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El Supremo aumenta la condena de los exfutbolistas de la Arandina pero considera que les beneficia la ley del 'solo sí es sí'

El Supremo aumenta la condena de los exfutbolistas de la Arandina pero considera que les beneficia la ley del 'solo sí es sí'

El Supremo sube a nueve años de cárcel las condenas de los dos exfutbolistas de la Arandina, más de lo que impusieron los tribunales regionales, pero explicando que la nueva Ley del 'solo sí es sí' les es más beneficiosa que el Código penal anterior, con el que su condena habría sido un año mayor

| etiquetas: ts , arandina , justicia , españa
  1. #89 Seguramente, por gente como tú, ese ministerio es más que necesario.
  2. #6 Por eso el PSOE a nombrado hoy a dos miembros que son del PSOE, el ex ministro Juan Carlos Campo y la ex directora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica del Ministerio de la Presidencia, Laura Díez. Ambos del partido
  3. #101 Claro, porque cuanto más rechazo causan las cosas, más necesarias son. :shit:

    #LogicaFeminista
  4. #79 Por cierto, ten cuidado que igual se cree lo que dice, y ni sabe que es un bulo. Pero vamos que cada vez tengo mas claro que tiene una tara cerebral maja
  5. #90 Lo siento, no le veo el sentido. No sé que valor puede tener para la defensa tal comparación y tampoco creo que el TS tenga que contestar a nada que no quiera.
  6. #3 Les han triplicado las condenas sin tener que preguntarle a la víctima si se resistió mucho o poco. Debe estar cabreadísima :troll:
  7. #8 Vamos a ver, con la anterior ley era interpretable que los jugadores del Arandina hubieran cometido abuso y no agresión, con lo cual la pena podría haber sido más leve. Con el abuso de la vieja ley solo se llegaba a 4 años. De ahí viene el cambio legislativo, para evitar intrepretaciones. Nos tendríamos que haber preguntado que si en esta condena hubiera habido violencia física qué pena les hubiera correspondido según la nueva ley. Desde luego que menos no porque los máximos no se tocaron.
  8. #79 Pues ninguno de los 2 tuits que enlazas dice lo que dices que dicen. A ver si el de los bulos eres tú.
  9. #18 De aquí no he pasado.

    Si la chica tenía 15, estaba a meses de tener la edad legal para consentir.
    ¿No podría ser que ella ser que según lo desarrollada que esté, haya podido decir que si que tiene la edad legal
    ?

    De echo al más joven de los 3 nose le condenó por esa razón. Porque incluso teniendo 15 y el creo que 19 o 20 estaban en edades mentales similares.
  10. #6 ¿Cómo van las renovaciones del supremo?
  11. #79 ¿que bulo propagan? ¿Donde dicen eso que dices que dicen?
    Joder es la primera vez que veo a un tio mentir, anexar los dos enlaces que demuestran que miente y que le cosan a positivos... flipo
  12. #8 asumimos que es un error de la ley pero igual la ley está bien hecha y lo que está muy mal es la ministra cuando afirma que no se reducirían condenas. Denota que no se la ha leído. Una ley más punitiva no tiene por qué ser mejor, el objetivo no es la venganza sino la reducción del delito.
  13. #66 Si quieres mi opinión, como operador jurídico, que nos llaman ahora, aunque más bien como currinche en juzgados, lo de la legislación y la justicia en España es para darnos de comer aparte. No hay prácticamente una ley bien hecha. Cuando gobierna el PP, les encargan la redacción a los Abogados del Estado, que igual de derecho administrativo saben algo, pero en lo demás son absolutamente negados. Cuando no gobiernan los del PP no sé a quién se lo encargan. Nadie hace una puñetera ley a derechas, siempre hay que subsanar, corregir, ampliar o reducir.

    A modo de ejemplo, en derecho penal copiamos el codigo alemán, pero sin el detalle de éste, por lo que luego todo son interpretaciones personales de los temas. Por ejemplo, con la modificación del delito de sedición, los contrarios a la modificación argumentan que en Alemania hay hasta cadena perpetua, pero omiten que el artículo siguiente al que les gusta se aplica específicamente para los länder, por lo que sería el equivalente al tema en cuestión, y establece lo mismo que van a hacer aquí: de 6 meses a dos años si no hay rebelión armada. Por eso el Código Penal alemán es el doble de extenso que el español con unos pocos más de artículos.

    Y luego tenemos a los señores jueces, que hacen lo que les sale de sus judicialísimos cojones. Hace poco comenté que todo el mundo piensa que cuando el Supremo dicta jurisprudencia, los Juzgados la acatan y siguen su criterio. Ya. La semana pasada tuve que interponer un recurso de casación para unificación de doctrina ante el Supremo, porque en un asunto de los míos (derecho de seguros en general y de tráfico en particular), de las 13 secciones operativas de lo civil de la AP de Madrid (hay una mercantil y dos de familia que no cuentan) 9 siguen una jurisprudencia clarísima y muy reiterada del TS y 4 se la pasan por el forro de los cojones, entre ellas la que lleva la mayoría de los asuntos de tráfico. Como ya se sabe que esas cosas pasan aquí, tienes un tipo de recurso específico para esos casos, que normalmente no ves en el resto de Europa
  14. #103 Antes las mujeres tenian que tener autorizacion del marido para abrir una cuenta en el banco. Hubo muchísimo rechazo también, el mismo que cuando se discutió el derecho al voto femenino. Ese rechazo solo era el reflejo de la podredumbre social.
  15. #55 En este caso no sé qué criterio van a seguir en la Sala de lo Penal; el tema de que se usaba por defecto la Disposición Transitoria 2ª lo comentó Vicente Magro, que es de la Sala de lo Civil pero creo que algo sabe, en unas jornadas sobre responsabilidad civil en las que estuve, y soltó la referencia de las sentencias del tirón (las tendré apuntadas en algún sitio concretas), en respuesta a una pregunta de uno de los asistentes por un tema suyo, que es lo que solemos hacer en los cursos, jornadas y demás, aguantar el tirón de la ponencia y en ruegos y preguntas hacer un qué hay de lo mío
  16. #113 no creo que puedan sancionar a Montero por decir que gracias a su ley el caso Arandina es agresión. Y cada vez hay más que estan difundiendo la idea >twitter.com/edugaresp/status/1597590111314939905
  17. #97 Se la critica por el solo hecho de ser mujer.

