#4 Emmmm pues creo que no, en este país se dio un movimento coordinado desde sanidad para mejorar la tasa de organos disponibles y toda la logistica involucrada y si, se hizo desde la administración (de las pocas cosas buenas que se han hecho)
Y si, la solidaridad individual tambien aporta, pero aquí ha habido más cosas, no somos mas solidarios que un francés, un ruso o un japonés, nos hemos organizado por una vez mejor.
#5 En España, la ley es clara, todos somos donantes de órganos salvo que manifestemos lo contrario de manera expresa y por escrito. Aunque en la práctica se pregunta a los familiares y resulta un ejercicio voluntario, y si alguien se opone, no se lleva a la práctica la donación.
La ley señala el procedimiento, cómo certificar la muerte y la obligación por parte del facultativo hospitalario de realizar una serie de comprobaciones previas sobre la voluntad del fallecido: primero «investigar si el donante hizo patente su voluntad a alguno de sus familiares, o a los profesionales que le han atendido en el centro sanitario, a través de las anotaciones que los mismos hayan podido realizar en la historia clínica, o en los medios previstos en la legislación vigente»; y segundo, «examinar la documentación y pertenencias personales que el difunto llevaba consigo.
#14 si no decides no donar, por definición, decides sí hacerlo. (Joder, qué raro suena )
No van a tirar los órganos a un baúl una vez estés palmera. E insisto, aún pudiéndose negar, con una población pequeña en comparación con muchos países, seguimos siendo los primeros.
Es una opción personal de cada cual, no una estrategia de país.
Al menos una buena noticia.
www.ont.es/home/Paginas/ElModeloEspanol.aspx
www.ont.es/publicaciones/Documents/modeloespanol.pdf
Y si, la solidaridad individual tambien aporta, pero aquí ha habido más cosas, no somos mas solidarios que un francés, un ruso o un japonés, nos hemos organizado por una vez mejor.
CC #5
La ley señala el procedimiento, cómo certificar la muerte y la obligación por parte del facultativo hospitalario de realizar una serie de comprobaciones previas sobre la voluntad del fallecido: primero «investigar si el donante hizo patente su voluntad a alguno de sus familiares, o a los profesionales que le han atendido en el centro sanitario, a través de las anotaciones que los mismos hayan podido realizar en la historia clínica, o en los medios previstos en la legislación vigente»; y segundo, «examinar la documentación y pertenencias personales que el difunto llevaba consigo.
Eso un todos bastante laxo.
No van a tirar los órganos a un baúl una vez estés palmera. E insisto, aún pudiéndose negar, con una población pequeña en comparación con muchos países, seguimos siendo los primeros.