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El despido nulo del empleado "reivindicativo" que demandó a la empresa y se negó a trabajar festivos

El despido nulo del empleado "reivindicativo" que demandó a la empresa y se negó a trabajar festivos

El Tribunal Supremo dictamina que la compañía expulsó al trabajador en represalia por haber ejercitado acciones judiciales contra ella para hacer valer su derecho a no hacer horas extra y que la inasistencia a su puesto de trabajo durante el Día de Canarias fue "la excusa". Kalise fue, además, condenada al pago de las costas procesales tanto en el auto del TSJC (800 euros) como en el del Supremo (300).

| etiquetas: laboral , despido nulo , trabajo
Comentarios destacados:              
#1 Hay que darle publicidad a estas sentencias para que poco a poco y con suerte las empresas se resignen por norma a cumplir la ley...
  1. Hay que darle publicidad a estas sentencias para que poco a poco y con suerte las empresas se resignen por norma a cumplir la ley...
  2. Kalise para todos!!!!!
  3. Eso el pasa por no ser padefo.
  4. #2 Helados ke ilusionan  media
  5. #2 Despidos para todos!!!
  6. 300 y 800 euros... Para recuperarse van a necesitar vender 5 millones de helados.
  7. Son costas, no es un castigo. Los salarios de tramitación ya serán más que esa cantidad. Y aparte cabría haber pedido una indemnización por daños morales que suele partir de seis mil y pico euros, pero en la noticia no veo que la mencionen así que supongo que por algún motivo no se pidió.

    EDIT: Esto era para #_6, que no tengo ni idea de por qué me tiene en ignorados. Negativo por abusar del absurdo sistema de ignore para tener la última palabra.
  8. Hay que hacer una lista de marcas y empresas negreras para no consumir sus productos ni aunque los vendan como marca blanca. Incluso una app para con solo el código de barras saber si ese producto proviene de una empresa negrera o no.

    Supongo que ya habrá algo así, no creo ser tan listo como para que se me ocurra a mi solo.
  9. #6 Al trabajador le tienen que pagar los salarios de tramitación desde junio de 2019 también además de readmitirlo.
  10. #8 Y cuando digo de multar a los clientes que consuman en empresas que incumplen flagrantemente la legislación laboral ponen una cara de WTF!!??
  11. Todo un éxito para el trabajador, ahora a trabajar entre lobos.
    Si antes no estaba la cosa bien ahora que no espere que esté a mejor.

    Cuando llevé a una empresa a una conciliación les dije que se metieran el curro por el culo, mañana mismo iba a volver a donde me estaban puteando día sí día también, por mucha razón que tenga es mi salud mental la que prevalece, a otra empresa y tan contento, pero eso sí, que paguen el despido y no la jugarreta de firmas un papelote y ya me limpio el culo con tu indemnización.
  12. #3 Sí, es la mejor decisión para quedarte clavado a ese cargo/sueldo el resto de tu vida eso si no hacen por empeorarlo dentro lo posible.
    Las únicas mejoras que va a tener ahí van a ser las estrictamente obligatorias.
  13. #10 Es que eso es complicado porque el cliente puede no ser consciente de eso y no andar pendiente de las injusticias sociales y preferir pensar y dedicar tiempo a otras cosas. Sería un poco nazi o demolition man eso de multar a alguien por no estar pendiente de lo que es moral o lo que no en determinados temas que ni le van ni le vienen por la razón que sea.
  14. Un artículo muy interesante que inclute varios temas complejos para los trabajadores: la validez de las claúsulas de un contrato, jornada máxima, qué se consideran horas extra, reiteración de sanciones.
    Al menos son los temas que he visto yo, que no sé mucho.
  15. #13 Te suena la frase cada vez que se habla de prostitución: sin demanda no hay oferta?

