edición general
385 meneos
4937 clics
Declaran improcedente el despido de una trabajadora que pidió sus vacaciones por WhatsApp

Declaran improcedente el despido de una trabajadora que pidió sus vacaciones por WhatsApp

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera improcedente el despido de una empleada que previamente solicitó varios días de vacaciones de WhatsApp y su encargado le respondió: "Haz lo que quieras".

| etiquetas: justicia , despido improcedente , whatsapp
«12
  1. El despido es improcedente no por pedir las vacaciones por whatsapp, sino porque el juez consideró válida la respuesta "haz lo que quieras" de su jefe. El titular parece poner el problema en que la trabajadora utilizara ese canal.
  2. Es lo que ocurre cuando en tu empresa contratas encargados tarados mentales, que te la lían parda.

    Aunque seguramente, el dueño de la empresa sea del estilo.
  3. #29 Eso díselo a mi mujer. Cuando me dice "haz lo que quieras" para mí es un no tajante.
  4. #4 Pues a mí me parece un buen canal, quedan las cosas por escrito.
  5. #10 No sé en qué empresas has trabajado tú; yo toda la vida he tenido que pedir las vacaciones por escrito y me han entregado una copia con el sello de la empresa.

    A lo mejor el problema es que en este país de charanga y pandereta hemos normalizado ciertas maneras de hacer las cosas que están a eones de ser las correctas y luego la gente se topa con la cruda realidad.
  6. #8 además “haz lo que quieras “ es una orden bien clara y sin interpretaciones.
  7. #1 yo veo más aquí que se la querían ventilar y la excusa "legal" fue esa.
  8. #40 “tú sabrás”, otra gran frase.
  9. Creo que #1 y #2 es compatible. Y ahora, despues de comentar voy a leer la noticia :shit:
  10. #17 Para mi queda claro en el artículo que el objetivo de la empresa era echarla ahorrandose los 20.000 que le ha costado el despido improcedente, lo del whats es la excusa que se han buscado y no coló, los jueces no son tontos.
    Lo lógico hubiese sido responder "De acuerdo (o no) pero las vacaciones me las tienes que solicitar por la vía establecida". Si luego la empleada no lo hace y se coge las vacaciones entonces si que hubiese sido un despido procedente.
  11. #37 Si no quieres pagar despidos no te metas a empresario. Trabaja tú solo sin nadie a tu cargo y arreando
  12. #20 Pues yo las mías las coordino con mis compañeros, se lo decimos al jefe y lo pone en el excel de las vacaciones del departamento.

    A RRHH no le comunicamos nada, 5 años en la empresa, 0 problemas en ese sentido.
  13. #25 #24 #11 El Estatuto de los Trabajadores no establece ningún medio concreto y los convenios que he tenido tampoco. La empresa puede tener uno pero si las circustancias exigen otro canal puedo utilizar otro. Whatsapp por ejemplo.
    Al final lo importante es que haya constancia y que la persona que da el ok en nombre de la empresa tenga postestad.
    Si las vacaciones, habitualmente, te las coges tú cuando quieres porque te autogestionas pues habría precedente.

    Creo que lo de la empresa es claramente una excusa para intentar ahorrarse algo en el despido y, si acaso, el chulear luego internamente de que le han pegado la patada por cuatro duros, que eso en Hispañistan acojona mucho al personal.
  14. #20 igual el problema es que has trabajado en pocas empresas y no conoces lo que se hace normalmente en las empresas. O por lo menos en TODAS en las que yo he trabajado, que no han sido pocas.
  15. #9 Eso lo decide cada empresa. Y si el jefe lo da por válido, a efectos prácticos estaba validando el medio de comunicación. De lo contrario la respuesta debería haber sido "de acuerdo, pero pídemelo por --medio X-- para que conste".
  16. #9 Mucho mejor que una llamada telefónica que se ha usado durante muchos años
  17. #20 el problema es que con muchos de los sistemas de mensajería los jefes también los aprovechan para pedir cosas tipo ‘vente hoy que hace falta’ o similar. Con lo que ya lo conviertes en un canal oficial.

    En mi caso cuando abre alguna IT o similar me han mandado el WhatsApp/telegram de rigor la respuesta ha sido siempre: mejórate y mándamelo por correo para que conste.

    Y por cierto: si puedes vacaciones y la empresa no contesta, se da por concedidas por silencio administrativo (que esa es otra típica: si no se ha dicho explícitamente que no, es que sí)
  18. #37 Hay empresas que maltratan a los trabajadores porque no son mano de obra especializada.

