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Dos niñas alemanas de 12 y 13 años confiesan haber matado a cuchilladas a otra de 12

Dos niñas alemanas de 12 y 13 años confiesan haber matado a cuchilladas a otra de 12

Dos niñas de 12 y 13 años confesaron haber matado a cuchilladas a otra de 12 en Alemania, en un caso que ha conmocionado el país. La víctima, llamada Luise, fue dada por desaparecida el sábado, cuando no regresó a su casa cerca de la ciudad de Freudenberg, en Renania del Norte-Westfalia. Su cuerpo fue hallado al día siguiente en una zona boscosa. "La niña murió como resultado de numerosas heridas de cuchillo y por la pérdida de sangre", dijo el fiscal. Dos chicas, de 12 y 13 años, confesaron, añadió Florian Locker, jefe de la policía.

| etiquetas: niñas , asesinato , cuchilladas , alemania , freudenberg
  1. #58 Pues eso que dices tiene sentido. Es que soltarlas alegremente me parecería raro
  2. #43 Eso pregúntaselo a los padres de la víctima. Seguro que piensan que era cosa de niños y no sabían lo que hacían, por lo tanto, pelillos a la mar y sigamos, que la Tierra sigue girando aunque su hija haya sido salvajemente asesinada.

    De alguna manera se tendrá que saldar esa muerte con la sociedad. Yo tengo claro cómo trataría ese tipo de crímenes, independientemente de la edad, pero es cierto que cuantas más noticias de estas leo, más deshumanizo a los criminales.
  3. #17 Y si hubiera sido en España no hubieran faltado comentarios racistas sobre pelirrojos y tal.
  4. #43 cuantos niños de 6 años han matado a alguien? Porque igual estás buscando un problema donde no lo hay
  5. #105 Evidencia empírica de primera mano como tal es cierto que no tengo...aunque sólo viendo la cantidad de noticias negativas sobre los servicios sociales del Principado que se publican y sobre como arruinan la vida de familias y niños, tengo suficiente para poner en duda lo bien que funcionan esos centros. Si añado las noticias sobre niñas de acogida prostituidas en los últimos dos años creo que puedo poner en duda el sistema.
  6. #104 Por ejemplo el caso de Silje Redergard, de 5 años, asesinada por tres niños de 6 años en Noruega. O Kayla Rolland, de 6 años, asesinada por otro niño de 6 años en Míchigan. Si que hay casos con 6, 7, ... Es un problema puntual, pero los asesinatos cometidos por menores de 14 años tampoco es que sean habituales, aunque son muy mediáticos.
  7. #43 También. A la cárcel también.
    Si alguien asesina a cuchilladas a otro niño idefenso, por supuesto. ¿Te parece mal?
  8. #58 Lo que dices no es correcto del todo, te pondré como ejemplo este caso:

    www.europapress.es/catalunya/noticia-dgaia-aplicara-protocolo-reeducac

    Un extracto:

    "En declaraciones a los medios, Santmartí ha señalado que se está realizando un informe médico junto con los Mossos d'Esquadra para diagnosticar el estado de la situación, pero que en el caso de los menores no imputables "no existe una privación de libertad", pero si una prevención y una retención hasta que se diagnostique"

    Solo un juez puede privar de libertad y no los servicios sociales...

    Cc #5 #40 #45 #6 #12 #47
  9. El nombre de la victima es mas importante que de las criminales? en serio?
  10. #58 no es exactamente asi
    Si es un centro de reforma, tiene que existir medida judicial y eso es con más de 14 por haber cometido un delito.


    Otra posibilidad es centro terapéutico, puede ser régimen interno o ambulatorio.