    Al menos ella se lo cree, o cobra para hacer ver que se lo cree.
  18. #89 Al PSOE sin duda, toda esa mierda se la está comiendo Podemos.

    De ahí que eso de que van a sustituir a Irene Montero, pues que no me lo creo.
  19. #58 Por cierto, la sentencia que te digo no es esa; el TS notifica varias sentencias en la misma fecha. No sé si voy a tener un rato para pasarte el enlace, pero es un tema relacionado con el Rayo Vallecano por un delito tributario
  20. #79 por favor, antes de continuar dando visibilidad a este comentario votándole positivo prestad atención a lo que el sujeto afirma que Irene Montero y Vicky Rosell dicen.

    Este elemento miente descaradamente diciendo que estas "han decidido propagar el bulo de que el aumento de condena es por su ley". Si lees los twits una de ellas habla de que con la nueva ley el caso no es abuso, sino agresión. Mientras que Victoria Rosell no se felicita por un aumento de condena por la nueva ley, sino de la alarma que se genera de forma innecesaria con la nueva norma

    por favor @admin atajemos los bulos y los ataques que pretenden condicionar la opinión de otros meneantes con su propagación.
  21. #101 Es lo que siempre digo de los asesinos de niños, que hacen falta más viendo como se critica a los asesinos de niños, es que hay mucha gente criticando a los asesinos de niños, lo que demuestra lo necesarios que son.
  22. #79 Habria governado ya cada partido existente. No duraria un gobierno ni una semana.
  23. #113 no es suficiente, reporta el comentario directamente
  24. #121 dicen que gracias a su ley la pena es agresión y que la condena ha subido. Esta plagado de respuestas que entienden lo que quieren vender y cuentas afines que venden ese mensaje >twitter.com/edugaresp/status/1597590111314939905
  25. #115 Sí, y también había mucho rechazo a los grises dando palizas a la gente, a los curas golpeando a los niños en las escuelas, y a la prohibición del uso del catalán y el vasco en los medios de comunicación. Deduzco que deben de parecerte cosas maravillosas.
  26. #63 Efectivamente, está bien interpretada y el que se ha expresado mal soy yo. Lo que no he querido decir en ningún momento es que no cabía revisión de condenas con la ñapa actual en todos los casos en que hay diferencia de penas, sino únicamente en los casos en que la condena original sea en la horquilla mínima de penas ya que la DT 2ª del CP, que es la que ha estimado aplicable el TSJ de Rioja por ejemplo, hasta este momento se entendía aplicable por defecto.
  27. Hay una cosa que nadie va a poder saber realmente porque es algo estadístico. Suponiendo que la anterior ley diga que como máximo se podía condenar a 9 años, porque no lo olvidemos, la ley pone horquillas de x años a x años y el juez decide qué pena poner, ¿cuáles eran las penas que se ponían realmente?.

    Es decir, no me pueden decir "oh, qué pena que antes le podíamos haber penado con 9 años" cuando, de media, se penaba con 7 años porque nunca llegaban al tope. Sería de primero de manipulación, no sé si me explico.
  28. #122 Cuando quieras hacer una reducción al absurdo, hazla bien, porque te ha quedado muy tierno el intento.
  29. #124 Estoy 100% seguro que nadie mira los reportes.
  30. #73 Y ella no es una lagarta...¿De verdad hay que explicar el sarcasmo ?
  31. #126 Cuando critiques cualquier ley que sirva para defender a las mujeres, ponte en la piel de tu hija, de tu mejor amiga, de tu hermana, y piensa qué sentirías si esos supuestos de laa ley le sucedieran a ellas.
  32. #121 vaya huevazos llamando a los admins, #79 ha quitado la careta.
  33. #132 Cuando aplaudas cualquier ley que ignore a las víctimas masculinas, ponte en la piel de tu hijo, de tu mejor amigo, de tu hermano, y piensa qué sentirías si esos supuestos de la ley le sucedieran a ellos.

    Y como no tengo claro que te importen un bledo esas víctimas masculinas, te añado:

    Cuando aplaudas cualquier ley que ignore a las víctimas masculinas, ponte en la piel de tu hija, de tu mejor amiga, de tu hermana, y piensa qué sentirías viendo lo que ellas sienten si esos supuestos de la ley le suceden a su hijo, a su mejor amigo, a su hermano.
  34. El supremo, ese tribunal nada politizado y para nada controlado por el PP, que vió violencia y sedición dónde no había nada, no es capaz de ver violencia y agravantes en la revisión de una condena por violación en grupo para aplicar la máxima pena. Vaya, no me lo experaba.
  35. #5 Se les juzga por la ley que les sea más favorable.

    Lo que yo recuerdo del caso Arandina es:

    La chica fué al piso de los chicos para follar. Al día siguiente volvió a por más. Solo se juzgaron los hechos del segundo día y no hay ninguna explicación para ello.

    Se condenó por violación en función exclusivamente de la diferencia de edad. El chico más joven no fué condenado por violación debido a que no había suficiente diferencia de edad, a pesar de que la acusación fué la misma y las pruebas (ninguna) fueron las mismas.

    Se usó el testimonio de la víctima como única prueba. Esto requiere que el testimonio sea coherente, pero no lo era. Por lo tanto los jueces podaron dicho testimonio de todo lo que necesitaron hasta dejar ahí algo coherente, pero falso, ya que eso lo escribieron los jueces y no la víctima.

    El sexo que hubo fué ilegal, pero de haber sucedido unos pocos meses antes no lo habría sido ya que no había todavía entrado en vigor la ley que aumentó la edad del consentimiento sexual. De haber sucedido unos pocos meses después tampoco habría sido ilegal al cumplir la chica la edad necesaria.

