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¿Compras y vendes criptomonedas? Hacienda te va a pedir que lo declares

Entre el ruido que se ha producido con los presupuestos existe varios temas que han pasado por encima al gran público. Entre ellos se encuentran varias medidas tributarias en relación con los exchanges extranjeras de las criptomonedas.

| etiquetas: compras , vendes , criptomonedas , hacienda , pedir , declare
  1. Hasta ahora tenemos criterios establecidos por la Agencia Tributaria en consultas vinculantes por la cual se establece que estos activos tributan como ganancias patrimoniales una vez que se convierten estos activos en monedas de curso legal como es el dólar estadounidenses, euros...

    Y también hay una consulta vinculante que establece que se producen ganancias patrimoniales cuando una criptomoneda se convierte en otra:

    Vídeo divulgativo que lo explica: www.youtube.com/watch?v=lV3-sL2kN-I

    Respuesta oficial de Hacienda: petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V0999-18

    El artículo parece que se refiere también a ello aquí: Aunque no hagamos efectivo en dinero legal los beneficios con criptomonedas tendremos que presentar los beneficios en nuestra declaración de la renta, es decir, que aunque no saquemos nuestras criptomonedas del monedero virtual, tendremos la obligación de declararlos.
  2. #1 Me gustaría saber como piensan controlar el dinero que tengas en carteras. Porque la única forma que tienen de pillarte es cuando lo tienes en una casa de cambio.
  3. #2 Las obligaciones tributarias son independientes de la capacidad de Hacienda para verificar que se cumplen.

    Por ejemplo sigues estando obligado a pagar declarar el IVA aunque se pague en metálico.

    En el caso de las criptomonedas suele existir un historial que se puede seguir de forma pública, en caso de una inspección en la que se hubieran declarado ganancias y disponer de un monedero con criptomonedas un inspector podría hacer un seguimiento hacia atrás de las transacciones.

    Y aunque ciertamente existen ciertas herramientas para dificultar el rastreo (mezcladores y criptomonedas que no dejan esos rastros) no es menos cierto que el inspector podría exigir que fuera el propietario de las criptomonedas quien demostrase su origen siendo estos impedimentos un indicio de comisión de delito a ojos de Hacienda (donde está normalizado que deba ser el ciudadano quien demuestre su inocencia y no al revés).
  4. Y cómo lo van a pedir? por favor?
  5. #4 La petición se hace mediante el redactado de una ley o normativa.

    Eso conlleva obligaciones que de incumplirse pueden suponer sanciones, y en casos de cuantías elevadas potenciales penas de prisión.
  6. #6 Un monedero va asociado a una clave pública y una privada. Dos números.
    Una clave privada no tiene nombre, ni dni, ni número de S.S. ni nada, y sólo la sabes tu.
    Dado una clave pública no hay forma de averiguar su clave privada.
    Monedas como ZEC o Monero no se pueden trazar.
  7. #5 Tranquilo, que ya saldrá alguien a decir que no tienen derecho...
  8. No sé si es plagio pero tiene bastantes párrafos iguales a algunos artículos de Rankia y los autores no son los mismos:
    www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/3761495-fiscalidad-criptomo
    www.rankia.com/blog/blockchain-criptomonedas-bitcoin-ethereum/4058304-

    El segundo es más reciente pero el primero tiene ya 10 meses.
  9. #7 Un billete tiene número de serie. No tiene nombre, ni dni, ni número de la S.S. ni nada, y solo lo sabes tú.

    Y aún así sigue siendo obligatorio declarar el IVA cuando se paga en metálico, y en la mayoría de transacciones así ocurre.

    Las obligaciones no están relacionadas con la facilidad o dificultad de Hacienda para verificar que se cumplen.
  10. Supongo todos aquellos que han comprado a principios de 2018 y han visto que han perdido el 80% de su inversión, Hacienda tendrá que devolverles...
  11. #11 Si siguen teniendo las criptomonedas que adquirieron desde el punto de vista de Hacienda no han ganado ni perdido nada. En caso de haber vendido esas criptomonedas o haberlas cambiado por algo (incluyendo otras criptomonedas) en ese caso sí podrían declarar pérdidas.

    Esas pérdidas compensan las ganancias que puedan haber tenido en otras inversiones, y pueden aplicar esa compensación durante los próximos años (4 creo que son).

    Pero Hacienda no devuelve nada por esas pérdidas, en todo caso desgrava respecto a lo que el ciudadano debería haber pagado.