    La tercera opción, es un centro de protección de menores. Aquí están los chicos que se han declarado en desamparo. Es decir, los padres por el motivo que sea, no son capaces de cubrir las necesidades de su hijo

    Con tan poca información, no se puede saber, pero no tienen porque salir estas chicas de su casa. Lo que no quiere decir que no se tomen medidas con ellas.
  11. #54 imposible por qué no se pueden cumplir las primeras??
  12. #67 poner un guiño es de cobardes :-)
  13. Estupendo, cada vez más casos así y encima inimputables. Ya pueden ir cambiando la ley del menor como en EEUU, delinques como un adulto = penas de adulto.
  14. #116 A ver si eres tú el que no tienes ni puta idea y encima vienes predicando desde tu atalaya.

    De tu mismo link:

    Los principales aspectos sobre la comisión de delitos por menores de edad de entre 14 y 17 años se encuentran regulados en la LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), la cual se conoce popularmente como la ley penal del menor.
  15. #116 Los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal, en el articulo que te puse te lo deja claro, lo que has puesto es para menores con responsabilidad penal, es decir de 14 hacia arriba...

    Esto viene en el articulo que pones:

    "¿Y si tiene menos de 14 años?
    Cada vez es más habitual ver casos de acoso y ciberacoso en niños/as y adolescentes muy jóvenes, lo cual indica la necesidad de establecer medidas preventivas en el ámbito educativo lo antes posible. En el caso de que un menor de 14 años cometa algún delito, la Fiscalía trasladará el caso a Servicios Sociales y serán los profesionales del ámbito social quienes intervengan con el menor y su familia para resolver la situación y reducir los factores de riesgo que puedan estar influyendo en su comportamiento
    "

    Acabas de hacer un ridículo espantoso.

    #5 #40 #45 #6 #12 #47, @Gopu @Dr.Infierno, siento mucho tener que nombraros, pero no tengo mas remedio ya que @lokinikita no tiene mucha idea del tema y esta mareando el asunto...
  16. #118 Mira, te he puesto un ejemplo, la puerta en los morros ya te la diste tu solito, tu hablaste de privación de libertad, algo que no es cierto y me pones un articulo con copy/paste sobre los regímenes de los menores con edad penal, en todo caso y como te dije es el juez quien puede quitar la libertad y no los servicios sociales, los servicios sociales enfocan mas a la reeducación que otra cosa, pero no pueden privar de libertad.

    Tener comprensión lectora es muy útil hoy en día, así que mejórala...
  17. #118 Si tienes un poco de comprensión lectora (cosa que es evidente que no) podrás ver que lo que dice ese texto que citas en negrita "resolver la situación y reducir los factores de riesgo que puedan estar influyendo en su comportamiento"

    Habla de proteger al menor delincuente por si es un delincuente por influencia de su entorno. No habla en ningún momento de castigar al menor de 14 años porque su objetivo y razonamiento no es ese.

    De hecho, para que aprendas algo, te explicaré que ese articulo y protocolo no está pensado para evitar que usen a los menores de 14 años como "sicarios". Imagínate que el hermano mayor/padre de ese chaval de 12 años le ha convencido o amenazado para que mate a alguien aprovechando que es inimputable.

    Como bien dice el texto se trata de "resolver la situación y reducir los factores de riesgo que puedan estar influyendo en su comportamiento" y REPITO, no de castigar al menor de 14 años.

    Pero tú a lo tuyo.
  18. #119 #118

    Hey chicos! que vaya bien el debate, pero por favor, no hace falta que nos linkéis cada vez q mandéis un mensaje
    Gracias
  19. #122 Por mi parte ya no lo haré más, en mi último mensaje ni te nombre, repito, siento las molestias... :hug:
  20. #124 Pero criatura, te estoy diciendo que son los servicios sociales los que se hacen cargo y te lo pone bien claro en lo que pones, seria en un centro de acogida no de internamiento, los servicios sociales no pueden privar de libertad ... xD :palm:

    Y si se interna en un centro psiquiátrico seria por un tiempo limitado, no hasta los 18 como defendiste... xD :roll:

    Ridículo sideral por tu parte y deja en paz a los demás...
  21. #99 Como no va a pasar lo que dices, pues lo repito: Ojalá!
  22. #126 Si al catedrático no le estoy discutiendo nada, discuto tus burradas cómo ponerme el regimen de internamiento para menores con edad penal, si te lees la parte que citas, pone bien clarito que hay que declarar primero al menor en desamparo, si no se le declara en desamparo son los padres o tutores quienes deciden...

