El pleno del TC ha decidido admitir a trámite por unanimidad el recurso de amparo presentado por Puigdemont porque concurre "una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta una faceta de un derecho fundamental" sobre el cual el tribunal no tiene doctrina.
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etiquetas: constitucional , puigdemont , diputado
En cuanto al fondo penal del asunto parece claro que lo tienen que admitir. Ya veremos como se resuelve. Que espere sentado. Pueden tardar desde una semana a veinte años, según les sople el viento.
¿Es un uruk-hai?
El TC ya ha demostrado que puede hacer lo que le dé la gana sin atender ni a su reglamento ni a su doctrina, como fue establecer medidas cautelares sin precedentes ante un recurso que no aceptó a trámite siquiera.
O tardar más de un año en poner en la agenda el análisis de un recurso de amparo por una situación de privación de libertad.
Entre muchos otros.
Ánimos.
Cítame uno.
Ánimos.
El Tribunal Constitucional admite a trámite los recursos de los 'Jordis' contra su ingreso en la cárcel
www.rtve.es/noticias/20180205/constitucional-admite-tramite-recursos-j
Esos recursos, admitidos el 5 de febrero de 2018, fueron interpuestos el 22 de noviembre1 de 2017.
En el momento de empezar la huelga de hambre, el 2 de diciembre de 2018, seguían sin ser resueltos.
Si vuelve a salir la cuestión en menéame obviamente saldrán a relucir una tercera, y cuarta, y quinta vez si hace falta, como no podría ser de otra forma las injusticias hay que denunciarlas en vez de intentar ocultarlas.
1 www.elplural.com/autonomias/cataluna/el-presidente-de-anc-pide-amparo-
Esos recursos de amparo contra la prisión provisional fueron resueltos en el auto 22/2018 del 7 de marzo de 2018.
Aquí lo tienes:
hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25607
Ahora que ya sabes la verdad, no deberías seguir difundiendo bulos nacionalistas.
El TC aplaza la decisión sobre el recurso de libertad de Junqueras
www.ara.cat/es/TC-decision-recurso-libertad-Junqueras_0_2163383750.htm
editado: Eliminada la referencia a "El País" por ser errónea, me confundí de pestaña, mis disculpas.
Entiendo que con esto admites que era falsa tu afirmación inicial donde sostenías que los recursos del interpuestos el 22 de noviembre de 2017 seguían sin estar resueltos. Se agradece la rectificación.
Ahora te refieres a otro recursos distinto, pero resulta que ese recurso se resolvió en el auto 53/2018 del 23 de mayo del 2018. Aquí:
hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25670
Lo tienes descrito así:
Denegar la petición de suspensión de las resoluciones impugnadas y las restantes medidas cautelares solicitadas.
El recurso, tal como indican los medios periodísticos, sigue pendiente de resolución a mediados de enero de 2019, casi un año después de su presentación ante el TC.
No. El auto 53/2018 resuelve el recurso de amparo 814-2018 al que tu hacías referencia. La "medida cautelar" es la prisión provisional, el recurso de amparo solicita su suspensión, y el auto la deniega, en tiempo y forma.
Entiendo que en todo momento estamos hablando a la resolución de recursos sobre la PRISIÓN PROVISIONAL. Porque si tu afirmación se refería a la tardanza en resolver cualquier tipo de recursos (que los jueces son imparciales y bla bla...) entonces tu afirmación es más insostenible aún. No es inusual que recursos tarden años en resolverse.
Lo que ha salido recientemente en la prensa es que el caso Demirtas cambia la jurisprudencia, por lo que hay debate sobre si cambiar la resoluciones adoptadas. Por supuesto, nadie cuestiona que los recursos de amparo sobre la prisión provisional ya están resueltos (¡solo faltaria!).
Te he compartido los dos autos que resuelven los recursos de amparo que afectan a la situación de prisión provisional. No sé que más quieres para bajar del burro:
hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25607
hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25670
www.eldiario.es/politica/Constitucional-excarcelacion-Oriol-Junqueras-
www.elindependiente.com/politica/2019/01/11/cuenta-atras-tc-los-presos
el levantamiento de las medidas cautelares de prisión provisional, como fórmula asimismo cautelar de suspensión del acto recurrido en amparo, ha de ser rechazado, puesto que supone un otorgamiento anticipado del amparo, que haría innecesario un pronunciamiento de fondo.
En esta parte del texto se admite que el recurso sobre el cual aún no se han pronunciado sobre el fondo pudiera suponer su excarcelación y que el hecho que ahora lo excarcelaran sería como si ya se hubieran pronunciado sobre el fondo del asunto, algo que admiten no hacer en este texto al que nos remites.
Así que no, no está resuelto el fondo del asunto. Durante casi un año sigue sin resolver. Por eso es noticia en los medios que ahora empezarán a tratarlo, que por fin tras la huelga de hambre lo han incluido en la agenda.
Vamos a ver: Los presos presentan en noviembre 2017 un recurso que aborda múltiples cuestiones. Básicamente que España es un estado autoritario, sin jueces imparciales, sin libertad de expresión, y otras mil barbaridades. No piden la suspensión de la prisión provisional, piden la anulación del proceso en su conjunto y unicornios de colores. Es un recurso complejo que como cualquier otro puede tardar meses o años en resolverse. ¡Es normal!
Entonces, los presos dicen "Oye, como esto tardará tanto, resolved al menos la cuestión la prisión preventiva". Y son estos recursos de amparo que por su excepcionalidad deben resolverse rápidamente. Y se resuelven rápidamente. Como siempre. ¡Es lo normal!
Los presos nacionalistas han presentado decenas de recursos y todos se resuelven de acuerdo a los tiempos habituales (¡o incluso más rápido!), y en especial todos aquellos que afectan a la prisión provisional. Los jueces están obligados a hacerlo por ley, y evidentemente no quieren dar razones a los encausados.
A principios de noviembre del 2018 el TEDH dictaminó sobre el caso Demirtas, y a finales de ese mismo mes de noviembre Jordi Sánchez volvío a pedir otra vez la reconsideración de la prisión provisional, atendiendo a esa sentencia del TEDH. El TC no admitió el nuevo recurso de amparo a trámite, pues la resolución del recurso principal y primero está a punto de resolverse (la próxima semana, parece ser).
Esto son los hechos.
Y esta era tu afirmación: "Tardar más de un año en poner en la agenda el análisis de un recurso de amparo por una situación de privación de libertad"
Y es falso. Es propaganda.
La cuestión importante es que los recursos de amparo sobre la prisión provisional se resuelven rápidamente, que no te guste la resolución es otro tema y resulta intrascendente en este debate.
Que la justicia es lenta ya lo sabemos, pero es falso que sea más lenta en esta ocasión o que los recursos de los nacionalistas se guarden en un cajón. Es falso, como he demostrado citando los autos.