El Supremo sube a nueve años de cárcel las condenas de los dos exfutbolistas de la Arandina, más de lo que impusieron los tribunales regionales, pero explicando que la nueva Ley del 'solo sí es sí' les es más beneficiosa que el Código penal anterior, con el que su condena habría sido un año mayor
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etiquetas: ts , arandina , justicia , españa
Por cierto con el anterior marco legal de 38 se bajarón a 0 y 4 años las condenas.
Por poner todo en contexto.
No, yo no diría que es propiamente un bulo. Es ausencia de inteligencia por parte de la ministra, ignorancia de lo que ha pasado, o manipulación.
Que tu interpretes que saca pecho me parece legitimo
Me extrañaría que alguien interprete otra cosa. Decir "Con la Ley Solo sí es sí el caso Arandina no es abuso, es agresión" es una perogrullada, una frase vacía de contenido, es evidente que el caso Arandina no es abuso, simplemente porque ese tipo de delito ya no existe. Es obvio que en el tweet está presumiendo de algo, no se sabe de qué, pero claramente muchos de sus propios votantes están interpretando erróneamente de ese tweet que se les ha subido la pena a 9 años "gracias" a la ley, no hay más que ver los comentarios del tweet
Por cierto con el anterior marco legal de 38 se bajarón a 0 y 4 años las condenas.
Ya, a veces pasa que en instancias más altas se rebajan condenas o incluso se declara inocente a quien en primera instancia se declaró culpable, eso pasa con cualquier ley, no tiene nada de nuevo ni de especial, los jueces son humanos y por eso sus decisiones se pueden recurrir. Pero eso no es lo que está pasando con la nueva ley, se están rebajando penas no porque en primeras instancias haya habido errores a juicio de instancias superiores, sino a que simplemente para el mismo delito ahora la horquilla de las penas es más baja. Que no digo que eso me parezca mal, pero lo que está claro es que eso no es lo que pretendía el legislador => chapuza jurídica y revuelo social.
El tweet de Irene Montero parece que quiere decir que, gracias a la nueva ley, lo de Arandina ahora pasa de ser abuso a ser agresión, que suena más feo y más grave. Pero lo relevante es que, siendo agresión, la pena es menor de la que tendría siendo abuso con la antigua ley. Es como si le dices a un señor al que le asesinaron a su mujer: "le hemos rebajado la condena al asesino a la mitad, pero no se indigne, ahora el delito se llama "super-asesinato" en vez de "asesinato", que suena más grave".
Ponte a estudiar 4 años de Derecho, y eso en el mejor de los casos. Luego, ponte a estudiar la oposición a juez, o a fiscal, y luego de 5 ó 6 años más, si la apruebas, pásate otros dos añitos en la escuela de práctica judicial
Y sólo entonces, vienes a darnos lecciones.
Que el cursillo online de 10 minutos vía tuiter no vale para una mierda.
Negativo por el Ad Hominem y por lo de "chavalote".
Otra posibilidad es que no sepas leer, algo que no descarto.
Vas camino de la denuncia y el ignore. Luego no digas que no te he avisado.
El mentiroso eres tú.
En cualquier caso lo que ha hecho el Supremo es ELEVAR (x3) la sentencia del TSJ.
Mejor deja de hacer el ridículo y aprende a multiplicar
Yo lo he leído aquí, es de ayer:
www.rtve.es/noticias/20221129/audiencia-madrid-desmarca-fiscalia-aplic
Si eres adivino...
No es que sea adivino, es que en el caso de la Arandina ya han dicho claramente que con la antigua ley la condena hubiera sido mayor. En unos días publicarán la sentencia, pero ya han adelantado que en algunos casos procederá la rebaja de condenas.
Sí que se han pronunciado, han publicado una nota al respecto:
www.rtve.es/noticias/20221129/supremo-abre-puerta-rebaja-condenas-ley-
...el Tribunal Supremo ha incidido en una nota en que la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual "podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así suceda".
Eso sí, deja claro que hay que analizar "caso por caso" y que no puede hacerse "de forma global", y que las rebajas pueden aplicarse tanto en asuntos pendientes de juicio, como en recursos de apelación o casación de sentencias ya dictadas, como en resoluciones que ya son firmes.
¿Es así? Luego ya la chapuza no es tan chapuza como me estaban contando y lo que han hecho algunos jueces no sería correcto.