    Hay evidencias de que los chicos desconocían la edad real de la chica.
  36. #134 Tú estás de acuerdo en que alguien se folle a una tía borracha que no puede dar claramente su consentimiento?
  37. #137 ¿Tú estás de acuerdo en que alguien se folle a un tío borracho que no puede dar claramente su consentimiento?
  38. #79 Negativo por intentar colar bulos.
  39. #106 Lee bien. No les han triplicado las penas. Lee.

    Y no te has quedado con la postura del TS, respecto si procede o no la aplicación de la nueva ley.
  40. #125 Con la anterior ley el tramo era de 10 a 12 años. Con esta, de 9 a 12 años. En ambos caben 10 años. El Fiscal pidió 10 años. El Supremo ha impuesto 9. La Ley no obliga a poner 9 años. Ha sido el Juez, el que interpreta la ley, que decide aplicar la mínima pena. ¿Por que no impone 12? u los 10 anteriores?

    Ya te lo contesto yo. Por que si impone la mínima puede redactar una sentencia diciendo que con la ley anterior hubieran sido 10 y participa en el circo al que has dedidido subirte tu también. No se nota el sesgo, que va.

    Ahora, yo en los mensajes de irene montero no veo que diga lo que tu pones en su boca. PAra mi el que manipula eres tu.
  41. #138 Evidentemente no. Dime cuántos casos conoces, que no sean de mujeres adultas con menores (hay unos cuántos), o el uso de sustancias "vigorizantes" para forzar a un hombre (que habré leído dos o tres casos)
  42. #141 si algo antes era 10 a 30 años, te condenan a 10, y luego cambian la condena de 1 a 10 años, ¿te parece lógico que te conserven la pena de 10?

    Si te han puesto 10 y no 30, es porque lo que has hecho no es lo más grave que te puede caer, de hecho es el hecho de menor gravedad. Si te mantienen la pena, te situan en el máximo de pena, como si lo que has hecho fuera lo más grave posible, y eso no tiene sentido.
  43. #142 A mí mismo me ha pasado.
  44. #143 claro, por eso el juez se molesta en incluir en su escrito de sentencia la valoración de que con la ley anterior hubieran sido 10 (aunque tu y yo sabemos que con esta ley también cabían esos 10)

    Vamos hombre, no me jodas. Que se te ve listo. Hasta tu te tienes que dar cuenta de que el juez ha utilizado la sentencia para hacer política.
  45. #144 Escucho tu caso con atención (va en serio)
  46. #129 No he hecho una reducción al absurdo. He usado exactamente el mismo argumento en un caso en el que su falsedad es más evidente.

    La reducción al absurdo requiere crear una contradicción. Repasa eso.
  47. #132 Yo critico a una ley que hace a mi hijo directamente culpable, una ley que permite que una mujer despechada le señale con el dedo y le destroce la vida, una ley que permite que mi hijo, sin pruebas, sea declarado culpable, encarcelado y condenado al ostracismo social sólo qporque una mujer le acuse.

    La critica con toda la fuerza de mi ser.

    Y tengo hijas, no te confundas.

    #141 Hace cuatro días había que esperar que el Supremo dictara cátedra. Ahora que parece lo va haciendo, y no en la dirección que esperaban algunos, está empezando a pasar a estar manipulado y dirigido. Dentro de poco, si sale rana, es que estará compuesto por fascistas, machistas y que todo lo hacen para hundir a irenita (como si esta necesitara ayuda para hundirse solita) ¿pero de verdad crees que esta mujer pinta algo o le importa a alguien en poítica? SI fuera ministra de economía, defensa o algo así, vale, ¿pero igualdad? Por favor...si la utilizan (los suyos) como fuegos de artificio para tapar otros temas, ¿o es que no os dais cuenta?
  48. #146 Comprenderás que no voy a hablar de algo tan íntimo con una persona desconocida en internet.
  49. #145 ¿respondes a la pregunta o no?

    El juez (edito: los jueces, hay varios, 2 al menos son magistradas 'progresistas') lo que hace es motivar la causa y explicar todos los detalles, es su trabajo, si no hace sentencias motivadas, se pueden anular. Cada acción que toma la explica, y si ha cogido la ley actual, en vez de la ley que estaba en vigor cuando ocurrieron los hechos, tiene que explicar el motivo.

    Como el hecho cabe en el mínimo posible de pena, y el nuevo mínimo es 9 años, está obligado a poner ese mínimo. Si le pusiera más pena, estaría diciendo que es imposible llegar a condenar el mínimo, no tendría sentido.
  50. #79 #108

    Sí. Sí lo da a entender. #108, mira lo que escribió la Rosell:
    La AP Burgos condenó a 38 años por violación. Sin cambio legal: 38 {0x27a1} ️0

    Lo que quiere decir que sin el cambio legal, aquel al que el TSJ absolvió se hubiera ido de rositas. Luego el que miente eres tú.
  51. #136¿Unos pocos meses antes? El aumento de la edad a los 16 llevaba años ya.
  52. #149 Creó en ti el mismo efecto en tu cabeza que en una mujer violada?
  53. #148 si con una ley la sentencia podría haber sido de 10 a 12 años, y con la nueva de 9 a 12. Y en ambas leyes caben los 10 años que pedía la fiscalía, pero el juez decide aplicar la mínima, además de incluir en la sentencia una especie de "te lo dije"... ¿Me estás diciendo que no se nota que ha usado la sentencia para hacer campaña?