    Tío, si no tienes compresión lectora no es mi culpa... xD :palm: :calzador:
  23. #129 ¿Pero que tontearías dices?, yo no estoy recogiendo caña ni cable ni nada, te he dicho que en ningún caso las medidas serian privativas de libertad, ya te puse un ejemplo, ¿pero por que me discutes?, te pondré otra vez el ejemplo:

    www.europapress.es/catalunya/noticia-dgaia-aplicara-protocolo-reeducac

    Léetelo todo, sobre todo la parte donde dice que son los padres quienes se hacen cargo del niño...

    No solo la has cagado, si no que sigues con las mismas, te vuelvo a repetir, que has puesto los regímenes de internamiento para menores con edad penal que nada tiene que ver con este asunto, por lo que veo tampoco sabes el significado de la palabra desamparo... :calzador:

    Pd: No te veo muy centrado la verdad...
  24. #131 Yo te he puesto un caso, si quieres otro podemos hablar del caso de la niña violada de 11 años, tu lo único que has hecho es poner el regimen de internamiento de los menores con edad penal, ni si quiera te lees tus propios enlaces, yo no generalizo, te digo como están las cosas, es una diferencia abismal...

    "si una prevención y una retención hasta que se diagnostique." -> de tu enlace¡"

    Si acaso esa decisión seria de los padres y no de los servicios sociales, seria una retención por tiempo limitado, no un internamiento en régimen cerrado y siempre que los padres quieran, que no es tan difícil pesar joder... :calzador: xD

    Tío, piensa antes de hablar... :calzador:
  25. #133 ¿Los servicios sociales son una autoridad judicial?, los centros de internamiento son para menores con edad penal, en un enlace que tu pusiste dicen centro de acogida, los que deciden el destino del menor son los padres o tutores, la declaración de desamparo de un menor no se hace de forma inmediata, ese punto se te olvida... xD :calzador:

    Para internar a un menor sin edad penal en un psiquiátrico necesitas la autorización del tutor o los padres, te lo digo ya que tengo unos conocidos a que su hijo le metieron una paliza unos menores de 14 años y el abogado nos explico bien el tema, pero sigue en tus trece... xD

    Macho, no das ni una... :calzador:
  26. #135 ">> son una autoridad judicial?
    ¿Necesitas inventarte lo que no han dicho los demás?
    "

    Tío, que es una pregunta que te hago, ¿ni eso entiendes?

    Te repito que en el enlace que te pongo dice claramente que son los padres quienes se hacen cargo del menor y son ellos quienes tomaran las medidas, además, en el mismo enlace te pone que las autoridades solo pueden tomar medidas educativas...

    "si las capacidades parentales están bien", el Govern solo se ocupa de la reeducación y son los padres los que se hacen cargo del niño"

    Eso también esta en el enlace, en el propio enlace ya te dice que no se pueden tomar medidas de privación de libertad, no solo eres patético si no te crees tus propias fantasías, no has aportado nada, lo único que has hecho es marear y marear, quiero que me explique que tienen que ver las medidas de internamiento de menores de edad penal en este caso, eso si que fue una cagada... xD
  27. #137 Sera el tuyo, yo ya te explicado como están las cosas, eres incapaz de explicar tus argumentos sin cagarla, todavía estoy esperando una explicación sobre tu comentario del regimen de internamiento de menores con edad penal, yo no soy quien hace las leyes, el fiscal de menores cuando recibe el expediente o denuncia y comprueba que es un menor de 14 lo manda a servicios sociales y a partir de ahí ya veremos que pasa, pero la privación de libertad no esta entre sus competencias y la ultima palabra siempre la tendrán los padres o tutores, la realidad es esa te guste o no... xD

    Tu desconocimiento de la realidad es alarmante, no me has aportado nada que diga que tengas razón. pero nada de nada... xD :calzador:
  28. #139 Joder, que me has puesto el regimen de internamiento de menores con edad penal, que no tiene nada que ver con este asunto, que hablamos de menos de 14 años, esas medidas de internamiento ya que son por orden judicial, es que no te enteras...