    Clientes = Cómplices necesarios de explotación laboral.
  16. Y este es el problema que tenemos en España, que como te salgas un poco de la línea van a por ti. :-(

    #2: Si alguien no quiere los que le corresponden, que me los de a mi. :-D
  17. #11 #12 @lokinikita aparte de venir a fusilarme a negativos, tienes algo que decir al respecto?, te lo recuerdo por esto:
    www.meneame.net/normas-comunidad/#persecucion_hostigamiento

    últimamente veo que solo vienes a cascarme negativos pero no dices nada de nada.
  18. #12 Dúdalo. La discriminación y el mobing están casigados en este pais.
  19. #19 Estás muy equivocada si piensas que estoy llorando, muy orgulloso de llevar a aquellos mierdas a una conciliación y llevarme lo que me correspondía.

    Para mi padefo es querer querdarse donde estabas y ahora con todos los ojos encima, pero ahí cada uno con sus decisiones.
    En vez de llevarse de vuelta un puesto de trabajo en una empresa de mierda podría haberse llevado un pedazo de indemnización y buscar mejores condiciones, por ejemplo.
  20. #8 me resulta similar a una propuesta en ese sentido (informar de empresas que cumplen) que leí por ahí sobre las Kellys, yo tb creo que debería existir algo así pero global, de manera que se pueda saber de una manera fácil si una empresa es legal y justa con sus empleados para que así los consumidores podamos actuar en consecuencia
  21. #8 Los boicots de toda la vida. El problema de hacer una aplicación de este tipo seria controlarlo. ¿Vas a tener a alguien que revise cada denuncia y evalue que eso es así?. ¿Sirve con la primera sentencia o se espera al recurso?. Por cierto, este caso es de los menos "negreros" que te puedes encontrar, el 90% de las empresas españolas habrian gestionado esto de una forma similar.
  22. #1 Darle publicidad, pero que se lean la noticia .... El primer episodio conflictivo se produjo en marzo de 2018. Tres meses antes, el empleado, que ya acumulaba una antigüedad de casi diez años en la empresa, había comunicado su intención de no prestar servicios durante los días festivos. La dirección le emplazó a trabajar el Jueves y el Viernes Santo [..] El trabajador no acudió y esa vez fue suspendido de empleo y sueldo durante 15 días por desobediencia. La sanción fue confirmada en los tribunales después de que el camarista la recurriera.

    En 2019 hace lo mismo: El empleado fue despedido en junio de 2019, doce días después de que decidiera no presentarse a su puesto ese festivo, 30 de mayo, pese a haber sido citado. Una semana antes había advertido de sus intenciones

    El trabajador supongo que se ha librado por el convenio que tiene, la acumulación de 2 faltas graves suele ser motivo para aplicar una falta muy grave ... que puede acarrear el despido.

    No entiendo que ha montado la empresa para llegar a despido nulo, en todo caso podría ser procedente o improcedente ... no entiendo nulidad cuando les ha dado la razón un juzgado en la sanción impuesta un año antes al trabajador.
  23. #24 En la noticia está muy bien explicado, como bien dices hay que leérsela entera.

    Que la empresa incumpla el convenio, eso no te llama la atención...
  24. #23 Hablo en el mismo tono que a quien contestaba, ¿le has votado negativo a él?.

    Este ha conseguido una mierda pinchada en un palo, si supieras como funciona una conciliación laboral sabrías que para poder ser indemnizado te pasas por ser readmitido en la empresa, porque sorpresa! si el despido se declara ilegal vuelves a estar dentro, luego se acuerda el despido con la indemnización que corresponde.

    Aquí seguramente la empresa habrá intentado jugar la carta de que estaba avisado para ahorrarse la indemnización, le han dado la zanahoria, y la ha cogido.

    Pero bueno, supongo que todo eso ya lo sabrás tú.

    No, en vez de seguir en un puesto de mierda me fui a viajar un año, período que utilicé para buscar un trabajo que casi doblaba mis condiciones anteriores, mientras me tomaba una birra debajo de una palmera en Vietnam, muy orgulloso de lo que hice. Ahora puedes seguir insultando lo que quieras, que me lo paso por el arco de la concordia.
  25. #26 Es verdad, los típicos, yo lo digo por todos, pero solo te cito a ti, y te negativizo a ti. :-D
  26. #15 Eso lo tiene que aprobar el tribunal de LA inquisición. No se aplica alegremente. xD
  27. #27 Es que tiene la cara dura de decirme eso y votar positivo a quien yo contestaba, pero en fin, que se le va a hacer.
  28. #22 Se pondrían fuentes dentro de la app a noticias e información en general, y que se pueda contrastar, que lo demuestren, no necesariamente sería 100% fiable, pero si en los comentarios hay fuentes para consultar y votadas positivo (se prohíbe negativo para evitar boicots organizados dentro la propia app) pues sería un plus.