    Si el juez no hubiera aprovechado para incluir en la sentencia su apreciación al respecto no daría lugar a pensar mal. Pero si en ambas leyes caben 10 años, que es lo que pide la fiscalía, y el juez aplica la mínima... añadiendo esa moralina a la sentencia... Venga hombre, que pareces listo. Se ve de lejos la intención.
  54. #153 No tengo nada más que decirte sobre ese tema.
  55. #152 Creo que no me confundo de caso.
  56. #5 Entonces una gran parte mayoría de nuestros padres estarían en la cárcel, porque anda que no había antiguamente parejas en las que ella tenía 15 y él 20 o más. Y ya no te digo el Dúo Dinámico
  57. #67 Igual es para ir allanando el camino para cuando decidan sobre la revisión de penas.
  58. #75 Si no recuerdo mal en primera instancia aplicaron mal la doctrina. Si no recuerdo mal condenaron a cada uno por la agresión, más como colaborador necesario en las otras 2 agresiones.

    Entonces los "bandazos" de los que hablas, que existen ciertamente, en realidad son entre los 3-9 años. En un margen de 6 años un año extra es un 15%. Yo creo que es una diferencia considerable sea para bien o para mal
  59. #35 pues a mí me parece que el asunto es más político que de calidad de la ley, que como cualquier cosa será mejorable. Las leyes las hacen juristas (evidentemente no la ha hecho Irene Montero) y todas siempre tienen horquillas y márgenes interpretables. Que unos jueces digan una cosa y otros otra al interpretar algunos aspectos y que además coincida con los tribunales más opuestos ideológicamente a podemos pues a mí me da a pensar que hay más objetivo político que imparcialidad. Y además, con la presión de los medios afines. Yo tengo la impresión de que es algo forzado y se están esforzando en intentar reducir todas las que pueden, pero si quisieran no habría reducciones o las que hubiera serían todavía más excepcionales que las que han salido. Y es algo que me entristece de este pais, porque tengo la sensación de que con tal de ir en contra de podemos, están favoreciendo a violadores, cuando seguramente podían no haber tocado ni una condena. Que no digo que sean perfectos y que hagan todas las cosas bien, tienen sus aciertos y sus fallos como todos, pero contra ellos vale todo, incluso soltar a violadores antes sin necesidad. Ni siquiera es tema de machismo, es lawfare.
  60. #161 Pero nadie discute que las horquillas ofrezcan mínimas más bajas. Lo único que discuten los tribunales es si la DT 5ª de la LO 10/1995 (el código penal) es de aplicación. La mayor parte afirma que no, y por lo que deja entrever la nota del Supremo, no parece que ellos la vayan a aplicar (y probablemente con razón). Si quisieran que no se revisaran las penas cuando estas fueran imponibles bajo la nueva legislación, lo tenían que haber puesto en la ley mediante una DT, como hacen otras reformas. Pero más allá de si es o no de aplicación la DT, las horquillas fijan mínimos menores, y eso es un hecho, no es algo opinable.

    Y no, aplicar correctamente la ley, aplicando la pena más favorable al reo no es lawfare, es aplicar la constitución y uno de los fundamentos del Estado de derecho.
  61. #140 Lee tú y multiplica. Les habían condenado a 3 años de mierda. Ahora se van a pasar 9.

    E insisto:

    SIN QUE LA VÍCTIMA TENGA QUE PASAR POR UN ESCRUTINIO PARA DECIDIR SI SE RESISTIÓ MUCHO O POCO.
  62. #99 Es demasiado descarado sin duda, no obstante, qué solución das cuando la derecha ha ido copando sillones a dedo durante tanto tiempo que dejar que se elijan entre ellos redunda en lo mismo que lo elijan ellos a dedo?
  63. #105 El tribunal tiene que contestar siempre a todos los argumentos que se le planteen, aunque sea con un simple "no procede". Y recuerda que el criterio del supremo es el que se debe de seguir por los tribunales inferiores, por eso es normal que de los argumentos que le ha llevado a imponer esa pena, ya que es lo que va a servir de referencia.
  64. #160 Es decir, y siguiendo tu razonamiento, hay "bandazos" del 300% y del 15% y hemos decidido todos hablar del del 15%.
    Y te parece que eso tiene algún tipo de lógica?

    A mi si, entiendo perfectamente la lógica de todo esto: hablamos de lo que nos mandan hablar las campañitas políticas, aunque no tenga ningún puto sentido. Ponen el foco en el mosquito, y te tragas el camello. Falta poco para las elecciones, y hay que construir casos agitando sentimientos y anulando el raciocinio. Los violadores es un tema perfecto para agitar, sin que a ninguno de los debatientes le importe una higa la violencia sexual. Hace una par de semana fue con la pederastia. Y dentro de dos semanas será con lo que inventen. Y los tontos a bailar al son.
  65. #111 Cuantos de los que le han votado positivo crees que hay leído los enlaces que adjunta en su comentario?

    Con tal de que lo que se diga en el comentario coincida con lo que ellos/as les gustaría que hubiese pasado, es suficiente.

    Por aquí, pocos usuarios leen los envíos antes de poner positivo/negativo y comentar...
  66. #165 Creo que todos los argumentos que han llevado al TS a imponer esa pena están en la nueva ley, en ningún momento tenía que entrar a valorar la pena en la antigua ley. Como si te digo "y mira que en Italia le hubieran puesto 20años", ¿a cuento de que me dices eso si no es para dejar en evidencia la nueva ley?. No sé, si tiene que responder a todo como dices, creo que un "no procede" de esos hubiera sido más apropiado.
  67. #166 La "lógica" de hablar todos de ese 15% es que ese "bandazo" es nuevo.

    No es que esos bandazos del 300% no den para un debate interesante también. Pero ese pequeño nuevo bandazo es el nuevo, por lo que yo creo que tiene lógica que ahora se hable de eso.
    Como de la prisión permanente revisable se habló mucho en su día y ahora ya no hablamos de ella. Dentro de unos años no hablaremos de esta ley y hablaremos de los cambios que se estén dando en ese momento.