    De tu enlace:

    "¿Qué ocurre cuando un menor de 13 años comete un delito?

    -La Ley española, la reguladora de la responsabilidad penal, es una ley que abarca solo una franja de edad, de los 14 a los 18 años. A los 14 años comienza la responsabilidad penal, pero por debajo de 14 no hay responsabilidad. Una decisión que, además, está muy acogida en la doctrina y en los países del entorno. Por debajo de esa edad, lo que hay es un sistema administrativo de control del menor por parte de la autoridad pública correspondiente, en el caso de Murcia, la Dirección General de Servicios Sociales. Ésta se 'encarga' de ese menor. Si un menor de 14 años comete un hecho que se ve como delito, el fiscal de Menores hará un informe que se pasa a la entidad pública y ésta, con sus servicios de información y control, decidirá, por ejemplo, si el menor está en situación de desamparo. Imaginemos que es un menor que está mal amparado, pues bien, se puede resolver, por parte de la entidad pública, mediante un sistema de acogida en un centro determinado. Aunque el centro, como tal, para menores de esa edad la ley lo prevé siempre como excepcional. Debe ser solo en situaciones límites.

    - Este menor, en todo caso, no será derivado a un centro como si fuera un chico de 14 años...

    -Los centros de menores están pensados para el cumplimiento de medidas de menores, pero para menores que han cometido delitos. Los menores de 14 años cometen hechos previstos en la ley como delitos, pero no cometen delitos porque no tienen responsabilidad penal"


    "desde la imposición de retención hasta retirarles totalmente la patria potestad, exactamente igual que en cualquier caso medico o sanitario"

    Te vuelvo a repetir que son los padres o tutores quienes tienen la ultima palabra, lo que pones no me desmiente, si los padres se niegan el menor puede ser declarado en desamparo y entonces actuar servicios sociales, pero no es automático, te repito que he vivido una experiencia sobre este tema... Madre mía... :palm: :roll:
  29. #142 Patético, eres incapaz de explicar tu cagada... xD :calzador:
  30. #140 El primer caso es de un menor de 14 y el segundo caso te dice que esta en un centro de protección y no de internamiento...

    "Tras la comparecencia, la Fiscalía, de acuerdo con la Consejería de Servicios Sociales y Bienestar, acordó su ingreso en un centro de protección al estimar que el menor se encuentra en una situación de desamparo"

    Servicios sociales dice que esta en desamparo y el fiscal quita la tutela, ni leer sabes, no es una medida penal, vamos, que contradice totalmente el titular... :palm:
  31. #145 Eres tu quien puso al mismo nivel las medidas penales previstas para mayores de 14 a menores de 14, es decir, que según tu se les aplica las mismas medidas, es una cagada... xD

    Los casos los has puesto tu, yo te explique la diferencia y por que no se pueden comparar, la verdad es que no se por que pusiste esos enlaces, no hacen mas que darme la razón... :calzador:
  32. #140 Deja de hacer el ridículo y déjame tranquilo
  33. #124 No se el motivo pero produces una sensacion muy desagradable...

    Como ya te han explicado no estas en lo correcto. El caso que comentas es si el menor se encuentra en desemparo, cuestion que los servicios sociales ya hacen por defecto.
    Si el menor no se encuentra en desamparo no ocurre nada de lo que dices, como bien explica Ley Orgánica 1/1996.
  34. #149 Estas mintiendo cielo, sobre los menores con edad penal yo no hable y tu pusiste los regímenes de internamiento para menores con edad penal... :palm: xD

    Mientes por un tubo, esas medidas no se pueden aplicar a los menores de 14, esas medidas son penales, hay una gran diferencia... :palm: xD
  35. #153 Si te fijas en el de 14 pone internamiento en regimen cerrado, en el otro caso le quitan la custodia a los padres para poder mandarlo a un centro de protección, otra cagada por tu parte, puedes responder, pero ya ni te leo...