    Un ejemplo que conozco: Burger King.
  19. #15 si se quiere desprender de un trabajador que lo haga por el cauce legal, despido improcedente o procedente según los casos estipulados en la ley.
  20. #24 Y si la persona a la que le mandó el mensaje no era el interlocutor adecuado? Y si el teléfono al que se mandó el mensaje no era corporatvo?

    Yo no estoy valorando el comportamiento de la empresa, estoy valorando que no es un medio seguro para el trabajador; nada más.
  21. #9 cuánto daño ha hecho el maldito Whatsapp

    Sinceramente, me parece una enorme exageración lo que dices... Su uso es voluntario y es fácil de configurar en sus alertas. Tu comentario suena a tremendismo, comparado con otras cosas que sí hacen daño a nuestra sociedad (paro, trabajo precario, abusos bancarios, reforma laboral, sanidad...)
  22. #3 Que ya es mas de lo que hace el meneante medio. xD
  23. #7 es que dudo mucho que sea un protocolo definido.... cuánto daño ha hecho el maldito Whatsapp a esta sociedad infantilizada y lo que más miedo da es que los jueces entren al trapo.
  24. #40 Técnicamente no te está diciendo que no lo hagas. Lo que te está diciendo es que puedes hacerlo si quieres, pero, si lo haces, atente a las consecuencias xD
  25. #23 la noticia no dice eso. La trabajadora ganó en primera instancia y la empresa recurrió y le vuelve a dar la razon a la trabajadora. Y luego cada empresa es un mundo. En empresas MUY GRANDES que tienen CIENTOS de centros de trabajo en España yo sé de primera mano que se usa el WhatsApp para decir: "Oye fulanita, mañana entras a las 7" y tienes que cambiar tu horario y nadie puede hacerse el loco. Es logico que una vez ya en esas dinámicas, el empleado también lo usé para gestionar permisos. Por pura comodidad. Nos puede parecer mal, pero la realidad es terca.
  26. #1 Me pregunto qué puede llegar a llevar a un empresario a desprenderse de un raro recurso como es un buen trabajador por la vía procedente.

    Creo que éste es un trabajo para Iker Jimenez.
  27. #66 si es el perito que creo que es el que acreditó eso, el tío es un crack.
  28. #46 el que llegado el caso el jefe te puede negar que se lo hayas dado en mano incluso. Que cuando tu sabes que estas en una situación delicada tienes el burofax, pero no podemos usar el burofax para todo. Cuando el jefe te diga por whatsap que "oye, que mañana no vengas a la oficina, queda con Fulano en la plaza de Santa Rita que vais a visitar a Tocapollas Inc. que tiene un problema con el Megaruptor de Protones" le dices, "oye, mandame un burofax porfa, que ando un poco espeso y se me juntan las letras en la pantalla". La normalización de las vias de comunicación lo hace el uso cotidiano, desde la primera vez que respondes a un whatsapp de la empresa lo conviertes en un canal de comunicación, y por lo general no se es consciente de cuales son las consecuencias, a veces son positivas para el trabajador tambien, pero en balance general yo creo que es perjudicial para el trabajador.
  29. #71 Son millones de años de evolución. El cerebro se ha ido adaptando y sabe interpretar los estímulos externos de tal manera que nos produzcan el menor sufrimiento posible... :troll:
  30. #52 lo puedo corroborar, tengo un amigo que le hicieron un despido improcedente y esta pendiente de juicio contra un franquiciado de BK, le hacian la vida imposible y eso que era el encargado del restaurante.
  31. Yo no lo veo improcedente. Lo veo nulo, ya que si la empresa decide pagarte una miseria con las reformas laborales que han habido, al final estas en la calle buscando curro. Por ello, si se reforma nuevamente la ley laboral, se debe dar más cobertura al despido NULO
  32. #45 Pues puede ser que para un caso de asesinato no, pero para la vida más cotidiana sí.
  33. #47 obvio que no lo es, pero por eso digo que la realidad es terca. De hecho la empresa tiene prohibida esa práctica pero los jefes de cada centro de trabajo se la saltan continuamente porque ven en ello una herramienta rápida y agil para resolver su incapacidad de gestion, pero allá ellos, un día toparán con un empleado con poco o nada que perder y que haga valer sus derechos. Y a día de hoy es muy dificil (me atrevo a decir que imposible) que nadie pueda desligar su whatsapp del tema laboral.
  34. #25 es evidente que el interlocutor era el correcto por eso ha sido despido nulo
  35. #9 Si se ha utilizado en otras ocasiones y la empresa lo ha aceptado, queda legitimado. Lo que no puede ser es que ese sea el canal habitual para gestionar las vacaciones y cuando a la empresa no le conviene y sin previo aviso, aleguen que no es un canal válido.
  36. #42 yo he trabajado en empresas muy grandes (no sé si te vale como serias, que ahí hay para escribir un libro) y siempre se han gestionado las vacaciones con una hoja Excel compartida.
  37. #46 sabes que el correo deja evidencia electrónica verdad? Y se considera admisible como evidencia y hay una cosa llamados peritos para atestiguar la manipulación o no de algo.