De todas maneras habrá que ver si esto dicta o no jurisprudencia ya que tengo mis dudas.
Pero si es así tampoco me parece mal una revisión caso por caso y no esa barra libre de como antes ponía 8 y ahora 6 bajamos a todos los de 8 a 6.
Sin embargo, en la sentencia inicial condenaban a los tres. ¿Cuál es el motivo de que se salve uno de ellos??
Bueno, ya dije hace varios mensajes que las rebajas de condenas con la nueva ley sólo aplican en algunos casos. Seguro que hay gente que piensa que se rebajarían en todos los casos o, al menos, en todos los casos de condenas mínimas, pero creo que la gran mayoría tenemos claro que no es así, se insistió mucho en todos los medios
¿Es así? Luego ya la chapuza no es tan chapuza como me estaban contando y lo que han hecho algunos jueces no sería correcto.
No sé lo que te han contado ni cuál es el nivel aceptable de chapuza para ti
De todas maneras habrá que ver si esto dicta o no jurisprudencia ya que tengo mis dudas.
¿Estás insinuando que el TS nos está troleando y nos está diciendo que las rebajas de condenas proceden en algunos casos pero, cuando llegue el momento, sentarán una jurisprudencia contradiciéndose y nos dirán que lo que dijeron antes era una coña?
Pero si es así tampoco me parece mal una revisión caso por caso y no esa barra libre de como antes ponía 8 y ahora 6 bajamos a todos los de 8 a 6.
Yo tampoco digo que me parezca mal que se rebajen las condenas en algunos casos, lo que critico es la chapuza jurídica, y no es la primera vez que sucede con Podemos. Una de las primeras leyes que habían redactado, ya no recuerdo cuál, era un absoluto despropósito desde el punto de vista técnico. Para mí es obvio que no tienen una asesoría jurídica competente, he oído a muchos juristas decir que, en estos casos, siempre se hace una disposición transitoria para evitar estos problemas y esta disparidad de interpretaciones.
Bueno, ya dije hace varios mensajes que las rebajas de condenas con la nueva ley sólo aplican en algunos casos. Seguro que hay gente que piensa que se rebajarían en todos los casos o, al menos, en todos los casos de condenas mínimas, pero creo que la gran mayoría tenemos claro que no es así, se insistió mucho en todos los medios
¿Es así? Luego ya la chapuza no es tan chapuza como me estaban contando y lo que han hecho algunos jueces no sería correcto.
No sé lo que te han contado ni cuál es el nivel aceptable de chapuza para ti
De todas maneras habrá que ver si esto dicta o no jurisprudencia ya que tengo mis dudas.
¿Estás insinuando que el TS nos está troleando y nos está diciendo que las rebajas de condenas proceden en algunos casos pero, cuando llegue el momento, sentarán una jurisprudencia contradiciéndose y nos dirán que lo que dijeron antes era una coña?
Pero si es así tampoco me parece mal una revisión caso por caso y no esa barra libre de como antes ponía 8 y ahora 6 bajamos a todos los de 8 a 6.
Yo tampoco digo que me parezca mal que se rebajen las condenas en algunos casos, lo que critico es la chapuza jurídica, y no es la primera vez que sucede con Podemos. Una de las primeras leyes que habían redactado, ya no recuerdo cuál, era un absoluto despropósito desde el punto de vista técnico. Para mí es obvio que no tienen una asesoría jurídica competente, he oído a muchos juristas decir que, en estos casos, siempre se hace una disposición transitoria para evitar estos problemas y esta disparidad de interpretaciones.
Lo que hay que leer macho.
Por otra parte, el CGPJ contradice al Ministerio de Igualdad y dice que sí advirtieron de las rebajas de las penas mínimas:
www.rtve.es/noticias/20221117/cgpj-contradice-montero-advirtio-bajar-p
Por que lo de las penas máximas si lo hemos visto. La reducción de las mínimas, el aviso, yo no lo he visto.
Vaya frase sin venir a cuento
¿En que parte de su informe avisaron de las penas mínimas?
Pues no lo sé, no me he leído el informe, ¿tú sí?, ¿es público?
La reducción de las mínimas, el aviso, yo no lo he visto.