    Que sería buena la oportunidad para revisar también lo que ya está sobradamente establecido, pues no digo que no. Pero sigo sin ver la sorpresa en que lo nuevo sea en lo que se fijen todos ahora mismo.
  68. #78 Ese sujeto no marcha muy bien de la cabeza.
  69. #169 De todo este "debate", nadie se ha leído la nueva ley ni por lo tanto está debatiendo al respecto.
    Sabes perfectamente (quizá si has caído en la trampa mediática, no lo quieras aceptar) que es una campaña de polarización y desgaste puramente electoral y partidista.
  70. #171 Yo soy de esos que dijo antes de entrar en vigor la ley que lo de la horquilla de penas al combinar agresión y abuso podía provocar problemas de revisiones a la baja. Pero claro, no soy jurista, solo un cuñado más de menéame. :hug:

    Que está siendo utilizado como arma arrojadiza política es algo que no te voy a discutir porque evidentemente se está usando como arma politica. No es excluyente. Usar las cagadas del otro para desprestigiarlo es lo mas normal del mundo, eso no significa que esas cagadas no estén en efecto ahi.
  71. #164 la excusa de 'otros lo hacen mal asi que yo puedo hacerlo peor' es muy mala.

    Lo que hay que hacer con los jueces es lo que decía el Sanchez de la oposición, despolitizarlo lo máximo posible y así ni tú ni yo, podemos controlarlo.

    En el Consejo de Europa dan directrices de como hacerlo.
  72. #79 Vaya Hija de una hiena, cuando sueltan o rebajan penas a violadores son casos aislados, cuando suben las penas es por que la Ley es sólida... Si no le dan la patada a la inepta de la novia del jefe, Podemos se va a reducir a la nada...
  73. #172 Pues enhorabuena. Tu caso particular no quita que este griterío es fruto de una campaña de propaganda.
    Pero pese a esa clarividencia, sigues haciendo asunciones gratuitas:
    1) Que existe una cagada.
    2) Cuanto de grave es.
    2) Quienes son culpables de la cagada, si es que existe y es grave.
  74. #173 es hacerlo igual no peor, pero vamos que estoy de acuerdo, cuales son las directrices? No es nuevo decir una cosa y hacer otra, que tendria que estar bien sancionado decir una cosa y hacer otra al llegar al poder
  75. #83 Hombre, yo lo diría como han dicho ahora estos. Si tengo a unos políticos insultandome por hacer bien mi trabajo.
  76. #105 No claro, si te parece se quedan mano sobre mano no juzgando los casos que les tocan. Es decir, si hay un recurso al Supremo (y este era a instancia de la fiscalía), tendrán que emitir sentencia. Lo que me faltaba por ver, gente pidiendo a la judicatura que prevariquen.
  77. #178 Intento contestar a toda respuesta, pero ya si nos falla la comprensión lectora... Por favor, vuelve a leer el hilo y si sigues opinando lo mismo no te molestes en contestar. Gracias.
  78. #177 Ya, probablemente yo también, pero tú y yo podemos dejarnos llevar por el despecho. Dicho por la judicatura me parece un comportamiento barriobajero, no me lo esperaba la verdad, que ganas de echar leña al fuego. Los jueces tienen sus armas para defender esa postura cuando llegue el momento, que es a la hora de revisar condenas impuestas con la antigua ley.

    Y sí, lo de insultar a los jueces es una gran error. Deberían retirarlo y pedir disculpas.
  79. #179 Lo he leído y dices literalmente:
    "Lo que no entiendo es por qué se moja el Supremo. ¿Que gana diciendo que la ley anterior era más punitiva? ¿Remover conciencias? Podrían callarse la boca tranquilamente creo."

    El Supremo no gana nada. El Supremo no puede actuar en base a que gane o que pierda. El Supremo aplica la ley. Y en este caso le ha llegado una sentencia con un atenuante mal aplicado, ha subido el grado penal aplicado y, ante la vigencia de una nueva ley, ha aplicado la más beneficiosa para el reo. Qué es lo que tiene que hacer, ni más ni menos.

    Menos quejarse de que los jueces hagan su trabajo.
  80. #159 Sí, para poner sobre aviso a navegantes... pues es la opción que más me convence. Aún así me parece injustificable.
  81. #181 No estoy criticando la sentencia. No estoy criticando la rebaja (que no la hay, porque realmente nunca se les condeno por la ley antigua una vez eliminado el atenuante). Estoy criticando el anuncio de que con otra ley (la antigua) la pena sería mayor. En este caso no había revisión, han hecho ese anuncio sin estar obligados.

    Espero que te quede más claro ahora.
  82. #183 Pero es que cae de cajón, anuncio o no. Solo se puede aplicar una ley más nueva al reo si esta le es favorable. Por lo tanto, como se ha aplicado la nueva legislación, quiere decir que es más favorable.

    Y más allá de que sea algo evidente, con anuncio explícito o no, una de las labores del Supremo es guiar en la interpretación de la ley. Y precisamente en base a esta ley hay bastantes actuaciones judiciales en proceso. Emitir por tanto una nota de prensa de qué se ha hecho y por qué se ha hecho así es parte de la labor del Supremo. No ya para las revisiones, sino para aquellos casos en proceso.
  83. #162 Una DT anticonstitucional? Tendríamos otro problema porque el pro reo es un derecho constitucional y en cuanto un juez quisiera rebajar, tendríamos otro lío jurídico montado.

    El supremo no advirtió de la posibles rebajas por las mínimas, solo advirtió de los cambios en las máximas, y sfe hecho se cambiaron las máximas antes de sacar la ley.

    Evidentemente el pro reo es constitucional y no es el problema. El problema es aplicar automatismos aetificiales sobre las mínimas cuando está ley fusiona dos delitos anteriores y los condicionantes. Dices que no es opinable, pero estos mismos jueces que han rebajado las condenas, perfectamente podrían no haber aplicado la rebaja, y seguirían aplicando la ley correctamente porque el hecho es que en la mayoría de casos revisados ha sido asi, y sin saltarse el pro reo. Si ha sido posible en la mayoría de los casos y resulta que en algunos no, es que la norma es opinable Por eso es lawfare, porque parte de los jueces están revisando a la baja sin necesidad de ello, incluso sin que lo pidan los condenados, con tal de ir a por los podemitas. Es algo obvio, además, porque si la voluntad fuera mejorar la ley, no se montaría la fiesta mediática que se monta cada vez que logran encajar un caso para aplicar una rebaja a un violador.
  84. #184 No sé a qué viene tu primera frase, ya te digo que no estoy en contra del artículo 2 del CP. Que la nueva ley puede ser más favorable para algunos casos ha quedado claro ya.