    Pero, más allá de eso, si en la empresa se establece eso como canal para según que comunicaciones pues es el canal a utilizar.
  38. #17 Existe tanta verificación como en una llamada telefónica, pero con registros por escrito, así que precisamente y puestos a cuestionar, en esa empresa no se deberían utilizar teléfonos para dar órdenes, pedidos, encargos o lo que toque. Todo con ágiles burofaxes. ¿Absurdo? Ahí tienes la respuesta a lo razonable que es descartar el WhatsApp.
  39. #5 totalmente de acuerdo. En mi caso, he abierto un nuevo número virtual en talkatone y he instalado un WhatsApp de business. Para que no me de la chapa mi jefe. Con horarios y una respuesta automática.
  40. #48 desde luego eso es bien cierto si te lo dice una mujer. :troll:
  41. #12 sin leer la noticia, y mucho menos la sentencia, estoy seguro que la empresa / el encargado han usado whatsapp con anterioridad para tratar temas laborales con los empleados, lo cual lo válida implícitamente como canal de comunicación para los empleados.
  42. #5 Hombre, ahora se pueden borrar mensajes...
  43. #4 el titular es completamente erróneo, el tribunal ha dictado despido nulo, no improcedente
  44. #53 Mi cerebro está escuchando No, no y no... Algún tipo de problema que tengo.
  45. #4 A pesar de esta decisión judicial, la empresa recurrió alegando que no podía darse por válido el mensaje de WhatsApp.
  46. #13 el teléfono desde el que se contestó es un teléfono de la empresa? Existe verificación de que quien contesta es el responsable de RRHH? Hazte esas preguntas
  47. #39 "mándamelo por correo"... otro error; el correo electrónico no tiene fe de entrega, no tiene valor probatorio ante el juzgado. Tú me mandas la baja por correo yo digo que no la he recibido a los x días te pongo en la calle y nos vemos en el juzgado.

    Es otra cara de la misma moneda; la normalización de canales no adecuados para la comunicación.
  48. A todos los que os gusta la noticia os reto a pedir un aumento por WhatsApp :troll:
  49. en defensa del tarao, cualquier hombre sabe que "haz lo que quieras" es NO.
  50. #46 #50 #61 www.efe.com/efe/espana/economia/el-tribunal-de-bankia-admite-nuevos-co

    El tribunal que juzga la salida a Bolsa de Bankia ha decidido admitir cuatro correos electrónicos que hasta ahora no constaban en la causa y que detallan reuniones mantenidas por los inspectores del Banco de España y directivos de la entidad, antes de la formulación de cuentas del ejercicio 2010.

    Lo de que no se admite en un jugazo es mentira.
  51. #40 vete al juez
  52. #90 Más fácil aún ven los empresaurios las vidas de sus trabajadores.
  53. #71 Tu cerebro es sabio.
  54. #31 Claro, como tú no pagas el despido que lo haga por los cauces legales.
    Pues lo legal podría haber sido como lo ha hecho ese empresario. Todo depende del juez y de cómo se lleve el caso.
    Eso sin contar que uno no se desprende de un buen trabajador porque son escasos... O tal vez sí para no tener que pagar una estupidez en el eventual caso de que la empresa vaya mal.
  55. #22 aunque no se gastara para el tema de las vacaciones quedaría legitimado si alguna vez te pidieron por ese canal algún trabajo a realizar ;)
  56. #37 Lo legal es lo que dice el juez. Por lo tanto ese despido procedente no era legal.