    Pd: Gracias por darme la razón... xD xD xD xD xD xD xD xD
  36. #155 ¿Pero tu sabes leer?, has puesto dos noticias una con un menor sin responsabilidad penal y otra con un menor con responsabilidad penal, al menor con responsabilidad penal claro que lo pueden internar en regimen cerrado, faltaría mas... xD xD xD

    Es a los que no tienen edad penal a los que no se les puede aplicar ningún regimen de internamiento penal... xD

    Además lo pongo muy clarito, otra cagada... xD
  37. #157 En la noticia dice centro mas adecuado, no dice nada de regimen cerrado, tu mismo campeón, además, para poder mandarlo a ese centro de protección han tenido que quitarle la custodia a los padres...

    Eres un cansino... xD
  38. #159 Vamos a acabar con esto, siempre hablo de la responsabilidad penal y penalmente hablando se van a ir de rositas, me he divertido, pero te costaba muy poco leerte las cosas y ver lo que estaba diciendo desde un principio, a mi las burradas que has soltado ni me van ni me vienen... :-*

    En el caso que me pusiste ultimo del menor sin responsabilidad penal no hay nada que indique que este encerrado, busca mas información... :hug:

    Puedes seguir con tu libro... :calzador:
  39. #161 Yo no se como se actúa en Alemania que es donde este caso, ya hay un comentario donde lo indico, toda la charlota que has hecho no vale para nada, ya que hablas del sistema español... xD

    No te has dado ni cuenta... :calzador:

    A mi no me pica nada, menudo descojone llevo... xD
  40. #108 dos en todo el mundo? Mi pregunta era evidentemente retórica.
  41. #148 @Farton_Valenciano se te acaba de reír en la cara. Hablar del código penal del menor español cuando todo el tema ocurrió en Alemania, ni miliki te llega a la suela de los zapatos xD xD xD xD xD xD xD xD xD xD
  42. #93 puede ser una cuestión de facilidad de acceso, que no tuvieran nada mejor. No sería la primera vez que se una un cuchillo en un asesinato premeditado.
  43. #166 ¿Ya te has leído el código penal del menor alemán?, que me la suda lo que digas, al menos léete el articulo y entérate de lo que se esta hablando...

    Ya te he dicho que hablar de casos que paso en España es una tontearía y una perdida de tiempo, ya te han dicho varios compañeros que no tienes razón, pero sigue con lo tuyo... xD :calzador:
  44. #168 ¿Y?, pero yo no he sacado a relucir el código penal español y además cuando digo que se irán e rositas me refiero a las niñas alemanas, eres un chiste con patas, además en ningún momento hablo de un caso pasado en España y no miento, en España también serian inimputables, ¿esto ultimo es incorrecto?.... Madre mía... xD xD xD xD xD xD xD :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador:
  45. #151 Ergo, lo que decias no es correcto.
  46. #170 ¿Llorar yo?, es que en España serian inimputables, por mucho que te esfuerces esto no es mentira, eso te lo puede decir hasta el peor abogado del mundo, no tienen responsabilidad penal, ¿Tu estas bien?...

    ¿Me puedes sacar una sentencia de un menor de 10,11, 12, 13 años?, lo que se hace son medidas reeducativas y no penales...xD :calzador:
  47. #174 Inimputables quiere decir que no se les puede imputar un delito, señor que paciencia... :palm:

    www.abogadosypenalistas.es/blog-articulo-derecho-penal.php?article_id=

    "Como vemos, el menor de 14 años que cometa un delito resulta ser inimputable, es decir, queda fuera del circuito penal, no siendo por tanto posible por parte del Estado exigirle responsabilidades penales por los presuntos delitos que pudieran haber cometido"