    El TS tiene esa labor que bien dices, la de guiar la interpretación. Pero del texto de la noticia: Por el momento el Supremo ha hecho público el fallo pero no los argumentos de la sentencia.. Ahora me dices que tipo de guía es esa que te dice a dónde vamos pero no cómo llegamos hasta allí, que hubieran esperado a publicar la sentencia para dejar caer ese anuncio y entonces veríamos si está justificado. Dicho sin contexto, ese anuncio me parece una macarrada, con perdón de la expresión.
  85. #185 No. Anticonstitucional sería no revisar las penas en ausencia de dicha DT, que es el caso que se trata aquí. La DT no elimina dicho derecho constitucional, sino que lo regula, estableciendo que no considera favorable la legislación nueva respecto a la previa siempre y cuando la pena imponible al hecho juzgado sea imponible bajo la nueva legislación. Pero claro, para eso hay que incluirla, como hace la LO 5/2010 del PSOE, la LO 1/2015 del PP... o el borrador de ley de sedición del presente gobierno.

    El Supremo no advirtió de nada. Advirtió el CGPJ. No advertir de esto es posiblemente una cagada, y se les puede achacar una parte de responsabilidad. Igual que se le puede achacar una parte de responsabilidad a las fuerzas políticas que vieron una ley con un agujero así y, aún estando opuestos a la ley, no introdujeron una enmienda que lo arreglara (doy por hecho que de contar diputados saben). Pero la responsabilidad última es de quienes han propuesto la ley y la han llevado a trámite.

    Que yo sepa no se ha aplicado ningún automatismo: todas las revisiones que se están realizando se están haciendo de una en una, considerando en cada caso si la nueva legislación es más favorable que la anterior. En muchos casos no será así, por coincidencia de la pena entre legislaciones. Pero en muchos casos, y en este aspecto son muy particulares las sentencias que establecen la pena mínima (que es la que baja en varios de los tipos reformados), si que es favorable. Un caso de hoy mismo en Galicia: a un hombre le pusieron una pena de 11 años, por ser justo la cota inferior de la mitad superior que exigía su caso. La nueva ley establece para dicho delito una condena ahora entre los 6 y 12 años, por lo tanto la cota inferior de la mitad superior pasa a ser 10.5 años, por lo que se le ha aplicado una rebaja de medio año.

    Que sea posible en unos casos y en otros no no depende de que sea opinable o no. Depende de que según sea la sentencia, la pena impuesta y el fundamento de esta, puede corresponder o no corresponder rebaja. En los casos en que no corresponde, no se debe rebajar, y en los que sí, sí. Es así de simple. De hecho en algunas salas de lo penal que han revisado varios casos, se han rebajado algunas condenas y se han mantenido otras: significa esto que los mismos jueces hacen lawfare a ratos?

    Finalmente hablas de la voluntad de mejorar la ley... me parece que mezclas poderes del Estado. El legislativo es el que tiene que mejorar la ley (que esta ley mejora muchas cosas), el judicial simplemente tiene que aplicarla.
  86. #186 Viene a que con independencia de que lo explique la nota de prensa de manera explícita o no, la conclusión es la misma, ya que sabemos que esa pena no era imponible bajo la legislación previa al retirarse el atenuante.

    Las sentencias se tardan más en publicar, y más en este tipo de casos, en los que el derecho al honor de la víctima (y en su caso del reo) debe ser protegido. Pero este tipo de notas de prensa no son solo parte importante de la labor del Supremo, sino que son parte del principio de publicidad, y son algo habitual a más no poder, y no solo para el Supremo. Mira, sin ir más lejos cuantas notas de este tipo se han publicado hoy: (www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Archivo-de-) Son tantas que la nota de prensa del Supremo se encuentra ahora mismo penúltima en la primera página. También publican una cuestión al TJUE sobre el impuesto especial de hidrocarburos, y hace menos de una semana publicaban la desestimación de un recurso de Ecologistas en Acción.

    Vamos, que es algo habitual (más que habitual, es algo constante), y es parte de la labor de la justicia. No hay que ver lawfare donde no lo hay: simplemente están haciendo su trabajo. Y gracias al trabajo que publican hoy en nota de prensa, han retirado un atenuante mal aplicado y elevado el grado de una condena, aunque esta sea un año menor bajo la nueva legislación.
  87. #188 Vale, entiendo tu punto. Reconozco que voy a tener que darle una vuelta con la almohada.

    De todas formas, fíjate en www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Archivo-de- : El tribunal acuerda, en relación al delito de agresión sexual que “necesariamente la sala debe decantarse por la legislación actual, más beneficiosa claramente para el reo al proponer como punto de la bajada el mínimo de la pena señalada por la ley para el delito.”

    Ahí no dicen ningún número ni hacen comparación, se limitan a decir que la ley nueva es más favorable y que se la aplican. Creo que bien podrían haber hecho lo mismo en este caso.
  88. Que estoy chavales vayan a pisar cárcel es increible, despues de todo lo que se sabe de la supuesta victima y como actuó sobre todo en dias posteriores a los hechos.
  89. #111 #121 El tweet de Irene Montero no es un bulo, pero se le parece bastante. No viene a cuento sacar pecho de que con la nueva ley el abuso pasa a ser agresión, cuando lo relevante es que la condena que les ha caído es inferior a la que les caería con la antigua ley. O no se ha enterado de lo que ha pasado, para mí lo más probable, o está desinformando aposta.
  90. #68 A ver si lo entiendo

    No, no lo has entendido en absoluto, el aumento de condena a 9 años no ha sido por la "ley del sólo sí es sí". Lo que sí ha sido por la ley del "sí es sí" es que el aumento haya sido a 9 años en vez de 10.
  91. #141 Con la anterior ley el tramo era de 10 a 12 años. Con esta, de 9 a 12 años. En ambos caben 10 años. El Fiscal pidió 10 años. El Supremo ha impuesto 9. La Ley no obliga a poner 9 años. Ha sido el Juez, el que interpreta la ley, que decide aplicar la mínima pena. ¿Por que no impone 12? u los 10 anteriores?