Ya, tampoco habías visto que el TS se hubiera pronunciado al respecto de las reducciones de condenas, o que 17 audiencias provinciales ya han declarado que reducirán las penas. Yo tampoco he visto el informe, pero he visto las declaraciones de la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ, que te enlacé antes, en las que dice que en el informe que enviaron a los legisladores ya habían avisado de que "en algunos tipos concretos se rebajaba la pena mínima en que podían ser condenados”. Y como no tengo motivos para creer que miente, pues a mí me vale.
"241.- El cuadro penológico contemplado en el anteproyecto para los delitos de agresiones sexuales tipificados en los capítulos I y II del título VIII supone una reducción del límite máximo de algunas penas".
"242.- Así en el caso del tipo básico de agresión sexual se establece una pena de prisión de 1 a 4 años, cuando la vigente para agresiones sexuales es prisión de 1 a 5 años. (...)"
"243.- En el caso del tipo básico de violación se prevé una pena de prisión de 4 a 10 años, mientras que actualmente la violación se pena con 6 a 12 años de prisión y en el caso de abusos sexuales con penetración de 4 a 10 años".
"244.- Para los tipos agravados, en el caso de agresión sexual la pena es de 2 a 6 años de prisión, mientras que actualmente es de 5 a 10 años". (...)
Así mismo, el punto 245 del informe el CGPJ advertía: "Respecto de los marcos penales proyectados cabe señalar que el anteproyecto no ofrece una justificación de los nuevos umbrales de pena previstos. Por otro lado, la reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se haya impuesto las penas máximas conforme la regulación vigente"."
Por eso se subieron las máximas. Por eso te pregunto en que informe se indica que no se toquen las mínimas.
Yo no lo he visto.
O sea, que los legisladores ni siquiera se habían percatado de que, al bajar las penas máximas, se reducirían las condenas a todos los que habían sido condenados a las penas máximas en la legislación anterior, "mejor" me lo pones
Por eso te pregunto en que informe se indica que no se toquen las mínimas.
No me voy a leer el informe, he hecho una búsqueda por "mínim" y es cierto que no mencionan nada, explícitamente no han dicho que se podrían reducir las penas mínimas. Sin embargo, la representante del CGPJ ha dicho, textualmente: "Nosotros advertimos tanto de las (penas) máximas como de las mínimas", y no tengo motivos para pensar que miente, y menos cuando el documento es público, por lo que entiendo que consideran que, indirectamente, lo han expresado de otra forma.
En cualquier caso, al reducirse la horquilla de las penas por abajo, lo lógico es que se reduzcan TODAS las condenas. Es un tema casi puramente matemático muy simple, pero no espero que la gente del mundo del Derecho hile tan fino.
Todos entendía que el peligro eran las máximas. El Supremo cuando dice que se puede aplicar la ley si beneficia al reo, pero no con caracter general, viene a decir que eso de bajar penas porque antes ponía 4 y ahora 3 no. Hay que mirar si la sentencia del momento condeba hechos que casan ahora con una pena inferior y si no, no se bajan. Por cierto tienes noticias del 28 de Noviembre sobre la audiencia de Navarra avisando que sigue el criterio del fiscal y que no rebajará penas: elpais.com/espana/2022-11-28/la-audiencia-de-navarra-no-rebajara-penas
Luego eso que dices de 17 audiencias que van a rebajar penas... tampoco lo veo.
Luego ya la moto que me llevas vendiendo se te va desmoronando.
Bueno, eso lo dices tú, el CGPJ dice lo contrario. Por otra parte, ¿por qué tendría que advertirles de ello nadie? Si se considera que la nueva horquilla de penas es más justa y proporcionada que la anterior, ¿por qué no permitir que se beneficien de ello los que todavía están cumpliendo condena? ¿Cómo puede saber nadie que el legislador no quería que se rebajaran las condenas, especialmente las mínimas?
Por cierto tienes noticias del 28 de Noviembre sobre la audiencia de Navarra avisando que sigue el criterio del fiscal y que no rebajará penas: elpais.com/espana/2022-11-28/la-audiencia-de-navarra-no-rebajara-penas
Luego eso que dices de 17 audiencias que van a rebajar penas... tampoco lo veo.