    Si el trabajador no es bueno hay periodo de prueba y si deja de ser bueno hay despido procedente.
  57. #61 se admite como evidencia aunque generalmente se pide peritaje (como con muchas otras evidencias) para atestiguar su veracidad y validar posibles manipulaciones. Los programas y empresas que indicas lo que hacen es facilitar el trabajo del perito así como buenas prácticas como firmar el correo digitalmente.
    Si nos ponemos ‘estrictos’ esto es similar en cualquier sistema informático ya que no sería la primera vez que el empresario de turno intenta borrar registros de sus erp. Y luego toca que llegue el perito y diga cuando se ha modificado.

    Si quieres te puedo explicar más detalles técnicos por pm... que aunque directamente no me dedique a ello, algo sé.
  58. #9 bueno, pues que el responsable le diga si ese no es el canal oficial para pedir vacaciones y punto.

    Pero desde luego, lo mejor es siempre tener todo por escrito, como sobreentiendo de lo que dice #10
  59. #1 Sera mas cosa de los de RRHH que del dueño no?

    A menos que la empresa sea muy muy pequeña, el dueño no sabe cuando la gente se va de vacaciones.
  60. La echaron por seguir expresamente las instrucciones de su jefe :troll:
  61. #34 Mi empresa es muy grande (miles de trabajadores) y las vacaciones no las gestiona recursos humanos, "el dueño" (accionistas) evidentemente tampoco, se lo pides a tu responsable y ya esta, no hay un método estandarizado para solicitarlas, normalmente le mandas un correo pero si es un día suelto se suelen pedir de palabra y ya esta.
  62. #5 pues a mí no, los mensajes se guardan localmente en tu teléfono y no queda respaldo en ningún sitio.

    Dejando de lado que lo puedas perder. Hay que valorar el riesgo de que puedes alterar tu base de datos y crear mensajes nuevos de la nada.

    A nivel jurídico, es mucho menos fiable que un email de toda la vida. Por eso en mi trabajo dejo todas las cosas escritas por email.
  63. #4 "A pesar de esta decisión judicial, la empresa recurrió alegando que no podía darse por válido el mensaje de WhatsApp. "

    Si el mensaje viene de un jefe con autoridad suficiente, da por válida la petición de vacaciones, y en el juicio se agarran a esto, yo no veo otra cosa que un ataque al canal de comunicación con el triste pretexto de que no es suficientemente formal o vete a saber qué. Vamos, que veo justificadísimo el titular aunque más que noticia lo veo como el clásico despido procedente con causas imaginarias a ver si con suerte no nos denuncian y lo hacemos de gratis.
  64. #17 supongo que ya las habrá hecho el juez y todo está con arreglo a la ley. Aquí parece que estamos debatiendo una carta al director y no una sentencia judicial.
  65. #4 El titular pone el foco en donde la defensa de la empresa puso el foco.
    Los que han leído la noticia saben que la trabajadora empalmó los dos días de vacaciones con una baja médica de mes y medio.
    Apuesto a que la despidieron más por esos 90 días que por los dos anteriores pedidos por wasap. Y claramente, era un despido improcedente.
    Empresarios: si queréis despedir a alguien con mala salud que falta mucho al trabajo, tenéis que pagarles la indemnización completa.
  66. #90 Me da la sensación de que estás cruzando una línea delicada. Aunque no estés de acuerdo con la ley, la ley hay que cumplirla. Puedes opinar que no es justo o que haya que cambiarla. Que hubiera o no motivos para despedirla (motivos que, cómo has sugerido, no se contemplen en un caso de despido procedente) sugieres que es "legítimo" doblegar la ley o incluso saltártela a ver si suena la flauta. Si cumplir la ley depende de la situación concreta de una persona o una empresa... y esa decisión parte del punto de vista subjetivo del afectado... mal vamos.
  67. #98 Perdona pero no. Si se ha cometido una ilegalidad la persona que acude a los juzgados a denunciar lo hace para defenderse y que se haga justicia no para "ver si suena la flauta".

    Y en este caso con la resolución queda patente.

    Yo no estoy diciendo ni que todos los empresarios sean "malísimos" ni que los empleados no busquen también triquiñuelas para beneficiarse a costa del empresario.

    Mi discurso es válido para ambas situaciones.

    Mi comentario es a raíz de que me dió la sensación de que justificas o normalizas que las gente retuerza la ley o intente saltársela cuando no está de acuerdo o cuando le conviene.