    Yo tampoco soy jurista, pero creo que la nueva ley sí obliga a poner 9 años. Para poner una condena superior a la mínima tendrían que darse unos agravantes que no se dieron ni con la antigua ley ni se dan ahora con la nueva. Por tanto, al no haber ningún agravante, con la pena anterior les caerían los 10 años y con la nueva les caen 9.
  92. #187 Ya se que, evidentemente, no nos vamos a poner de acuerdo. Pero siempre esta bien, intercambiar opiniones. Nosotros podemos opinar lo que sea, pero hay controversia entre los expertos y juristas reales sobre los aspectos de las revisiones y la DT, por lo tanto, es una cuestión opinable. Y es mas, hay casos que ha habido rebaja y casos que no, por lo tanto, es a criterio del juez. Creo que eso son cosas tan básicas que no son discutibles.

    Sobre la DT, algunos juristas dicen que si se limita el carácter retroactivo podría ser anticonstitucional. Dicen que no se puede poner a la ligera que no haya retroactividad porque te saltas el artículo 2.2 del Código Penal: "No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena". La DT que podría ser válida es redundante e innecesaria que es la que diría que si las penas se pueden seguir aplicando con la ley actual no hay que rebajar. De hecho, la Fiscalía General del Estado ha emitido un decreto para unificar criterios aplicando esto último y explicitamente en contra de los automatismos y varios jueces han dicho que no lo van a aplicar, que van a aplicar un pormishuevismos. Es decir, que hay algunos jueces que están reduciendo penas sin que haya necesidad. Si eso no te parece lawfare...

    Lo que comentas del lawfare a ratos. Evidentemente no, (tu argumento es una falacia de reducción al absurdo). Sólo están pudiendo aplicar rebajas en casos de mínimas (que a pesar de todo lo que se habló antes de la ley nunca se advirtió). Pero es que eso es precisamente el automatismo. Si antes había dos delitos y se fusionan en uno, no se puede aplicar la mínima del delito con la horquilla mínima de la fusión. Por ejemplo, el primer caso de la rebaja de 8 a 6 años del padrastro. Si el juicio hubiera sido con esta nueva ley la condena serían 9 años por la condición de posición de autoridad implícita del padrastro. Aplicar que como 8 era la mínima de un delito ahora se puede aplicar que debe ser la mínima de otro delito (que es la fusión de varios delitos anteriores) pues es como mínimo discutible y es una decisión del juez. Repito, con la nueva ley, ese caso serían mínimo 9 años revisándolo con la nueva ley.

    El problema es que ahora, además se está creando una situación complicada de resolver, puesto que, aunque se quisieran arreglar las cosas, es imposible. Por mucho que cambies en la ley, puesto que el pro reo implica la condición más favorable, lo que se está haciendo ahora ya no tiene vuelta atrás porque lo siguiente que pongan no será más favorable al reo.
  93. #194 Por orden:
    1- No, que haya casos de rebaja y casos que no, no quiere decir que sea una cuestión de criterio del juez, quiere decir que en unos casos la nueva ley impone penas menores y en otros no. Menos decir una mentira y decir luego que no es discutible. Lo único que es criterio del juez (de momento) es el no admitir a revisión los casos cuya pena sea imponible actualmente, como han hecho La Rioja y Navarra.

    2- La DT no se salta el artículo 2.2 del CP, regula su aplicación, limitando el criterio de favorabilidad. Dicho criterio se puede discutir en juicio, pero no es inconstitucional per se. Y no, la DT no sería redundante (como muestran reformas previas del CP). El Fiscal dice una cosa, pero ya la han rechazado unas cuantas audiencias. De hecho el Fiscal lo que hace es decir que el uso de la DT 5ª constituye un "criterio interpretativo plenamente consolidado". Es decir, pretende tirar de jurisprudencia, pero haciéndolo con leyes que si incluían dicha DT, y que por tanto, tendrán una interpretación distinta que las leyes que no la incluyan. Vamos, que está haciendo malabares para intentar utilizar la jurisprudencia como fuente de derecho, y la inmensa mayoría de audiencias se desmarcan de dicho criterio (lógicamente).

    3 - Rebajar casos de mínimas (y mínimas de la mitad superior) de uno en uno no es un automatismo. Se está haciendo de caso en caso, y determinando en cada caso cual sería la pena que marca la nueva ley. Si antes había dos delitos y ahora hay uno, el código derogado deja de importar y ahora existe un delito. Y si no delimitas dentro de la gradación del tipo penal que las conductas que antes eran un delito tienen una gravedad distinta que las conductas que antes eran el otro delito, quiere decir que ambas conductas pueden ser sometidas a la misma pena. Y por eso es importante la buena técnica legislativa, establecer al menos una cierta gradación del delito en el propio articulado, y delegar menos en el árbitro judicial para determinar la gravedad. Entre otras cosas, por casos como estos en los que la gravedad ya está determinada.

    4 - Pones el ejemplo del primer caso, la rebaja de 8 a 6 años del padrastro, y propones una inconstitucionalidad de manual (y si no me equivoco, violación del tratado europeo de DDHH): rejuzgar un delito ya juzgado. El prevalimiento, que es la condición de superioridad que mencionas, ya estaba explícitamente contemplado en la legislación anterior. Aplicar ahora dicho prevalimiento en revisión de pena sería rejuzgar el caso, y es ilegal. Y en caso de que dicho prevalimiento existiera en la sentencia original, la condena hubiera tenido que ser necesariamente de 10 años como mínimo. Por lo tanto, aún con dicho prevalimiento la condena se hubiese visto rebajada de 10 a 9 años, en vez de 8 a 6, como ha pasado. Pero reitero, no se puede rejuzgar el caso, y no, contemplar el prevalimiento no es cosa de la nueva ley.