    Siempre he pensado que si los ciudadanos de a pie nos organizáramos podríamos poner en jaque a mucha gentuza, a menos a nivel económico, y ahora tenemos la tecnología.

    Que una empresa trate bien a sus empleados sea un plus para ellas para atraer clientes y se gasten el dinero en eso en lugar de tanta publicidad en los medios.
  29. #15 Pero no puedes imponerle preocupaciones a otras personas que ya tendrán las suyas propias.
  30. #8 Claro, porque hacer una app con esa información no te puede acarrear ningún problema legal. Claro que no.
  31. #25 ¿Bien explicado? Es bastante farragosa y hacen confuso el orden de acontecimientos.
  32. #33 Hombre yo no la voy a hacer, no tengo los conocimientos, y sería una app mezcla de red social y enciclopedia informativa, cualquier usuario sube la empresa y los consumidores de esa empresa puntúan y comentan. Y al tiempo ponerle tops de empresas que mejor tratan a su s empleados y de las que peor tratan a sus empleados en base a puntuaciones, somo si se trata de un filmaffinity o algo así.
  33. #2 ahora se vuelven a llamar La Menorquina.
  34. Ahora un empleado que pide sus derechos es reivindicativo :ffu:
  35. #37 Grupo Kalise Menorquina
  36. Eso son las costas.
    Ponte a calcular ahora los salarios de tramitación desde 2019, además de tener que readmitir.
  37. #15 Y qué cojones tendrá que ver la prostitución con una empresa de helados. ¿O qué esperas que cada consumidor esté pendiente de las sanciones de la seguridad social para saber donde puede o no puede consumir? Es que es delirante.
  38. #1 Sí, pero la entradilla da lugar a engaño. Podría interpretarse que la justicia te ampara si te niegas a trabajar un festivo si la empresa te cita para que vayas.
    Habría que reformar el E.T. para que trabajar en festivos fuese optativo y no la actual basura de "tú lo trabajas y ya si eso que te lo devuelvan como descanso compensatorio o te lo paguen".

    Un puto figura este currela, por los cojones que le ha echado y por decirle a la empresa "tal día festivo va a ir tu puta madre".
    Ya vale con la broma esta de joder festivos.
  39. #8 imagino que no compraras nada que no este fabricado fuera de europa
  40. #40 El problema seguramente está en que si para que este caso ocurra se han salido con la suya en otros 300 casos (casos en los que no les hayan condenado o empleados que hayan tragado) pues al final les sigue saliendo a cuenta, Digo 300 por decir un numero pero seguro que una empresa como esta ha puteado a miles.

    Lo que habría que hacer es a parte de dar al trabajador su justa indemnización es sancionar a la empresa para que no se le ocurra volver a hacerlo.
  41. #20 Pero de haber ido a por el dinero, no habría la consecuencia que conlleva esta sentencia: que esas condiciones que peleó serán para todos los trabajadores en su mismo puesto a partir de ahora. La otra vía es la que le interesa a la empresa: me salto la ley y si alguien se rebota, le pago migajas a él y que se vaya... para poder seguir saltándome la ley con el resto.

    Él vuelve con la cabeza alta, los salarios que habría ganado si hubiera trabajado todo este tiempo (que es más que cualquier indemnización que te puedas llevar; teniendo en cuenta que están a 20 días por año y una antigüedad de 11 años trabajados, serían 220 días: el se llevará 869 días de salario y conservará la antigüedad, ahora ya de 13 años... si hasta cobrará un trienio más y todo, verás), mejores condiciones y "los ojos encima"... no creo que se expongan a una demanda por acoso tras un nulo, pero hay campeones en todas partes. Yo si fuera él estaría dispuesto a que me intenten toser.