    Además paradójicamente si justificas los métodos de unos (empresarios) por pura coherencia justificas también los métodos de los otros (empleados).
  68. #23 Yo si lo se. En ningún sitio porque la ley no se mete a definirlo y lo deja a decisión de la empresa. Luego si la empresa lo admite (y usarlo habitualmente constituye admitirlo 'de facto') es válido.
  69. #51 "Allá tú"
  70. #42 Más burocracia, no hace que algo sea más serio.
  71. #90 #93 "Después de las vacaciones, la trabajadora inició un proceso de incapacidad que duró mes y medio"
    Sin entrar en desacuerdo con que sea el juez y la ley los que definen como acaba el caso, está claro como empieza. Si, para ley es posible que uno inicie su baja jisto después de las vacaciones, pero sentido común sugiere que o esa persona ya tenía antecentes de jeta, o resolvió un desacuerdo con su empresa de aquella manera. O se rompió un tobillo el ultimo día de vacatas, vete a saber...
  72. #37 hoy en día excasean, raro me parecería. .. Un par de días de asuntos propios, mes y medio de baja... Suena a que se dejaba el alma en el trabajo..ahora con indemnización fresquita y unos meses de paro, a gozarla.
  73. #1. Del estilo no, peor, saben perfectamente que ponen a tarados mentales de encargados. En demasiados puestos de trabajo españoles el 'respecto' se sigue ganado a gritos.
    Luego nos salen los politicuchos hablando de los datos de empleo y dejando el tema de la calidad y dignidad en el empleo sobre el destructor de papel.  media
  74. #4. En el segundo capítulo de semejante empresa la despiden igual o peor. Nunca se habla del segundo capítulo por mucho que se repita en un país con 'despido libre'. Que no me parece mal el despido libre indemnizado, pero me parece mal que no se cumplan las leyes y los convenios.

    En estos casos la justicia en lugar de ponerlo todo en su sitio lo único que suele conseguir (aparte de posibles indemnizaciones) es acabar de crear la 'excusa perfecta' para que el ambiente laboral alcance niveles irrespirables.
    (CC #84)
  75. #14 todo está relacionado con la ignorancia de la masa borreguil que formamos como sociedad.
  76. #11 Lee mi respuesta anterior
  77. #19 a mi no; sinceramente no es un canal para según que cosas... y que se normalice su uso para ellas es un reflejo de la inconsciencia de muchos componentes de esta sociedad.

    La tecnología es maravillosa, pero bien usada.
  78. #22 ¿en qué normativa legal o reglamento interno está aprobado ese uso? Te pasa como a mi, no lo sabes. Lo que sí sabes, o deberías saber, aunque no lo quieras aceptar es que no es un medio adecuado independientemente de que en un momento el mando intermedio de turno lo haya aceptado.
    Y de hecho la noticia habla de un fallo del TSJM que quita la razón al tribunal de primera instancia; supongo que la empresa recurrirá (está en su derecho) y en un tribunal serio le volverán a dar la razón.
    Pero allá cada uno como se juega su pan; yo lo tengo claro, las vacaciones por escrito y con un documento que me cubra el culo por si quien las tiene que tramitar mete la pata.
  79. siempre queda algo escrito, se de casos verbales que no se han podido demostrar cosas, si le dice has lo que queiras, lo hizo...claro...
  80. #28 Dos sentencias judiciales, una contraria al trabajador y otra favorable. ¿Te has leído la noticia?
  81. #41 "lo importante es que haya constancia". Es decir, que exista una prueba de que se ha comunicado y se ha recibido contestación. Bien, has entendido el argumento.

    No se cuestiona el procedimiento, se cuestiona si el canal de una app que ni siquiera verifica la identidad más alla de ICCID de la tarjeta SIM de un móvil es un canal adecuado.
  82. #44 pero es que tampoco es el canal para decirle a alguien que entra a las 7... por muy grande que sea la empresa.
  83. #9 mejor de palabra, para que no queden pruebas
  84. #50 de acuse de recibo no deja si el receptor lo tiene desactivado
  85. #33 es nulo, pero el periolisto no conoce la nomenclatura laboral
  86. #74 queda evidencia en los sistemas por los que ha pasado y si ha entrado o no en el servidor de recepción, incluyendo los relays por los que pasa.

    La evidencia electrónica, como cualquier otra disciplina forense, no es tan fácil de manipular. Otra cosa es que muchas veces no se quiera hacer por el coste/beneficio.
  87. #66 Admitirse se admiten, pero también es "relativamente" facil tirarlos si el abogado contrario sabe lo que hace. Se puede hacer una auditoría con peritos que revisan los servidores, pero eso no siempre es posible.