    5- No se está creando una situación complicada de resolver: la situación es irresoluble. No hay vuelta atrás, la ley es la que es. Y ojo, se podría decir que no es explícitamente mala, al fin y al cabo el objetivo de la justicia es rehabilitar, no es punitivo. Pero mi impresión es que quienes han introducido esta legislación no tenían la rebaja de condenas en mente cuando la introdujeron, y solo se están produciendo por incompetencia. A mi me prometieron que no se iban a pegar a la silla, que asumirían responsabilidades, pero veo que era mentira (otra más). Ni 10 años han tardado en convertirse en vieja política.
  94. #190 Que deban que pisar cárcel o no es discutible, pero 9 años es una absoluta locura en este caso.
  95. #196 Deban pisar
  96. #18 Merece la pena leerse la sentencia íntegra y que cada uno saque sus propias conclusiones static.ecestaticos.com/file/d8f/b85/52b/d8fb8552b40eead2cb0094c48b964d
  97. #195 Entiendo que por motivos ideológicos se enrique las posturas pero:

    1- La ley no impone penas menores. Junta 2 delitos confusos y establece penas según condicionantes y la horquilla engloba, como es lógico a los dos delitos. Si la ley hubiera impuesto penas menores, los mismos medios y expertos que ahora critican con las rebajas no hubieran estando antes de la ley criticando que era dura y que básicamente querían meter a todo el que fuera hombre en la cárcel o con algo tan obviamente absurdo como el que acababa con la presunción de inocencia (que si hubiera sido así obviamente hubieran conseguido tirar la ley)

    2- Hay juristas que opinan públicamente que no sería constitucional. Por lo tanto, como todo en este caso, y generalmente atendiendo a criterios ideológicos, es opinable. Si resulta que fuera anticonstitucional y alguno de estos jueces que están rebajando lo que otros no rebajan denuncian su inconstitucionalidad el problema sería bastante mayor.

    3- La propia Fiscalía General del Estado los está catalogando como automatismos. Y muchos juristas. Una revisión implica ver todo el caso y ver dónde encaja en la nueva ley. Si únicamente te ciñes al listón sin ver dónde encaja el caso, es un automatismo. Hay jueces que no lo han hecho, por lo que, (capitán obvio) esa rebaja es decisión del juez. Esa graduación que comentas existe. Y de hecho, espérate que conseguirán encontrar algún caso para rebajarlo se 6 a 4 años o de 5 a 2, puesto que hay otras horquillas en otros supuestos. Se ha convertido en una lucha política.

    4- No estoy hablando de rejuzgar. Estoy hablando de revisar. Y para ello, en la revisión hay que ver dónde encaja el caso. En este caso que cito, encaja que la pena es un año mayor, por lo que aplicando el pro reo, no hay rebaja y se queda con los 8 años que tenía.

    5- Nadie adviertio, aunque ahora partezca que si porque es lo que interesa vender, que los jueces iban a rebajar condenas aplicando mínimas automáticas por encima incluso del criterio de la Fiscalía. Y, como bien claro se ve, en tua últimas líneas, esto es solo una lucha política.

    Bueno, yo ya lo dejo aquí que esto no lleva a ninguna parte y están claras ambas posturas
  98. #199 Está claro que no tienes absolutamente ni la más remota idea de lo que hablas, y que toda tu argumentación se basa en ideología y defensa de las líneas que esta marca. Te doy una pista: voté a podemos, pero soy capaz de reconocer cuando los míos cometen una cagada, ya que es algo verificable, solo hay que ver la realidad.

    1- Insistes en dos delitos. Olvídate. No hay dos delitos, hay uno. Y los delitos definidos en el antiguo CP tendrán encaje dentro de lo que establece el nuevo CP. Si el texto no define una gradación distinta para dos conductas, no hay motivo ninguno para establecer dicha gradación en base a que antes era así. Si lo de antes fuera lo correcto, no se cambiaría la ley.
    2- Hay juristas, así en impersonal. Cierto es que esas DT no suponen una traba infranqueable, y que el Supremo ha rebajado penas pese a la existencia de ellas. Pero eso no quiere decir que dichas DT sean inconstitucionales. Y si "algún jurista" lo cree, ahí tiene los tribunales.
    3- Y dale con la Fiscalía. Me suda los cojones lo que diga la Fiscalía, cómo si de repente el poder judicial se tuviera que plegar a lo que dice la fiscalía. Lo que se está haciendo es determinar que pena corresponde, caso a caso, para las sentencias formuladas. Que tu llames a eso automatismo no lo convierte en tal.
    4- No tienes clara la diferencia entre una cosa y otra. El prevalimiento del que hablas ya existía en la legislación previa. Aplicarlo a la sentencia actual sería ilegal, sería rejuzgar el caso, modificar los hechos probados. Esto lo reconoce Cancio en El País, el mismo día que sale dicho caso a la luz, afirmando que el problema en todo caso sería de la sentencia de origen. Por lo tanto si, estás pidiendo una vulneración de los derechos humanos, y lo peor es que ni siquiera sabes que lo estás haciendo.
    5- "Nadie me explicó como hacer correctamente mi trabajo" no es excusa cuando estás en el gobierno. Y vuelves a mentir con lo de rebajas automáticas, y vuelves a hablar del criterio de la Fiscalía como si fuese válido.

    Me parece que si que vas a tener razón, y esto es una lucha política. No de ideología, ya que soy tan de izquierdas (o más) que el partido que introduce esta legislación. Pero en vista a las repetidas veces que se pide a los jueces que prevariquen, que entorpezcan el funcionamiento de la justicia, que se olviden de la separación de poderes,que no apliquen principios fundamentales del derecho, que rejuzguen los delitos... pues si, es una lucha política: entre los que defendemos un Estado de derecho y la gente que quiere justicia de antorchas y aunar todos los poderes del estado.
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