    Pero aunque sólo pensase en él y más en concreto, en su dinero y renunciase mañana mismo, ya habría sacado, al menos, casi cuatro veces más dinero que con tu planteamiento de aceptar una negociación en el UMAC.
  42. #45 me salto la ley y si alguien se rebota, le pago migajas a él y que se vaya... para poder seguir saltándome la ley con el resto.
    Vaya, no sabía que fuera tan fácil pararle los pies al empresario, esta que es, la primera sentencia en España en la que readmiten a alguien?

    Porque a todos les interesa seguir en una relación mala de cojones, tanto a empresario como a trabajador.

    no habría la consecuencia que conlleva esta sentencia: que esas condiciones que peleó serán para todos los trabajadores en su mismo puesto a partir de ahora

    A ver como te explico que hacer horas y no pagarlas ya es una ilegalidad.
  43. #9 Vamos a poner que el sueldo del trabajador son 30.000 euros . ¿hablamos de 75.000 euros aprox? Sigo sin creer que vaya a hacerle un roto importante.
  44. #46 No es fácil, razón de más para reconocerle el mérito.

    Ni busco a mi media naranja, ni mucho menos la buscaría entre la patronal. La relación laboral tiene por definición intereses contrapuestos con los que hay que convivir siempre.

    A ver como te explico que hacer horas y no pagarlas ya es una ilegalidad.
    Ya lo has hecho. Lo complicado va a ser hacerme creer que lo ilegal no sucede y que esta sentencia no va a tener repercusión en la plantilla de Kalise.

    Por cierto, las pagaban. El tipo, como cualquier persona decente, a lo que se niega es a hacerlas. Si necesitan mano de obra, que contraten a más gente.
  45. #47 no consiste en hacerle un roto, sino en que pague lo que corresponde.

    Los salarios dejados de percibir al trabajador y las costas de juicios perdidos.

    Sobre otras indemnizaciones no dice la noticia que se pidiera nada.
  46. #38 Es la definición de reivindicar.
  47. #48 Ni busco a mi media naranja

    Yo tampoco, pero no perder la salud física y mental en el proceso es algo a considerar, por eso que pillar la pasta e irse es lo mejor.

    Cada uno que pondere sus opciones, pero yo creo que irse de ahí es lo mejor que se puede hacer, cada uno con sus decisiones, yo por mi parte nunca me he arrepentido de irme de donde no estaba cómodo, menos aún me iba a quedar donde se estaban inventando argumentos para despedirme.
  48. #49 A eso voy. Que al final EN EL PEOR DE LOS CASOS la empresa paga lo que debe y ya. Y en el mejor, no paga nada, o migajas. Vale la pena correr el riesgo (y de hecho así lo hacen).
  49. #45 que esas condiciones que peleó serán para todos los trabajadores en su mismo puesto a partir de ahora.

    ¿Qué noticia has leído?
  50. #35 No importa que no la hagas tu, aplica lo mismo para lo que digo. Me cuesta creer que eso no viole alguna ley en la mayoría de los países.

    O qué te parecía que las empresas hagan una app donde vayan cargando una "calificación" de cada empleado que tienen o tuvieron, para que las demás empresas, a la hora de contratar, puedan tomar referencias claras y rápidas de cómo es esa persona como trabajador. Te parecería bien eso? A mi no.
  51. #53 La misma que los trabajadores de Kalise, que ya tienen una sentencia del Supremo avalando que no tienen porqué hacer horas extras si no les da la gana y que como les despidan por ello, se van a tirar un par de años de vacaciones que te serán pagadas tras la reincorporación.
  52. #51 Perfectamente respetable. Yo también lo haría. Pero no se me ocurre decirle que es un padefo y que menudo pringado a un tipo que ha hecho lo que ha hecho este.
  53. #56 Lee el primer comentario al que contestaba, hablo en sus mismos términos, a quien votaste positivo:

    Y me reitero en que esta sentencia no dicta nada nuevo, se declara nulo un despido.
    El despido no fue improcedente, sino nulo porque vulneró la garantía de indemnidad, su derecho a no ser represaliado por ejercitar una acción judicial contra la empresa
    Sin embargo, el convenio colectivo prohíbe hacer horas extra al personal que opera en las cámaras frigoríficas a temperaturas inferiores a los 8 grados.