A ver, que te lo vuelvo a poner una vez más:
www.rtve.es/noticias/20221129/audiencia-madrid-desmarca-fiscalia-aplic
Madrid, Zaragoza, Málaga, Granada, Vizcaya, Asturias, Alicante, Valladolid, Córdoba, Alicante, Murcia, Almería, Cantabria, Burgos, Cáceres, Salamanca y Zamora
Ahora sólo te falta contar desde Madrid hasta Zamora y verás que son 17. Porque Navarra, Las Palmas y Rioja eran las 3 que ya en la noticia que te puse hace varios días se decía que estaban alineadas con la Fiscalía, por lo que no aportas nada nuevo, y 17 siguen siendo 17.
Luego ya la moto que me llevas vendiendo se te va desmoronando.
Sí, ya veo cómo se va desmoronando... Más bien lo que veo es que la ley es una chapuza y, para ti, la responsabilidad de la chapuza es de los jueces que la aplican y de todos los que no les dijeron a los legisladores que la ley era una chapuza; es decir, la culpa es de todos menos de los que pergeñaron la chapuza
Entonces repasemos argumentos para decir que era una chapuza:
"Ley mal echa, los de podemos no saben hacer leyes, sus asesoría jurídica apesta" -> La asesoría es el CGPJ, que dicta unas recomendaciones que se siguen y nos encontramos con el pastel de las mínimas que en su informe no aparece.
Argumento tumbado.
"Si la ley es una chapuza y claramente marca rebaja de penas los jueces están de acuerdo en esto" -> efectivamente como bien dices al menos tres audiencias discrepan y la fiscalía discrepa. Argumento tumbado.
"El Tribunal Supremo avala la bajada de penas producidas". Hemos visto que no, da un tirón de orejas, no se puede hacer con carácter general como se estaba haciendo. Argumento tumbado.
Conclusión tu moto no corre.
Me parece muy bien que creas lo que leas, yo creo más lo que dice el CGPJ que tu interpretación de lo que dice el CGPJ
"Ley mal echa, los de podemos no saben hacer leyes, sus asesoría jurídica apesta" -> La asesoría es el CGPJ, que dicta unas recomendaciones que se siguen y nos encontramos con el pastel de las mínimas que en su informe no aparece.
Argumento tumbado.
efectivamente como bien dices al menos tres audiencias discrepan y la fiscalía discrepa. Argumento tumbado.
O sea, no paras de dar la matraca con que no había 17 audiencias y, después de comerte el segundo zasca consecutivo sobre lo mismo, ahora vienes con que 3 audiencias y la fiscalía discrepan.
"El Tribunal Supremo avala la bajada de penas producidas". Hemos visto que no, da un tirón de orejas, no se puede hacer con carácter general como se estaba haciendo. Argumento tumbado.
No creo que seas muy listo, por decirlo amablemente, pero tampoco tan tonto; estás diciendo una parida tras otra simplemente para no dar tu brazo a torcer. No voy a perder más el tiempo contigo. Para continuar las risas con este tema ya tengo otra noticia en portada sobre esto.
Error, lo que pone en su informe no es interpretable, ¿te lo vuelvo a poner?.
Ojo el informe no lo hago yo, lo hacen ellos, que cobran una pastica.
No creo que seas muy listo, por decirlo amablemente, pero tampoco tan tonto; estás diciendo una parida tras otra simplemente para no dar tu brazo a torcer. No voy a perder más el tiempo contigo. Para continuar las risas con este tema ya tengo otra noticia en portada sobre esto.
Cito:
Asimismo, el Alto Tribunal, a través de una nota informativa, ha anunciado que la Ley del «solo sí es sí» podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije una pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando “caso por caso”, y “no de forma global”, tanto en asuntos pendientes de juicio, recursos de apelación y casación y en ejecutorias penales.
Hay que leer, no voy a comentar los zascas que te has llevado, por respeto.
No creo que seas muy listo, por decirlo amablemente, pero tampoco tan tonto; estás diciendo una parida tras otra simplemente para no dar tu brazo a torcer. No voy a perder más el tiempo contigo. Para continuar las risas con este tema ya tengo otra noticia en portada sobre esto.
Cito:
Asimismo, el Alto Tribunal, a través de una nota informativa, ha anunciado que la Ley del «solo sí es sí» podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije una pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando “caso por caso”, y “no de forma global”, tanto en asuntos pendientes de juicio, recursos de apelación y casación y en ejecutorias penales.
Hay que leer, no voy a comentar los zascas que te has llevado, por respeto.
Creo que no te había citado en el comentario anterior.