    ¿Te lo explico con dibujitos?... xD
  48. #176 Perdona, yo he dicho inimputables y que se irán de rositas penalmente hablando, algo que es cierto, todo lo demás incluido el código de internamiento de menores con edad penal lo has dicho tu, yo no me he movido ni un centímetro de lo que dije desde un principio, te repito, todo lo que has dicho no se puede aplicar al caso alemán, es increíble que sigas por este camino... xD xD xD xD
  49. #178 Mira, a un compañero le dije que como no se como se actúa en Alemania en estos casos no iba a especular, es que lo he dicho por activa y pasiva, a mi los casos españoles ni me van ni me vienen solo te seguí el rollo, yo tampoco he dicho si en Alemania quedarían impunes o no, es que no lo se, lo que he dicho son dos verdades... Que son inimputables y penalmente hablando se van a ir de rositas, no se cual es tu problema, tu solito has empezado a teorizar con cosas que yo no he dicho... :palm:
  50. #180 El que confundes eres tu, mientes mas que hablas, siempre hable de responsabilidad penal, lo de la impunidad es cosecha tuya, eres un manipulador...

    Que a mi los casos españoles me dan igual, no hablamos de un caso ocurrido en España...
  51. #182 ¿Otra vez?, ya te he dicho que en España serian inimputables, ¿puedes negar eso?, tu no estas bien, el tema de la impunidad lo has sacado tu poniendo ejemplos ocurridos en España y el código penal español para discutir algo que son las autoridades alemanas y no españolas las que las tienen que resolver, estas manipulando de mala manera, mi comentario no te da la razón, entiendo que tienes la comprensión lectora de un niño de 2 años, es increíble... xD xD xD xD xD xD xD xD :wall:
  52. #163 Pues no la entendí así. Son casos que pueden darse y la legislación ha de contemplarlos.
  53. #185 Mirando conversaciones tuyas con otras personas más de uno opina que no tienes compresión lectora, por no decir que manipulas mucho, todavía no has dicho donde mentí... xD

    Sobre el tema de internamientos también lo has sacado tu, yo tampoco hablé de eso en mis primeros comentarios...:palm:

    Me importa una mierda lo que dijiste 58 no son mis palabras, son las tuyas y sin ningún sentido y además nada tiene que ver con el código penal alemán... :roll:
  54. #189 veamos las mentiras y manipulaciones de @lokinikita:

    Comentario suyo 116:

    "En temas tan serios, hay que informarse antes de afirmar, y mucho mas antes de rebatir demostrando tu desconocimiento. .Lo que dices tu es lo que no es correcto. Empezando por que un caso particular -con una sentencia entre muchas motivado en su caso particular- no sirve para generalizar.
    -----
    LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), la cual se conoce popularmente como la ley penal del menor.
    Cuando un menor comete un delito, se lleva a cabo una investigación y un proceso judicial para determinar su culpabilidad o su inocencia. Si el proceso concluye que el menor es culpable, el Juez de menores podrá imponerle una medida judicial en función de la gravedad de los hechos y de sus circunstancias personales, sociales y familiares. Para ello, el Juez cuenta con el trabajo de la Fiscalía y de un Equipo Técnico formado por profesionales del ámbito social que evalúan la situación del menor y proponen una intervención socio-educativa adecuada en cada caso.
    Medidas de internamiento:
    Las medidas de internamiento se imponen en los casos de mayor gravedad, pues suponen una fuerte restricción de la libertad. Estas medidas se cumplen en centros donde los menores residen y realizan las actividades socioeducativas indicadas por el Juez. En la Comunidad de Madrid se denominan Centros de Ejecución de Medidas Judiciales (CEMJ), aunque popularmente se suelen mal-llamar centros de menores. Existen diferentes regímenes para cumplir las medidas de internamiento que se imponen en función de la gravedad de los hechos y de las circunstancias del menor:
    -Internamiento en régimen cerrado: el menor o joven cumplirá la medida dentro de un centro y desarrollará en el mismo todas las tareas socioeducativas, laborales y de ocio correspondientes.
    -Internamiento en régimen semiabierto: el menor o joven residirá dentro del centro, pero podrá realizar fuera de este algunas de las actividades como la formación educativa o laboral, de acuerdo a su evolución y comportamiento.
    -Internamiento en régimen abierto: el menor o joven residirá en el centro realizando todas las tareas socioeducativas fuera del mismo, en los servicios normalizados del entorno.
    -Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto: el menor o joven residirá en un centro terapéutico donde recibirá un tratamiento especializado si sufre alguna alteración psíquica, dependencia de alcohol u otras drogas o alteraciones de la percepción
    "