    Esto no trata que el trabajador haya conseguido algo titánico, es que los de RRHH y legal en esa empresa son directamente unos inútiles.

    Y aparte que yo no lo he llamado padefo, he dicho que para mi es de padefos quedarse donde te están jodiendo la vida.

    En mi primer comentario, primera frase:
    Todo un éxito para el trabajador, ahora a trabajar entre lobos.
  54. #30 creo que no quedaria ni una de las grande en pie
  55. #54 la grpd es bastante clara en ese aspecto, otra cosa seria enlazar marcas con sentencias judiciales :troll:
  56. #24 "No entiendo que ha montado la empresa para llegar a despido nulo"
    Pues es sencillo, si el juez estima, como es el caso, que el despido es en represalia por acciones judiciales previas del trabajador, el despido será siempre nulo. Esto es así porque se entienden vulnerados los derechos fundamentales del trabajador (derecho a tutela judicial efectiva).
  57. #54 Legalmente no es lo mismo una persona física que una jurídica
  58. #43 Venga suéltame eso "mi empresa mis normas" como si ser dueño de una empresa confiriera al dueño la condición de señor feudal o algo así
  59. #7 Te tengo en ignore por cansino, pero no desde hoy, sino desde hace mogollón de tiempo. Te he designorado porque he visto que me has cascado 3 negativos para llamar mi atención. Ahí los tienes de vuelta. Y ahora, de vuelta al saco que es donde mejor estás.
  60. #55 Pues será otra noticia ... Aquí les dicen que tienen que trabajar los festivos.
    La Sala de lo Social del Supremo entiende que la falta cometida por el trabajador al no asistir a su puesto cuando fue requerido para ello debe ser tipificada como grave y no como muy grave, por lo que debió saldarse con una suspensión de empleo y sueldo durante 15 días.
  61. #64 Les dice que, en todo caso, debería haberse saldado con esa sanción, puesto que No hay reiteración porque "no se cumple el requisito de tiempo exigido", ya que transcurrió más de un año entre un episodio y otro, y esa calificación solo responde al criterio "subjetivo e interesado" de la empresa y que el comportamiento de la empresa (fue) contrario a la buena fe, al "cambiar el fundamento de la orden (para trabajar el festivo), sosteniendo una obligación distinta a la invocada hasta esa fecha para reclamar su cumplimiento, en un intento de imponer su criterio incluso al judicial"

    Y es que, como la propia empresa alegaba, los festivos eran horas extras:

    El TSJC desestimó todas las alegaciones de la compañía y consideró "llamativo" su cambio de criterio. El tribunal canario recordó que en ningún momento del procedimiento en el que se dirimía la primera demanda la empresa defendió el argumento de que el empleado no hacía horas extra, sino una jornada que incluía los festivos sin sobrepasar el cómputo anual. Sin embargo, en la impugnación del despido sí que sostuvo esta tesis. "Flexibilizar el horario no es equiparable a aceptar trabajar en festivos", remarca el auto dictado por la Sala de lo Social.

    La resolución del TSJC alude a otros hechos que "desacreditan la postura de la empresa". Entre ellos, los recogidos en la sentencia de 2018 que confirmó la sanción al trabajador por negarse a trabajar en Semana Santa. Entre otras afirmaciones, da por probado que "venía realizando horas extra durante festivos". El tribunal canario incide en que la compañía no ha mantenido una posición uniforme y que, por ejemplo, cuando requirió al empleado para que trabajara una jornada festiva, utilizó el argumento de que "había asumido la obligación de hacer horas extra en el contrato", sin alusión a la tesis de que lo debía hacer por "un acuerdo tácito".
  62. #65 Lo de que tenía que ir a trabajar y que era falta grave, está entendido.

    Lo de las horas extra o flexibilizar jornada no lo entiendo, la empresa argumenta las 2 cosas para exigir que el trabajador vaya en festivo, y el juzgado le da la razón en los dos casos ... ¿Pero luego le indica a la empresa que el cambio de criterio está mal? :clap:
  63. #66 En las horas extras no le da la razón, de ahí el cambio de criterio, para argumentar que lo que hacía en festivos no eran horas extras cuando previamente había argumentado lo contrario.