    Poniendose serios es fácil tirarlos si no has hecho una pericial completa... Hace unos años fuí al juzgado por un tema, aportamos los correos y sirvió, pero poco después el juzgado se puso bastante más serio con los correos electrónicos, en parte debido a ese caso y ciertas argumentaciones dadas por el abogado contrario. Hubo un par de casos posteriores basados en lo mismo y ya no admitían tan fácilmente los correos.

    Con esto no quiero decir que no se puedan admitir, pero haría falta una pericial y además con orden judicial para llegar a los servidores... si se trata de un juicio laboral y los servidores son de la empresa esta podría hacer mucho para dificultar la validación de los mismos, por ejemplo borrar los buzones o poner una política de retención de pocos días/semanas para dificultar o imposibilitar la recuperación de los correos en caso de que lo revise un perito.
  88. #80 evidencias que no valen para nada porque lo único que importa es que la persona lo haya abierto. Por eso se usan burofax para cosas importantes, porque un email vale para un cagarro
  89. #83 se lo diré al próximo despacho de abogados que pregunte por peritajes informáticos.
  90. #82 toda la razón. Lo que pasa en muchas ocasiones es que el ‘acuse de recibo’ se suele utilizar como puerta para ir escalando acciones en el proceso legal (p.ej: te he mandado x notificaciones que sé que has recibido pero no has contestado). En Exchange podrías incluso confirmar las fechas en que el usuario ha accedido al objeto .msg, lo que pasa es que, como te comento, acaba siendo más rápido el tirar de terceros de confianza que del forense.

    Pasa un poco como la forma de Correos contratos o acuerdos: en caso de problema el haber hecho las cosas ante notario agiliza mucho más las cosas que el tener que demostrar que todos los papeles son legítimos.
  91. #46 Nos vemos en el juzgado, yo presento mis partes de baja y hasta otra, magistrado.
  92. #96 yo te digo por los peritos que conozco (yo no soy perito aunque tengo la formación de respuesta a incidentes) que aunque lo manipulen huelga queda. Otra cosa es que lo otro sea más lento para lo cual el papel es mejor. Pero en muchos sitios precisamente están quitando el papel y no te lo cogen.
  93. #102 no, tú tienes que demostrar fehacientemente que los has entregado a la empresa que no es ni lo mismo ni parecido.
  94. #77 exacto, alguien que ha entendido de qué va este hilo. No se trata de que algo sea procedimiento "de facto" en una empresa o que puntualmente un juez lo pueda aceptar; se trata de la inseguridad jurídica de utilizar determinados canales de comunicación.
  95. #58 el problema de todo es que:
    a) normalizas un canal de comunicación inseguro
    b) admites comunicaciones fuera de tu horario de trabajo y posiblemente en un dispositivo personal

    Ese es el verdadero problema de fondo.
  96. #54 Aquí uno en una empresa de las Big Four. Lo tenemos expresamente prohibido (de hecho en los teléfonos de empresa no se permite siquira instalar la app), y lo de las llamadas/comunicaciones al teléfono personal 3/4 de lo mismo.

    La empresa pone a nuestra disposición suficientes herramientas de comunicación de acreditada fiabilidad y seguridad técnica para permitir ese tipo de filtraciones en la red.
  97. #118 De eso nada. Si fuera así, habría que remitirlos por burofax o tendrían un hueco para el recibí de la empresa y no es así: se entregan en mano, los entregan compañeros o se envían por correo postal.

    Cada parte se ha de encargar de tener sus partes de baja. No entregarlos supone una sanción interna, y suerte con probar que alguien no ha hecho algo.
  98. #77 Yo creo que #81 lo explica bien, pudiendo acceder a los servidores creo que si podría ser factible demostrar que se han enviado o no, no creo que sea difícil revisar los logs o la trazabilidad para demostrarlo. Otra cosa es que ya los servidores se pudieran manipular y demás, pero como mínimo se podrían peritar e investigar.
  99. #35 Ostras, talkatone instalado. Si alguna vez me veo obligado a instalar WhatsApp (no lo tengo en mi móvil personal, y por ahora no me han obligado a instalarlo en móvil de mi curro actual), quizás haga como tú. ¡Gracias!
«12
comentarios cerrados

menéame