    Pese que se advirtió, esto para menores sin edad penal no sirve, solo es para menores con edad penal...

    Vemos la frase irse de rositas y la clara manipulación:

    comentario mío 7:

    "A eso se le llama responsabilidad civil, yo me refiero a la responsabilidad penal ante un homicidio, que en este caso y según leo... no va haber responsabilidad penal"

    Comentario mío 18:

    "En la cárcel no se, pero que se vayan de rositas penalmente hablando para nada es correcto y además es injusto para la victima y sus familiares, tu mismo"

    Como se puede comprobar solo copia la parte que le interesa, es una clara manipulación.

    Y por ultimo diré que a un menor que no es imputable no se le puede tomar ningún tipo de medida penal...

    Yo no se que problema si es problema de comprensión lectora o que intenta llamar la atención, pero de mentiroso y manipulador es un rato, tampoco sabe diferenciar entre España y Alemania, ya que sigue por la misma linde...

    Sobre la impunidad podéis repasar mis comentarios yo no dije nada de nada...
  55. #191 Búscate ayuda, créeme la necesitas...
  56. #166 Estas como una cabra. da vergüenza leerte.
  57. #183 Yo pasaría de el. esta zumbado
  58. #193 Mira estoy de fiestas de la magdalena, si quieres leer esto te lo lees si no sigue con tu rollo:

    elpais.com/espana/catalunya/2023-03-09/la-generalitat-investiga-el-ent

    Un extracto:

    "La Generalitat ha abierto un expediente de riesgo para investigar la situación en la que se encuentran los cuatro chicos de menos de 14 años que, presuntamente, participaron junto a otros dos adolescentes en una violación grupal a una niña de 11 años en el centro comercial Màgic de Badalona. “Si han hecho lo que han hecho es que algo falla en su entorno”, ha explicado este jueves la directora de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA). El organismo trabajará a partir de ahora con los jóvenes y sus familias para examinar lo ocurrido y el contexto en el que viven. Al tener menos de 14 años, los cuatro presuntos violadores no pueden ser perseguidos penalmente, por lo que la actuación se enfoca desde la protección de menores"

    "El objetivo de ese expediente es reeducar a los agresores, aunque el Departamento de Derechos Sociales asegura que, en los casos más graves, puede comportar que se quite la tutela a los padres. Según datos de la DGAIA, el año pasado se abrieron 1.023 expedientes a menores de 14 años, inimputables, derivados de Mossos o Fiscalía de Menores; el 10% de ellos fue por casos de violencia sexual"

    www.lavanguardia.com/vida/20230310/8814376/violacion-badalona-reabre-d

    Un extracto:

    "La Dgaia ha abierto expediente informativo a esos adolescentes, confirmó ayer Ester Cabanes, responsable del área. Se trata de investigar el origen de su conducta, de hablar con las familias para determinar si puede haber habido desamparo, si tienen patologías mentales o si han sido víctimas de abusos sexuales para determinar qué tipo de trabajo se realiza con el niño. En pocas ocasiones se retira la tutela a los padres"

    Todo esto desmonta tu argumentario...

    @admin, deberías vigilar a @lokinikita ya que le gusta mucho mentir y manipular las palabras de los demas, yo por mi parte lo voy a meter en el ignore, no se puede aguantar a este tipo de gente...
  59. #198 Este era Farton? Usaba clones para autobombo, no?
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