    El juzgado le dice a la empresa que por quién le toma; cuando le demandan por hacer horas extras, dice que sí, que las hace porque están en su contrato. Pierde el juicio y en las alegaciones de la impugnación del despido, dice que no son horas extras, sino flexibilidad laboral dentro del cómputo de horas anuales.
  64. #67 Pero entiendo que son 2 juicios diferentes por dos hechos diferentes cuando cambian de criterio, no en el proceso de un juicio y su alegación posterior.
  65. #68 Son dos juicios diferentes, pero el hecho -si al trabajar en festivos estaba cumpliendo su jornada anual o si, por el contrario, eran horas extraordinarias- es el mismo.

    Primero, la empresa fue demandada por obligar a hacer horas extras. Y alegó que sí, que las hacía pero que estaban en el contrato. Perdió el juicio y despidió al trabajador bajo el pretexto de que no había ido a trabajar en un festivo. Al haber perdido el juicio por horas extras, en el juicio por el despido, la empresa cambió su versión diciendo que lo que había defendido que eran horas extras por contrato, nunca lo habían sido, sino que se trataba de su jornada anual -por lo que procedía sancionarle, cosa que, de ser horas extras, no tendría lugar.
  66. #69 No, el 1° año/juicio el trabajador no acude al trabajo, la empresa alega que son horas extra, le dan la razón y aplica falta grave (x días de empleo y sueldo).
    2° año/juicio el trabajador no acude al trabajo, la empresa alega que es para completar jornada y despide por falta muy grave, en el juicio les dan la razón en lo mismo que el 1° juicio, falta grave para el trabajador, pero alegan despido nulo pq para ser falta muy grave (motivo de despido) tiene que pasar menos de un año entre 2 faltas graves.

    Al final la empresa justifica que el trabajador tiene que ir en festivos de 2 formas y les dan la razón en ambas, de ahí que no entienda que critiquen que cambien el motivo .. cuando les dan la razón.
  67. #70 Te falta un juicio por el medio:

    Meses después, presentó una demanda reclamando su derecho a no hacer horas extras. En su contrato de trabajo se había hecho constar un acuerdo para prolongar la jornada laboral cuando fuera requerido por la empresa. Sin embargo, el convenio colectivo prohíbe hacer horas extra al personal que opera en las cámaras frigoríficas a temperaturas inferiores a los 8 grados. El Juzgado de lo Social 7 de Las Palmas de Gran Canaria estimó las pretensiones del trabajador y le reconoció el derecho en diciembre de 2018 a través de una resolución que sería confirmada por el TSJC en junio de 2019, solo un día después de que la empresa le comunicara el despido.

    Por lo que quedaría así:
    1er juicio => Sanción por no acudir en festivo. La empresa alega que su trabajo en festivos son horas extras pactadas. Gana la empresa.
    2º juicio => Obligación de hacer horas extras. La empresa alega que su trabajo en festivos son horas extras pactadas. Pierde la empresa porque el convenio lo prohibe.
    3er juicio => Despido tras no ir a trabajar en festivo. Como la empresa ya no puede alegar que son horas extras, alega que es su jornada habitual, la cual incluye festivos por un acuerdo tácito, cosa que, de haber sido así, tendría sentido haberlo alegado en el primer y segundo juicio, ya que no habría cosa juzgable. El tribunal le echa en cara que está cambiando el motivo para sobreponer su criterio al judicial.
  68. #71 Pero en el 3° juicio le dan también la razón a la empresa en el motivo que alega para que tenga que trabajar.

    No entiendo entonces cómo han podido ganar el 1° juicio alegando que son horas extra (y doy por hecho que pagandolas como tal) ... Si estaba prohibido por convenio.
  69. #72 No, en el tercer juicio es cuando le recriminan que anda cambiando la justificación según le conviene, para saltarse sentencias judiciales. En cuanto a la falta, según lo entiendo, no es que le den la razón; es que le dicen que en todo caso, sería una falta grave. Y cuando analizan la falta es cuando nace el reproche por cambiar la motivación.

    El primero... pues supongo que porque su abogado no presentó el convenio como prueba {0x1f64d}
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