ha producido con los presupuestos existe varios temas que han pasado por encima al gran público. Entre ellos se encuentran varias medidas tributarias en relación con los exchanges extranjeras de las criptomonedas.
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Y también hay una consulta vinculante que establece que se producen ganancias patrimoniales cuando una criptomoneda se convierte en otra:
Vídeo divulgativo que lo explica: www.youtube.com/watch?v=lV3-sL2kN-I
Respuesta oficial de Hacienda: petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V0999-18
El artículo parece que se refiere también a ello aquí: Aunque no hagamos efectivo en dinero legal los beneficios con criptomonedas tendremos que presentar los beneficios en nuestra declaración de la renta, es decir, que aunque no saquemos nuestras criptomonedas del monedero virtual, tendremos la obligación de declararlos.
Por ejemplo sigues estando obligado a pagar declarar el IVA aunque se pague en metálico.
En el caso de las criptomonedas suele existir un historial que se puede seguir de forma pública, en caso de una inspección en la que se hubieran declarado ganancias y disponer de un monedero con criptomonedas un inspector podría hacer un seguimiento hacia atrás de las transacciones.
Y aunque ciertamente existen ciertas herramientas para dificultar el rastreo (mezcladores y criptomonedas que no dejan esos rastros) no es menos cierto que el inspector podría exigir que fuera el propietario de las criptomonedas quien demostrase su origen siendo estos impedimentos un indicio de comisión de delito a ojos de Hacienda (donde está normalizado que deba ser el ciudadano quien demuestre su inocencia y no al revés).
Eso conlleva obligaciones que de incumplirse pueden suponer sanciones, y en casos de cuantías elevadas potenciales penas de prisión.
Una clave privada no tiene nombre, ni dni, ni número de S.S. ni nada, y sólo la sabes tu.
Dado una clave pública no hay forma de averiguar su clave privada.
Monedas como ZEC o Monero no se pueden trazar.
www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/3761495-fiscalidad-criptomo
www.rankia.com/blog/blockchain-criptomonedas-bitcoin-ethereum/4058304-
El segundo es más reciente pero el primero tiene ya 10 meses.
Y aún así sigue siendo obligatorio declarar el IVA cuando se paga en metálico, y en la mayoría de transacciones así ocurre.
Las obligaciones no están relacionadas con la facilidad o dificultad de Hacienda para verificar que se cumplen.
Esas pérdidas compensan las ganancias que puedan haber tenido en otras inversiones, y pueden aplicar esa compensación durante los próximos años (4 creo que son).
Pero Hacienda no devuelve nada por esas pérdidas, en todo caso desgrava respecto a lo que el ciudadano debería haber pagado.
Donde sí puede tener un impacto directo es en el impuesto de patrimonio (+700 mil euros excluyendo vivienda principal, según CCAA creo), ya que sí puede haber supuesto una pérdida en cuanto al cómputo total de patrimonio.
Eso no es cierto. Lo explico en # 1: www.meneame.net/c/25599998
Hacienda no puede aplicar el criterio de beneficio entre criptomonedas porque no puede recaudar esa cantidad (porque no acepta criptomonedas).
Así que me pueden esperar sentados.
"Luke, Hacienda no es tu padre."
Sí te aceptarán que les pagues en euros.
Pero nada, campeón, tú sigue remitiendo a enlaces de materias legales que no entiendes ni por el forro y dando credibilidad a mierdas de artículos como este que no dice más que barbaridades como que las criptos "en España desde el 2015 se consideran como medios pago legales" (sic) y erigiéndote en autoridad basándote en ellos...
Nota: Este comentario es para @ paraguas que por lo visto me tiene en su lista negra de ignorados. Por alguna razón que se me escapa los @admin de @meneame han decidido que si alguien te pone en su lista negra ya no puedes citarle en respuesta a sus comentarios públicos, dificultando así el uso de herramientas de menéame como es el ver los comentarios en forma de hilo de discusión. Me pongo en copia a #18 para que quede mediantamente bien anidado.
La tecnología da anonimato, y ya pueden venir llorando que si el usuario final pasa de ellos no van a poder hacer nada.
Con la tecnología distribuída ya se pueden despedir del poder centralizador.
Que cosas aprende uno.