Si quieres excluir la aplicación de la LPI en tu sitio web cambia tu licencia a Reconocimiento 3.0 Unported (CC BY 3.0) expresando claramente la no autorización al cobro en tu nombre. No autorizo a ninguna Entidad de Derechos de Autor a reclamar cantidad alguna en mi nombre.
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etiquetas: lpi , reconocimiento , cc , canon , aede
www.kriptopolis.com/novedades-anti-lpi
Dependerá mucho de como acaben desarrollando la ley, pero de momento podría dar pie a algún juez a apoyarse en esto, junto con otros argumentos que se tendrán que desarrollar hasta que se vea como es la ley y como la ven los jueces, para dejar sin efecto el canon de las narices.
Aparte del contenido simbólico, claro.
Ojo, que yo uso mucho CC BY, pero algunas veces pongo la otra para forzar el uso de la misma licencia.
Pero pequeño ingenuo... ¿es que han necesitado alguna vez autorización para algo?
De todas formas, a difundir.
Ni a que me suban el iva.
Ni a que privaticen servicios públicos.
Saludos y gracias.
La posición moral, los principios son otra cosa.
Esto, de seguir así, sólo le queda un camino: los tribunales
*tambien escribe, pero esa es otra historia
Edit No te había leído #7
El dinero es una herramienta estupenda bien utilizada... pero es un arma de manipulación terrible en manos de los buitres mediocres que tenemos por gobernantes.
Y lo peor es que seguro que esperaban con esta ley que muchos bloggers se pusieran en plan "artistas de la música", a exigir compensaciones ahora que existe esta ley, por las noticias y artículos creados. Manipulan con el supuesto egoismo humano.
Si no la reclama ninguna entidad en su nombre y él en su nombre tampoco la reclama entonces estaría renunciando a un derecho supuestamente irrenunciable.
Con eso nadie podria afirmar ante un juez que intentas renunciar a tu derecho irrenunciable, pero tampoco podría demostrar que tu les has autorizado a nada sin falsificar la prueba. ¿Eso valdría para algo?
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En vista de algunos comentarios que he recibido, quiero aclarar que esta medida, aunque lo parezca, no sirve para contrarrestar lo que pone la Ley en este momento.
Cualquier acción cuenta.
Así que, siguiendo tu criterio de "no ingenuidad", no merece la pena ni hacer manifestaciones, ni comentarios, ni recursos, ni ... Sumisión absoluta y vaselina por quintales. Porque quizás no sirva de nada. Aunque quizás también mañana nos lo quiten directamente de la cuenta del banco, o lo descuenten en nómina con un nuevo concepto bajo IRPF y seguridad social denominado "retención por canon AEDE" Total, para qué movernos. Nuestros padres, de hecho, fueron gilipollas por protestar en su momento por conseguir unos derechos laborales, unos beneficios sociales, un monton de cosas que nosotros disfrutamos hoy día. Pero qué pérdida de tiempo si, total, al final nos los iban a quitar tarde o temprano, como están haciendo ahora. Para qué molestarse
¿Es eso? Pues yo al menos, paso. Prefiero pecar de ingenuo que de inmovilista resignado.
Porque legalidades e insurrecciones aparte, esto es una Declaración de Principios, como deja bien claro Fernando en el enlace que indico en #1
la idea es la de expresar claramente lo que queremos que se haga con nuestra obra y nuestro rechazo a que se realice la gestión de la misma en nuestro nombre y de forma obligatoria.
cc/ #10 #19
La respuesta parece sencilla: España. Pero, claro: si tienes un dominio que NO es ".es", registrado en una empresa no española (para mayor fuerza del argumento, en dot.tk, donde tu nombre no sale en el whois), y el alojamiento también fuera de España y además lo gestionas de forma anónima (con un nick) y una cuenta de correo asociada a ese dominio (o, mejor aún, en bitmessage).
Entonces estás fuera de la LPI aunque seas más español que el bañador de Fraga en Palomares. En perjuicio de un montón de empresas españolas, claro.
¿Siguindo "mi criterio"? El que yo diga que hacen lo que quieren amparados en la cobertura leagal que les va proporcionando el gobierno, no implica que también diga que haya que estarse quieto...
www.pasapues.es/blog/?p=553
Según tengo entendido la ley marca que desde Cedro establecerán el mínimo a cobrar y después se puede negociar, siempre para arriba, caso por caso.
Esta ley la han hecho teniendo en cuenta lo que ocurrió en Alemania, donde se instauró ese derecho a los medios y Google decidió quitarlos de Google News a menos que cada uno de ellos se diera de alta voluntariamente y renunciando a cualquier compensación.
De ahí que hayan añadido esas protecciones, para que no pueda ocurrir lo mismo.
Por eso es irrenunciable y por eso la cantidad no puede ser cero.
La única salida que se me ocurre es que en Google News y Meneame se les excluya a menos que voluntariamente esos medios se den de alta pagando un canon a Google News y Meneame, un canon cuya cifra coincidiría con la que Google News y Meneame deberán pagar por publicar sus enlaces. No sé si eso podrán también ilegalizarlo.
Esto es clarísimamente inconstitucional y una estafa
¿Si tengo un blog contratado en USA o México también me cobra CEDRO?
Haciendo las maletas virtuales.
Esa interpretación que haces de renuncia es muy personal y discutible.
- Me reservo derechos
- Solicito expresamente al gestor de derechos que me de mi parte de lo que cobra (a menéame, por tumbarme el bog )
- Por cierto, mi parte se la ingresas directamente al tío al que se la estás cobrando (léase menéame), muchas gracias
No se, algo del estilo. O un "cedo la propiedad de los derechos de cobro por agregador al propio agregador que me agregue".