    Donde sí puede tener un impacto directo es en el impuesto de patrimonio (+700 mil euros excluyendo vivienda principal, según CCAA creo), ya que sí puede haber supuesto una pérdida en cuanto al cómputo total de patrimonio.
  12. Ya podía hacienda ir a fuego contra los bancos que han defraudado más de 60.000 millones de euros, pero no, van a fuego por los de siempre.
  13. A mas de uno, le va a salir mas rentable fijar la residencia fiscal en Portugal...
  14. #12 Solo se paga a hacienda si cambian esas monedas a fiat, lo cojonudo es que si el fiat desaparece a ver como cojones hacienda se las apaña para recaudar y mantener el estado de bienestar
  15. #15 Solo se paga a hacienda si cambian esas monedas a fiat

    Eso no es cierto. Lo explico en # 1: www.meneame.net/c/25599998
  16. #16 pues eso no es lo que dicen los inspectores de Hacienda
  17. #17 Estaría bien que aportases alguna fuente que avale esa afirmación, dado que yo te he remitido a una respuesta vinculante de la propia Hacienda.
  18. Me van a comer los huevos los del blog salmón.

    Hacienda no puede aplicar el criterio de beneficio entre criptomonedas porque no puede recaudar esa cantidad (porque no acepta criptomonedas).

    Así que me pueden esperar sentados.
  19. #11 ¿Por qué?
    "Luke, Hacienda no es tu padre."
  20. #19 Si en vez de comprar una vivienda acordáis intercambiar la del otro propietario por la tuya tienes la obligación fiscal de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales correspondiente. A pesar que Hacienda no acepta viviendas como método de pago.

    Sí te aceptarán que les pagues en euros.
  21. #18 Te permites ir de "ejperto" y ni siquiera distingues entre la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria), que es para quien trabajan los Inspectores de Hacienda, y la DGT (Dirección General de los Tributos) que es quien responde las consultas vinculantes (no la AEAT). Para ti todo es "Hacienda", como si estuviésemos aún en tiempos de Lola Flores y su pesetilla de cada españó (1987).

    Pero nada, campeón, tú sigue remitiendo a enlaces de materias legales que no entiendes ni por el forro y dando credibilidad a mierdas de artículos como este que no dice más que barbaridades como que las criptos "en España desde el 2015 se consideran como medios pago legales" (sic) y erigiéndote en autoridad basándote en ellos...
  22. #_22 No te entiendo, ¿estás defendiendo que si se intercambia una criptomoneda por otra no se deben pagar los impuestos por los beneficios obtenidos del cambio de valor entre la fecha de adquisición y la de venta?

    Nota: Este comentario es para @ paraguas que por lo visto me tiene en su lista negra de ignorados. Por alguna razón que se me escapa los @admin de @meneame han decidido que si alguien te pone en su lista negra ya no puedes citarle en respuesta a sus comentarios públicos, dificultando así el uso de herramientas de menéame como es el ver los comentarios en forma de hilo de discusión. Me pongo en copia a #18 para que quede mediantamente bien anidado.
  23. #3 por mi que se lo descuenten de lo que han robado.
  24. #10 los servicios en un futuro no se pagarán en Fiat si no en tokens ultilitys.
    La tecnología da anonimato, y ya pueden venir llorando que si el usuario final pasa de ellos no van a poder hacer nada.
  25. #15 yo pienso que tendremos un identificador y para consumir bienes y servicios tendremos que identificarnos obligatoriamente, si nos no nos dejarán consumir bienes y servicios.
  26. Los exchanges les pueden pasar una lista de transacción, pero para eso están los exchanges descentralizadas para darle un paso torero a Hacienda.
    Con la tecnología distribuída ya se pueden despedir del poder centralizador.
  27. #2 y si utilizas un exchanges descentralizado,ni eso.
  28. Tengo un 70% de pérdidas. Hacienda se va a comer un mojón.
  29. #5 no sabía yo que la compra venta de monedas tuviera que declararse.
  30. #7 CLOAK, me encanta el concepto de cloak, no se a que llegara por que no ha cogido el punch de las que dices, pero ostia, llega a cosas como hacer añicos las transacciones, meterlas en la red de nodos que funcionan como movedores, añadido a que usa una red tipo tor, que al final se acaban acumulando en el destino, no solo es teoricamente dificilisimo, asumiendo incluso compromiso, de trazar, sino que tecnicamente las transacciones ocurren de tal manera que se pierden en un mar de añicos...
  31. #27 Exacto. Es lo que he pensado. Ahi se vera ya el nivel de espionaje masivo estilo NSA que aplicaran para pillar a la peña, pero en esta batalla el individuo lo tiene mucho mas facil que el que intenta espiar a todos; eso si, requerira cierto nivel de conocimiento, aunque el que opera con estos temas suele tenerlo.
  32. #33 Pues ando mirándolo con calma y tienes razón.

    Que cosas aprende uno. :-P
  33. #2 Pues igual que con el efectivo: no es que Hacienda lo tenga que controlar, sino que tú eres responsable de pagar lo que te toque, o te van a crujir vivo el día que Hacienda se entere de alguna manera.
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